Devolución gastos hipoteca - Sabadell

Devolución gastos hipoteca - Sabadell

Devolución gastos hipoteca - Sabadell

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A
Alfredo
/

Hola, buenas tardes.

En resumen, he reclamado al banco Sabadell los gastos de la hipoteca y me dice que no me los devuelve.

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Envio por parte mía:

AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

DEL BANCO DE SABADELL, S.A.

D. ---, mayor de edad, con D.N.I. --- y domicilio en --- remito la presente al Servicio de Atención al Cliente del Banco De Sabadell, S.A. y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONGO:

PRIMERO.- Que con fecha de 26/06/2017 se otorgó Escritura Pública de Préstamo Hipotecario ante el Notario --- con número de protocolo ---, por la cual, la entidad bancaria a la que me dirijo me concedió préstamo con garantía hipotecaria por importe de 75000,00 €.

SEGUNDO.- Que en dicha escritura, señalada anteriormente, se impone a la parte prestataria la obligación de pago de todos los gastos e impuestos derivados del otorgamiento y concesión del préstamo, lo cual se contiene en la cláusula QUINTA – GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO de dicha escritura:

Serán de cuenta y cargo de la parte prestataría:

2.- Los aranceles notariales relativos a la hipoteca que se constituye en la presente escritura y aquellos que se produzcan en caso de que la parte prestataria inste su modificación o la cancelación de la hipoteca. Los aranceles de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad serán a cargo de la entidad prestamista, así como los gastos de gestoría derivados de tramitar su inscripción registral.

3.- Los impuestos relativos a la constitución de la hipoteca que se constituye en la presente escritura, así como los que pudieran devengarse por revisión tributaria posterior son a cargo de la parte prestataria al resultar el sujeto pasivo de tales impuestos de acuerdo con la normativa tributaria de aplicación. Los impuestos relativos a la modificación y cancelación de la hipoteca instadas por la parte prestataria serán a cargo de la misma conforme a lo previsto en la normativa tributaria.

4.- Los gastos de gestoría por la preparación de firma y tramitación de liquidación de impuestos de constitución de la hipoteca.

TERCERO.– Que el Tribunal Supremo, en la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre, CIP 2658/2013, vino a confirmar la nulidad de la imposición al prestatario de la obligación de pago de los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, derivados del otorgamiento de Escritura Pública de Préstamo Hipotecario.

Conceptos, todos ellos, que abonó esta parte y a cuyo pago vendría obligada la entidad bancaria a la que me dirijo.

CUARTO.- Dado que la cláusula inserta en el apartado SEGUNDO, contenida en la Escritura Pública de Préstamo Hipotecario y que suscribieron ambas partes, impone a esta parte las obligaciones de pago contenidas en el apartado TERCERO, debo entender que la misma adolece de nulidad por los mismo fundamentos contenidos en la Sentencia del Tribunal Supremo señalada.

QUINTO.- Es por todo ello que esta parte SOLICITA a esta entidad bancaria a la que me dirijo:

1.- Se avenga a reconocer la nulidad de la obligación de esta parte del pago de los aranceles de Notario y Registrador, así como los honorarios del Gestor, todo ello dimanante de la Escritura de Préstamo Hipotecario referida en el punto PRIMERO de este escrito.

2.- Proceda a reintegrar a esta parte las cantidades abonadas por dichos conceptos que ascienden a:

  • Aranceles Notario: 407,49 €

  • Aranceles Registrador: 123,38 €

  • Honorarios Gestor y Modelo C10: 575,18 €

TOTAL: 1106,05 €

 SEXTO.- Esta parte se reserva su derecho a cuantas acciones civiles y administrativas considere oportunas para la defensa de sus legítimos intereses para la impugnación del resto de condiciones y cláusulas de contratación que se estiman abusivas en el contrato del presente préstamo hipotecario o por cualquier otra causa, con solicitud y resarcimiento de los daños y perjuicios causados a esta parte.

En --- a 09 de Diciembre de 2020

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Respuesta por parte de Sadabell.

Distinguido señor:

Damos respuesta a su escrito en el que solicita la devolución de los gastos de formalización del préstamo hipotecario de su titularidad.

En primer lugar, le informamos de que los gastos del préstamo hipotecario son derivados de una operación de financiación que solicitó y de que los mismos le fueron facturados directamente por los distintos proveedores como prestatario de la operación.

Asimismo, debemos indicarle que las condiciones de financiación fueron negociadas teniendo en cuenta que los costes de la operación recaen sobre el prestatario y, al solicitarla, nuestra entidad le indicó de qué gastos serían a su cargo y del importe que se adeudaría como provisión de fondos.

En su caso, una vez analizada la información y documentación disponible, cabe indicar que, con antelación suficiente, suscribió la documentación precontractual relacionada con la operación objetada, por lo que consideramos que era conocedor de los gastos de formalización de la misma antes de aprobar, aceptar y ratificar la escritura de préstamo hipotecario formalizada, con posterioridad, ante fedatario público.

Por lo que se refiere al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, le informamos de que en las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria y de acuerdo con el artículo 68 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se considera sujeto pasivo del impuesto el prestatario que es quien debe atender su pago.

Por todo lo anterior, este Servicio de Atención al Cliente resuelve no atender la reclamación que nos ha presentado al considerar que se le informó debidamente y aceptó los gastos derivados de la operación solicitada.

Le indicamos que en caso de disconformidad con lo comunicado por este servicio y de acuerdo con lo establecido en la orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, puede dirigirse al Defensor del Cliente y del Participe (Raimundo Fernández Villaverde, nº61, 8º derecha. 28003 Madrid), sin prejuicio de que también pueda acudir al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España (Alcalá, 48 - 28014 Madrid). Informarle que tiene a su disposición a través de la página web del Banco el formulario para la presentación de quejas y reclamaciones ante el Banco de España. En caso de que lo solicite en formato físico, este Servicio de Atención al Cliente le facilitará un ejemplar del mismo. Le indicamos, también que usted puede ejercitar cualquier otro medio de reclamación que estime conveniente.

...etc...

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Mi pregunta es:1. ¿Qué puedo hacer ahora y como puedo hacerlo?

2. ¿Qué es lo que haría helpmycash en mi situación y cómo lo haría?

Por favor, ayúdenme, estoy perdido.

Muchas gracias, Atentamente Alfredo.

Saludos.

62 respuestas
Última respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Alfredo. 

Lamentamos que el banco no te haya dado la razón. Sin embargo, no nos sorprende, pues la mayoría de las entidades rechazan estas reclamaciones para forzar un juicio y ganar tiempo. 

Los argumentos que te da el banco no son válidos: te hizo pagar unos gastos que tenía que pagar él sin decírtelo, así que sí tienes derecho a reclamar la nulidad de esa cláusula y la restitución del dinero cobrado de más. Por lo tanto, respondiendo a tus dos preguntas, nuestro consejo es que te plantees la opción de presentar una denuncia para recuperar ese dinero. Para hacerlo, tendrás que acercarte a algún despacho de abogados para que estudien tu caso y te digan si la demanda es viable. En caso de que lo sea, ellos mismos te tramitarán la demanda. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

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#2
R
ranich
/

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Buenos dias: Ultimamente y a raiz de una sentencia parece que declara abusiva la cláusula recogida en la mayoría de las hipotecas en las que se repercute en el cliente el abono de LOS GASTOS DEL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA Y ACTOS PREPARATORIOS y GASTOS JUDICIALES, han surgido empresas para reclamar estos gastos via procedimiento civil; alguien sabe de la certeza de estas empresa y/o sentencia? gracias

#3
M
Maria.Berbegal
/

Buenos días Ranich,

Actualmente, puedes contar con asociaciones del consumidor que informan y prestan ayudan a los afectados. Además, existen asociaciones especializadas en defensa del consumidor bancario creadas para proteger los derechos de los usuarios de servicios bancarios, donde te informarán y asesorarán sobre el procedimiento a seguir para reclamar a tu banco.

Si quieres completar información en HelpMyCash encontrarás la siguiente guía gratuita con todo lo que deberías saber sobre como reclamar a tu banco.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

#4
A
A. Valles
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En relación con el tema de banca han surgido muchos abogados y despachos que con caracter oportunista y especulativo pretenden hacer demandas como si se tratara de fábricas y donde es lamentable el conocimiento del derecho que tienen.

Para que una cláusula sea declarada nula debe ser teniendo en cuenta la redacción el conocimiento de los firmamantes, la redacción de las cláusuals y la interpretación que de dicha cláusula se pueda deducir.

Teniendo en cuenta que la hipoteca es un contrato al uso y que no puede ser calificado en su integridad como confuso, pese a que existan cláusulas oscuras y por tanto sujetas a la posible nulidad debería valorase cómo estaba redactado en su hipoteca dicha cláusual y si vd pudo sufrir **** suficiente e inexcusable.

Nuestor despacho lleva más de 15 años siendo expertos en derecho bancario, habiendo impartido formación en diferentes foros, y asistiendo a conferiencias magistrales,por lo que tanto la formación como la experiencia, es un valor del despacho ****

#5
A
Aurolopez
/

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Hola, he estado investigando sobre los gastos de formalización de las hipotecas. Tengo una hipoteca con Uci. He llamado para saber como podía solicitar dicha devolución y la respuesta ha sido, k no puedo hacerlo xk yo firmé dichos gastos y k la justicia ha dado la razón a un caso en concreto. No me ha sonado bien la respuesta k me han dado, la verdad. Por eso, me gustaría que me dijerais si eso es así. En caso de k no lo fuera, k puedo hacer?

#6
R
Rodrigo Blanch
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Hola Aurolopez,

Lo cierto es que no terminamos de coincidir con lo que tu entidad te ha contestado. Fue precisamente por la existencia de una cláusula que especificaba que los gastos de constitución de hipoteca son atribuibles al cliente que se descubrió la irregularidad de esta práctica. Te dejamos a continuación un enlace para la descarga gratuita del manual para conseguir la devolución de los gastos de escrituración de hipoteca.

Suerte y un saludo.

#7
A
Anapug
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Hola Tengo hipoteca con BBVA y hace casi dos meses que reclame la devolución y todavía solo me han dado número de expediente sin resolver. El próximo 7-4 hará dos meses, sabéis si mi banco está pagando? Sino tengo abogado para preparar la reclamación judicial. Gracias por la información por anticipado. Un saludo

#8
M
manueldelatorre
/

Lo de los bancos y los gastos de hipoteca es una verguenza, yo por eso me fui con unos abogados especialistas que trabajan en toda España y no me han cobrado nada, y pusieron todos los gastos de procurador, economista, notario, todo lo pagaron ellos. Demandamos con ****, ya demande el suelo con ellos y me devolviero el dinero por eso ahora les voy a demandar los gastos de hipoteca, me van a tener que devolver todo, porque es mio

#9
M
manueldelatorre
/

Menudas excusas malas tienes, como cobra y mucho te las das de especialista, yo fui con un despacho, **** y no me cobraron nada por reclamar la clausula suelo, y me la ganaron y no me costo nada, y ahora les he dado los gastos de hipoteca, yo no me creo las mentiras que dicen algunos, esto es como la clausula suelo, tienen que devolver lo que me cobraron y yo no pierdo el tiempo, quiero mi dinero, y lo que no quiero es tener que darselo a abogados mas preocupados en insultar a los demas abogados que en currarselo bien para llevarlo gratis para el cliente, los de **** solo cobran de la condena en costas, y no se llevan nada de mi dinero.

#10
R
Rodrigo Blanch
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Hola Anapug,

Las reclamaciones al Servicio de Atención al Cliente de las entidades disponen de un plazo máximo de 2 meses para contestar a tu reclamación sobre la devolución de los gastos de escrituración de hipoteca. Si pasado este tiempo se da el silencio administrativo, puedes elevar tu queja al Banco de España.

Se recomienda este paso, ya que deja constancia en el máximo organismo y puede, aunque no garantiza, que no tengas que llegar a los tribunales.

Suerte y un saludo.

#11
A
Anapug
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citando a Rodrigo Blanch Hola Anapug, Las reclamaciones al Servicio de Atención al Cliente de las entidades disponen de un plazo máximo de 2 meses para contestar a
Hola, me mandaron una carta del BBVA pidiéndome aclarase cantidades reclamadas y justificantes de las mismas, cosa que ya había hecho en mi solicitud inicial pero al no darme correos justificación del contenido del sobre remitido no puedo probar, hable con abogado y me dijo haz nueva carta y adjunta todo de nuevo y ve a una sucursal y que lo remitan directamente ya que me dieron 10 días para responder o cerrarían el expediente, quien me garantiza que no vuelven a decirme que no lo he mandado? Así lo hice, fui a una sucursal, escarnearon toda documentación y me dieron un justificante de remisión con un número de registro, después les mande email solicitando la resolución inmediata ya que han pasado de sobra los 2 meses de rigor y me contestan que han abierto nuevo número de expediente con la última remisión y que el primer número de expediente ya está cerrado y me mandaran la resolución. SIN VERGÜENZAS lo único que hacen es hacer perder el tiempo a la gente y gastar dinero, mandando documentación x correo certificado con acuse de recibo, y luego ellos dicen que les llega esto o lo otro, lo que les conviene, voy directa a la DEMANDA JUDICIAL! Este banco merece un escarmiento y en cuanto pueda me voy de este banco y no lo aconsejo a nadie, te tratan de ****!!

#12
J
Juliajp
/

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Me gustaría saber cómo reclamar mis gastos de la formalización , y que es exactamente lo que puedo reclamar. Puesto que tras hablar con el banco, ellos me dicen que no tengo nada que reclamar.

Gracias

#13
R
Rodrigo Blanch
/

Hola Juliajp

Pueden reclamar todas aquellas hipotecas de nueva constitución que haya tenido que pagar los gastos derivados del proceso de escrituración pública del contrato hipotecario. Esto es, si en el momento de la compra de tu casa se creó un contrato nuevo, puedes llegar a reclamar.

Si por el contrario, lo que hiciste fue hacerte cargo de una hipoteca existente del dueño anterior (lo que se conoce como subrogación de deudor), no podrías reclamar nada.

Puedes encontrar un manual para la devolución de los gastos de constitución de hipoteca en el anterior enlace, así como información sobre las cantidades que puedes recuperar.

Suerte y un saludo.

#14
H
Helper_605423200
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Buenas tardes tengo una hipoteca con cajamar desde 2005 de 170000 euros en Almeria. Hice una reclamacion sobre la devolucion gastos hipotecarios y el interventor me dijo que no devolvian nada de los gastos hipotecarios. No consegui que me lo pusieran por escrito

#15
R
Rodrigo Blanch
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Hola Helper,

La respuesta que te han dado sobre la devolución de los gastos de constitución de hipoteca corresponde con la tónica general de las respuestas de los bancos. En la situación actual, es posible que estas reclamaciones tomen el mismo camino que el de las cláusulas suelo; es decir, que hasta que no se genere un revuelo suficientemente grande, hasta que esto no llegue repetidas veces hasta las altas instancias judiciales del país o de Europa, la banca será contraria a ninguna devolución.

Te recomendamos que te pongas en contacto con algún especialista legal que te pueda orientar sobre la viabilidad de tu caso.

¡Suerte y un saludo!

#16
J
JuanjoCE
/

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Siguiendo las indicaciones, presenté un escrito a Caixa Bank solicitando los gastos de constitución de la hipoteca y su respuesta después de cuatro meses ha sido: a) De los gastos notariales y de registro: Según la norma 6ª del Anexo II del RD 1426/1989 de 17 de noviembre la obligación del pago de los derechos corresponde a quien ha requerido la prestación de funciones o servicios del Notario. Y por otro lado que el Consejo General del Notariado incida que no existe ninguna disposición legal que impute el Arancel Notarial al prestamista. b) Del Impuesto de Actos Jurídicos (AJD) que el artículo 68 del vigente Reglamento de Impuestos de Transmisión Patrimonial recoge expresamente que el pago del impuesto a los préstamos hipotecarios corresponde al prestatario. c) De los gastos de gestión y tramitación de la escritura, este gasto corresponde al prestatario por tratarse de servicios solicitados para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones en la constitución de la hipoteca. d) De los gastos de tasación, que es el cliente quien tiene el derecho a escoger al profesional encargado de realizarla y por tanto es el cliente quien se aprovechará del documento de tasación y el único obligado al pago del profesional que la realiza. Resumiendo, que lo lamentan pero que no pueden atender mi reclamación. . .. ¿Puedo hacer alto al respecto?

#17
R
Rodrigo Blanch
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Hola JuanjoCE,

Si tu banco se niega a devolver los gastos de apertura de hipoteca por la vía amistosa, no te queda otra que pasar a la vía legal. Te dejamos un enlace a nuestro blog con un artículo que analiza una sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Zaragoza.

Suerte y un saludo.

#18
J
JuanjoCE
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Gracias Rodrigo por tu respuesta. Lo tendré en cuenta.
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#19
H
Helper_601340700
/

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Hola Conseguí que el BBVA me devolviera lo cobrado de más por la clausula suelo. Ahora he solicitado los gastos de hipoteca, pero leo y oigo que eso es mucho más complicado de conseguir, ¿ es cierto?

HelpMyCash
#20

Hola, Helper_601340700.

Puede resultar más complicado conseguir la devolución de los gastos de constitución de la hipoteca por la vía extrajudicial, puesto que, a diferencia de lo que ocurrió con el suelo, aún no se ha establecido una doctrina clara a favor de los consumidores. De todos modos, si tu reclamación no prospera por el canal habitual (el servicio de atención al cliente de tu banco), puedes tratar de elevar tu queja al Banco de España o puedes recurrir a la vía judicial. En nuestra guía gratuita "Cómo reclamar a un banco" te explicamos cómo funciona el proceso de reclamación.

Un saludo.

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