No se cuantos impuestos pagaría si vendo mi piso

No se cuantos impuestos pagaría si vendo mi piso

No se cuantos impuestos pagaría si vendo mi piso

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L
Luis
/

Hola,

Estoy pensando en vender un piso que tengo en propiedad. Por lo que pude leer por internet, los impuestos que tendría que pagar serían un porcentaje sobre la “ganancia patrimonial”, y esta ganancia patrimonial se calcula como la diferencia entre en “valor de adquisición” y el “valor de enajenación”.

La cuestión es que yo este piso no lo compré, ya que lo obtuve mediante un “pacto de mejora”, que es algo así como una herencia en vida, por lo tanto no se cual sería el valor de adquisición, y por tanto la ganancia patrimonial y cuantos impuestos tendría que pagar si lo vendo.

¿Ayuda, por favor?

4 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola Luis,

En este caso el valor de adquisición que se toma es el que tenía el inmueble en el momento que lo recibiste. Aunque, si la venta se realiza antes de que el titular original fallezca, Hacienda puede tomar como valor de adquisición el precio que tenía la vivienda cuando el familiar que te legó la casa en vida la adquirió. Esto, según los últimos cambios que ha querido introducir la Agencia Tributaria al respecto. Por tanto, podrías tener que declarar la ganancia patrimonial y pagar el impuesto del IRPF por la venta del piso.

No obstante, existen muchas interpretaciones legales en este tema, por lo que te recomendamos que consultes con un experto en fiscalidad de tu comunidad, que te pueda orientar mejor acerca de tu caso en concreto y que conozca al detalle las disposiciones fiscales de tu localidad en estas situaciones. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#2
H
Helper_811603854
/

Hola. Yo también he heredado un casa. el de plusvalia municipal cuanto tiempo se tiene para pagarlo?

HelpMyCash
#3

Hola Helper,

El impuesto de plusvalía municipal por la herencia debes liquidarlo en un plazo de seis meses, a contar desde la fecha del fallecimiento de la persona. Este puede ser prorrogable hasta un año, pero solamente si realizas la solicitud dentro del lapso legal establecido. Ten en cuenta que esto trae consigo el pago de los intereses de demora correspondientes y fijados por la Ley General Tributaria.

Además, debes saber que este impuesto debes pagarlo en la delegación tributaria del ayuntamiento donde está ubicado el inmueble.

Una vez que has liquidado el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal y tienes la escritura de la herencia firmada ante notario, te puedes dirigir al Registro de la Propiedad para inscribir la nueva titularidad del piso. Hecho esto, ya puedes vender la vivienda heredada.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#4
M
marioramirez
/

Que afortunados los de Madrid, en otras comunidades las haciendas autonómicas te dejan frito con lo que te cobran por heredar una casa, aunque seas heredero legítimo, les da igual

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