Venta de piso por divorcio - impuestos al vender una vivienda
Venta de piso por divorcio - impuestos al vender una vivienda
ResponderHola. Buenos días. Mi caso es el siguiente mi esposo y yo nos vamos a divorciar y tenemos un piso que compramos en comun al año de casarnos sin hipoteca, teníamos ahorros y recibimos la ayuda de nuestros padres. Hemos acordado que venderiamos el piso y nos repartiriamos el dinero de la venta. Mi pregunta es si tengo que pagar algun impuesto por esto y de cuanto sería. Gracias!!
Hola, Julia Cabrera
Sí, la venta de una vivienda en caso de divorcio está sujeta al pago de unos impuestos. Estos son el IRPF y la plusvalía municipal.
El primero debes abonarlo por la ganancia patrimonial obtenida con la operación. Este se calcula tomando en cuenta el valor de compra de la vivienda (sumados los gastos en que incurriste al comprarla y los costes de reformas realizadas en la casa) y el valor de venta (restados los gastos que tuviste que asumir para vender la propiedad). Luego, a la diferencia entre ambos valores le debes aplicar el tipo impositivo vigente:
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Ganancias hasta 6.000 euros: 19%
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Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
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Ganancias en más de 50.000 euros: 23%
Por su parte, la plusvalía municipal debes pagarla en el ayuntamiento de tu localidad dentro de los 30 días siguientes a la venta. Está relacionada con el incremento de valor que ha experimentado el terreno de la casa durante el tiempo que la tuviste en propiedad.
Esta se calcula tomando como base el valor catastral de la casa (lo encuentras en el recibo del IBI) y la cantidad de años que tuviste el inmueble. Además, debes aplicarle los coeficientes de tributo y los porcentajes definidos por el ayuntamiento de tu localidad.
Adicionalmente, debes tener en cuenta que la venta de una vivienda conlleva otra serie de gastos. Por ejemplo, los relacionados con los documentos obligatorios o el pago de la comisión inmobiliaria.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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citando a Dubitas hola tengo el mismo caso que julia pero en este caso mi ex pareja se quedara con el piso y me pagara por mi parte, vamos a dividir la cosa comun po...
Hola, Dubitas
No, si no vas a vender la vivienda tras el divorcio sino que vas a realizar una extinción de condominio para que tu ex pareja se quede con la casa, en principio, no tienes que pagar IRPF.
Este procedimiento generalmente está exento de este tributo, porque se entiende que no ha habido una alteración del patrimonio y, por tanto, no hay ganancia patrimonial a declarar.
No obstante, sí tendrías que tributar en el caso de que en el proceso de extinción recibieras un exceso de adjudicación. Es decir, una compensación superior a la que te corresponde.
Espero haberte ayudado.
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Tengo una duda al respecto. Como se calcula el precio que debe pagar la expareja? Se tasa a precio de mercado y se paga la mitad restando lo que queda de la hipoteca? como se hace? Muchas gracias