Que pasara con mis prestamos si Caixabank y Bankia se fusionan
Que pasara con mis prestamos si Caixabank y Bankia se fusionan
ResponderHola tengo un prestamo de unos 7400 euros que me quedan por pagar en unos tres años (un poco mas) y he leído esta mañana que Caixabank y Bankia se fusionarán y quería saber que pasara y también tengo una cuenta ahí aunque no tengo la nomina domiciliada si que paso todos los meses una cantidad fija para pagar el prestamo. Al final lo que me gustaría saber es si mi prestamo se quedara igual si me cambiarán de banco o si debo preocuparme
Muchas gracias de antemano me gusta mucho vuestro foro
La cuenta nunca se ha llegado a quedar sin saldo, por lo que es la primera opción. Si el banco no se ha puesto en contacto conmigo, puede ser que haya prescrito el préstamo? En la cláusula 9 del contrato de préstamo de Bankia, pone que se podrá cancelar el préstamo por fallecimiento del cliente. Estoy atada de pies y manos porque no hacen nada sin la firma de las 2 herederas. ¿Hasta cuando está pesadilla??
citando a Alicia La cuenta nunca se ha llegado a quedar sin saldo, por lo que es la primera opción. Si el banco no se ha puesto en contacto conmigo, puede ser que h...
Hola de nuevo.
Por lo que nos cuentas, parece que se trata de un error del banco, así que te recomendamos pedir cita cuanto antes para pedir explicaciones y exigir que se paguen las cuotas del préstamo con el saldo que todavía tiene la cuenta. También te recomendamos leer detenidamente el contrato del préstamo, porque si indica que el préstamo se podrá cancelar por fallecimiento, es posible que tenga un seguro de vida asociado. Revisa el contrato para comprobarlo, porque en ese caso, puedes exigir a la aseguradora que cancele el préstamo.
En cuanto a la prescripción, el plazo de prescripción de un préstamo personal es de cinco años, según el Código Civil. Por lo tanto, solo prescribirá cuando hayan transcurrido esos cinco años desde que se inició el impago, y únicamente si la entidad no ha iniciado ningún proceso para reclamar.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:No tiene seguro de vida, estaba en estudio cuando falleció mi padre. Pero si, dicha claúsula 9. Si no tiene seguro de vida asociado pero si dicha claúsula en el contrato, ¿Es lo mismo?
En cuanto a la prescripción, se dejó de pagar el préstamo en octubre de 2021, quiere decir que prescribiría en octubre de 2026. Lo mismo si reclamo, se acuerdan de mí e interrumpo la prescripción... No sé si dejarlo q todo siga su curso y esperar k se pongan en contacto conmigo cuando no quede saldo, q será después de 2026... Ya que la han cagado ellos, pues q se fastidien y que PRESCRIBA el préstamo. ¿Es viable?
citando a Alicia No tiene seguro de vida, estaba en estudio cuando falleció mi padre. Pero si, dicha claúsula 9. Si no tiene seguro de vida asociado pero si dicha c...
Hola de nuevo.
Sobre la primera pregunta, tendríamos que analizar el contenido de esa cláusula. Si quieres, nos la puedes copiar en este mismo hilo de foro para que la estudiemos.
En cuanto a la prescripción, podría ser una opción viable siempre que el banco no notifique el impago antes de que transcurra ese plazo de cinco años, ya sea a ti o a tu hermana. Tendrás que valorar si estás dispuesta a correr ese riesgo.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:"9. Causas de resolución:
También podrá resolverse este contrato por fallecimiento del CLIENTE o, en su caso, de cualquiera de los Fiadores, por la solicitud o declaración del concurso del CLIENTE o, en su caso de cualquiera de sus Fiadores, unida a cualquier otra causa reseñada de este contrato; por el impago, reclamación o cualquier actuación de terceros contra cualquiera de ellos que pueda conducir a una situación de insolvencia actual o inminente. Todos ellos quedan solidariamente obligados a notificar a Bankia la producción de cualquiera de los indicados supuestos. Si no lo hicieran, incurrirán en la responsabilidad legalmente establecida."
Ya creo que lo último que me queda por aclarar es: en cuanto a las comisiones de mantenimiento de 60€/trimestre, de la cuota DIA A DIA desde que se fusionó Caixabank, y las de 14€/mensuales de CARGO DE SERVICIOS a partir del 24/10/2020, cuándo era Bankia, (que es porque no entra nómina o pensión en su caso, (claro, cómo va a entrar si está fallecido desde diciembre de 2019))... ¿es legal que se estén cobrando y sin haber avisado de absolutamente nada?
Éstos de Bankia, ahora CaixaBank, de buenas prácticas no saben mucho, desde el principio además: Mi hermana sacó todo el dinero después de fallecer mi padre (o sea apropiación indebida en toda regla, luego devolvió parte pero no todo) y no ha hecho ni siquiera la liquidación del impuesto de sucesiones, de hecho la ha prescrito, cosa que yo lo hice todo! Y es que ni siquiera la buscan!!! Y yo con una preocupación del quince
citando a Alicia "9. Causas de resolución: También podrá resolverse este contrato por fallecimiento del CLIENTE o, en su caso, de cualquiera de los Fiadores...
Hola de nuevo.
En cuanto a la cláusula, parece que es una cláusula que permite a Bankia (ahora CaixaBank) resolver el contrato en caso de fallecimiento del cliente. ¿Qué significa eso? Que el banco tiene la posibilidad de aplicar esta cláusula para dar por terminado el contrato y exigir la devolución íntegra de todo el dinero prestado. Seguramente, no ha ejecutado esta cláusula porque puede seguir cobrando el préstamo con el saldo de la cuenta.
Respecto a las comisiones, la normativa del Banco de España permite cobrar comisiones si la cuenta se usa para varias finalidades, además de para pagar el préstamo. Si la cuenta ahora se utiliza única y exclusivamente para pagar el préstamo, el banco solo puede cobrar la comisión que aparezca en el contrato del préstamo. Si no aparece ninguna comisión, el banco no os puede cobrar nada. Lo puedes leer en la propia web del Banco de España.
Nuestro consejo, por lo tanto, es que vuelvas a la oficina de CaixaBank para reclamar que dejen de aplicarte esas comisiones. Si no te hacen caso, puedes interponer una reclamación formal ante la propia entidad y ante el Banco de España. En nuestra guía gratis sobre reclamaciones bancarias explicamos cómo hacerlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pero la cuenta no se la abrió para pedir el préstamo, la cuenta era su cuenta corriente de hacía años ... En este caso ¿pueden cobrar la comisión?
citando a Alicia Pero la cuenta no se la abrió para pedir el préstamo, la cuenta era su cuenta corriente de hacía años ... En este caso ¿pueden cobrar la comisión?
Hola de nuevo.
Es una situación interpretable: puede interpretarse que la cuenta no está vinculada al préstamo porque no se abrió tras su solicitud, pero también puede interpretarse que sí lo está porque ahora se usa exclusivamente para pagar sus cuotas.
Nosotros no somos expertos legales y no podemos decirte cuál de las dos interpretaciones es la correcta. Pero no pierdes nada por reclamar: si el banco o el Banco de España te dan la razón, se reembolsará el dinero cobrado en comisiones de mantenimiento o administración.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Respecto a que seguramente no se estén acogiéndo a la cláusula 9 porque aún queda saldo para seguir cobrandose el préstamo, ahí me pierdo, puesto q llevan sin cobrar el préstamo desde octubre de 2021 y estamos en agosto de 2025. Me podrías explicar un poco más ésto?
citando a Alicia Respecto a que seguramente no se estén acogiéndo a la cláusula 9 porque aún queda saldo para seguir cobrandose el préstamo, ahí me pierdo, puesto q...
Hola de nuevo.
¡Claro! En 2019, al comunicar el fallecimiento de tu padre al banco, probablemente este se planteó ejecutar esa cláusula 9 para resolver el contrato, pero optó por no hacerlo porque lo podía seguir cobrando a través de la cuenta vinculada al préstamo. Y por lo que nos cuentas, entendemos que así lo hizo hasta octubre de 2021.
Ahora bien, desconocemos por qué el banco dejó de cobrarlo en octubre de 2021. Probablemente, como te comentábamos, se deba a un error provocado por la fusión entre Bankia y CaixaBank, pero no lo podemos asegurar.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Y eso de que hubiesen optado por aplicar o no la cláusula 9, ¿Pueden elegir desde cuándo y hasta cuándo? O tendrán alguna norma fija, espero. Bueno mi conclusión es que han visto que quedaban 4000€ en la cuenta al fallecer mi padre, y han ido como hienas a fundirlo, los primeros 2 años con las cuotas del préstamo y los 3 años siguientes hasta ahora con las comisiones. Todo esto sin ningún tipo de información a nosotras, no fuese a ser k nos fuese a dar por liquidarlo anticipadamente..... Cosa q me pusieron todo tipo de obstáculos para no poder hacerlo... Mi última pregunta: ¿Ésto infringe la ley o está dentro de la legalidad? Porque me está causando bastante perjuicios y saber si se puede denunciar en el juzgado
citando a Alicia Y eso de que hubiesen optado por aplicar o no la cláusula 9, ¿Pueden elegir desde cuándo y hasta cuándo? O tendrán alguna norma fija, espero. Bueno...
Hola de nuevo.
Sobre la primera pregunta, entendemos que tendrán algún tipo de protocolo o normativa interna, pero desconocemos cuál puede ser.
En cuanto a la segunda, hay varias acciones que pueden considerarse como una mala práctica, como cobrar comisiones sobre la cuenta sin informaros sobre ello (algo que se puede reclamar). Otro punto preocupante es el de las trabas: es cierto que el banco tiene que exigir varios trámites cuando hay una herencia, pero no más de los establecidos por la ley. Te recomendamos echar un vistazo a esta página del Banco de España, en la que se explica qué puede pedir el banco a los herederos cuando fallece el titular de una cuenta o de un préstamo. Si crees que te han pedido más de lo que correspondía, puedes interponer una reclamación.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí: