Firme mi hipoteca el 28/11/2001 y ponía que el tipo aplicable en ningún caso sería superior al 12% ni inferior al 4%.
Firme mi hipoteca el 28/11/2001 y ponía que el tipo aplicable en ningún caso sería superior al 12% ni inferior al 4%.
Responder¿Es esto cláusula techo y suelo?. ¿Puedo reclamar desde esta fecha los intereses pagados de más?
En su hipoteca tien clausula suelo y techo
Hola, Neferabu:
Efectivamente, tenías una cláusula suelo del 4 % y un techo del 12 % en tu hipoteca. Si quieres saber cómo puedes reclamar el dinero cobrado de más, encontrarás más información en esta página sobre la cláusula suelo.
Además, puedes utilizar la calculadora de suelo hipotecario para descubrir la cuantía que te debe el banco.
¡Un saludo!
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Gracias Elisenda Picart por tu respuesta. Pero ahora tengo una duda, supongo que cayendo en la trampa por parte del Banco de Sabadell y yo por la necesidad de disminuir mi cuota mensual de la hipoteca, de casi 500 €, ya que estoy jubilado, cobrando 1000 €. Y que todavía me quedan 15 años de hipoteca. Negocie con ellos y pase el 29 de febrero de 2016 a un contrato privado de hipoteca tipo fijo. Mi pregunta es: ¿ Puedo reclamar lo pagado de más por la cláusula suelo en su día, o sea desde el 28/11/2001?. Muchas graciascitando a Elisenda Picart Hola, Neferabu:Efectivamente, tenías una cláusula suelo del 4 % y un techo del 12 % en tu hipoteca. Si quieres saber cómo puedes reclamar e...
Hola de nuevo, Neferabu:citando a NeferabuGracias Elisenda Picart por tu respuesta. Pero ahora tengo una duda, supongo que cayendo en la trampa por parte del Banco de...citando a Elisenda Picart Hola, Neferabu:Efectivamente, tenías una cláusula suelo del 4 % y un techo del 12 % en tu hipoteca. Si quieres saber cómo puedes reclamar e...
Si el contrato privado que firmaste con el banco no incluía una renuncia a iniciar acciones judiciales, podrás cobrar lo pagado de más por la cláusula suelo. Revisa ese contrato para asegurarte de que no existe ninguna cláusula de este tipo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Buenas tardes Elisenda. Cierto mi contrato habla de un compromiso de renunciar a cualquier reclamación. Pero mirando por internet he dado con esto: Como norma general, todas las propuestas que están lanzando los bancos/cajas, obvian la devolución de cantidades y exigen renunciar por escrito al derecho a reclamar, tanto si ya se han iniciado acciones como si se plantean en el futuro. Hay que recordar la gravedad de este abuso, ya que la renuncia a los propios derechos se prohíbe expresamente en el artículo 10 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. ¿Tengo alguna posibilidad de iniciar algo? Muchas gracias de nuevo y un saludocitando a Elisenda PicartHola de nuevo, Neferabu: Si el contrato privado que firmaste con el banco no incluía una renuncia a iniciar acciones j...citando a NeferabuGracias Elisenda Picart por tu respuesta. Pero ahora tengo una duda, supongo que cayendo en la trampa por parte del Banco de...citando a Elisenda Picart Hola, Neferabu:Efectivamente, tenías una cláusula suelo del 4 % y un techo del 12 % en tu hipoteca. Si quieres saber cómo puedes reclamar e...
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Hola, tengo una hipoteca en la que su clausula suelo es 2,50 pero luego en el euribor reflejan que sera incrementado en un 0,35 enteros como mínimo y 0,90 como máximo, esto que significa, lo puedo recurrir junto a la clausula suelo? Gracias. Saliudos
Hola, Yomisma.
Nunca habíamos visto este caso: que tengas suelo y las subidas y bajadas del Euríbor limitadas. Tendríamos que leer bien el contrato, pero por lo que nos explicas parece que el banco no solo se ha protegido a él mismo con un suelo (interés mínimo que debes pagarles) sino que también te ha protegido a ti con un techo (interés máximo que puedes pagarles) de 0,90 % por encima del Euríbor de cuando firmaste + diferencial.
Si esto es como nos lo cuentas y tenías pensado denunciar el suelo, este techo puede ponerte las cosas un poco más difíciles. Te recomendamos consultarlo con un abogado especializado en estos casos.
Un saludo!
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Por lo que expone en su pregunta, parece que tiene una cláusula suelo y un techo.
Obviamente esto genera cierto equilibrio entre ambas partes, el banco y el cliente, pues ambos están limitados, o protegidos tanto por subidas como por bajadas.
Entendemos que si esto es así, sin perjuicio de que pudiéramos analizar la escritura, sería ciertamente dudoso poder declarar nula la cláusula.
Si lo desea puede contactar con el despacho **** o en el tfno ****