Nuevo acuerdo gobierno banca para hipotecas variables con subida de euríbor

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L
Luis
/

Buenas tardes: No sé si puedo acogerme a está nueva normativa, aunque por pensión al mes entro holgadamente, pero tengo un plan de pensiones y una pequeña cartera de valores. Me lo pueden aclarar? Gracias ****    

142 respuestas
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Respuestas
#41
M
Mangurrina
/

citando a Mangurrina Pregunta similar: BBVA y el código de buenas prácticas Qué hacer si el banco te envía una carta de buenas práctica...

El problema es que fui el viernes a la oficina y me dicen que ellos no pueden hacer nada. Las consultas tienen que ser telefónicas. Si nadie te contesta al tfno como hacer. ¿Ir al Banco de España y poner la queja?

 

#42
B
Borfe
/

Pues poner una reclamación al SAC del banco primero y si no te contestan o te deniegan, ir entonces al banco de España. En mi caso es el sabadell, nadie sabe nada del RDL 19/2022, ni en la oficina ni por teléfono, asi q he puesto una reclamación al SAC. Es indignante. Yo he tenido q pagar la comisión por amortización total cuando en teoria esta suspendida este año

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HelpMyCash
#43

citando a Mangurrina
citando a Mangurrina Pregunta similar: BBVA y el código de buenas prácticas Qué hacer si el banco te envía una carta de buenas práctica...
El problema es que fui el viernes a la oficina y me dicen que ellos no pueden hacer nada. Las consultas tienen que ser...

Hola de nuevo. 

Como te comenta el usuario Borfe en su respuesta #42, lo más aconsejable es que interpongas una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco. Así, el banco contactará directamente con tu oficina para ordenar que te den una cita. 

En caso de que no te den cita en un plazo de un mes (o que no recibas respuesta en ese tiempo), puedes elevar tu reclamación al Banco de España. En nuestra página sobre reclamaciones bancarias te explicamos cuál es el proceso que tienes que seguir. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#44
B
Borfe
/

Alguien podría decirme dónde se publicó el listado con las entidades bancarias que se adherían al RDL 19/2022, de 22 de noviembre? Muchas gracias

HelpMyCash
#45

citando a Borfe Alguien podría decirme dónde se publicó el listado con las entidades bancarias que se adherían al RDL 19/2022, de 22 de noviembre? Muchas gracias

Hola de nuevo, borfe.

Si quieres acogerte al Código de Buenas Prácticas original, dirigido a familias vulnerables, puedes encontrar la lista de bancos adheridos en este enlace

Si quieres acogerte al Código de Buenas Prácticas nuevo, dirigido a familias de "clase media" en riesgo de vulnerabilidad, puedes encontrar la lista de bancos adheridos en este enlace

Por si te sirve, aprovechamos para comentar que tu entidad, Banco Sabadell, está adherido a ambos Códigos. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#46
A
Andrés
/

Pregunta similar: CONGELACIÓN HIPOTECA

Hola buenas.Resulta que como me acogi al anterior Real Decreto del codigo de buenas prácticas.He probado haber si podía acogerme a éste de ahora..Resulta que el director de mi caja me ha dicho que sólo puedo acogerme a la congelación durante un año de mi hipoteca.Pagando las cuotas que pagaba antes de la subida...antes.  377€...ahora 486..pagaria el anterior..Le he propuesto tbien pasar del tipo variable a fijo..mi pregunta es:..Si me conceden el cambio de variable a fijo, cual de las dos cantidades me quedaria?...los 377€.. o lps 486€ de ahora?...Gracia y un saludo.Andrés

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HelpMyCash
#47

citando a Andrés Pregunta similar: CONGELACIÓN HIPOTECA Hola buenas.Resulta que como me acogi al anterior Real Decreto del codigo d...

Hola, Andrés.

Por lo que nos cuentas, entendemos que el banco te ofrece las medidas recogidas en el nuevo Código de Buenas Prácticas dirigido a familias de clase media. En ese caso, puedes elegir entre:

  • Congelar la cuota durante un año con el mismo importe que pagabas en junio de 2022. Esta opción incluye la posibilidad de alargar el plazo hasta en siete años y de reducirte el interés durante los próximos 12 meses. 

  • Pasar tu hipoteca variable al tipo fijo, con el interés que te proponga el banco. 

Si te decantas por la segunda opción, el banco puede decidir qué interés fijo te ofrece. Dependiendo de su valor, tu cuota quedará más alta o más baja, así que no podrás conocer su importe hasta que el banco te haga la propuesta. 

Esperamos haber resuelto tu duda. 

Un saludo. 

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#48
A
Andrés
/

D.Miquel..Muchas gracias por toda la información de la cual podemos echar mano.¡¡¡Para la gente como yo.Que soy un ignorante..Yo habia pensado en acogerme primero a los 12 meses de congelación cuota...Y después solicitar pasar el tipo variable a fijo...Eso me las tendré qué ver con mi CAJA DE AHORROS..Es viable hacer primero la congelación ysegundo solicitar lo de los tipos?...Estaré todavía dentro de las fechas establecidas?...Muchas gracias por las aclaraciones y le mando un saludo.

Andres.

HelpMyCash
#49

citando a Andrés D.Miquel..Muchas gracias por toda la información de la cual podemos echar mano.¡¡¡Para la gente como yo.Que soy un ignorante..Yo habia pensado en a...

Hola, Andrés.

¡Gracias a ti por confiar en nosotros! En principio, el Código solo te permite acogerte a una o a otra medida. Es decir, que el banco no está obligado a aceptar el cambio al tipo fijo después de aprobarte la congelación de la cuota. Ahora bien, si dentro de un año quieres pasarte al tipo fijo, puedes proponérselo a tu entidad para ver si lo acepta. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#50
A
Andrés
/

Hola Miquel, q tal?...Yo encantado de todas tus respuestas,pues son muy constructivas..Lo siguiente que quería me dieras información.Es por lo que he leido,atraves de vosotros mismos.En cuanto al caso UNICO y lo recalco,!!!que el Banco o Caja está obligado a aceptar el cambio al tipo fijo...Yo estoy dentro o reuno,eso creo los requisitos....Ahora biene lo siguiente...Si yo en 2019 ya reunia dichos requisitos demostrables con CORREOS ELECTRÓNICOS fechados.En donde me pongo en contacto con el Dr.de la Caja y en donde está explícitamente escrito que le solicito ese cambio de tipo variable a fijo..Ahora que hago?...Creo que cometieron una negligencia con migo...Recuerdo que en la primera entrevista me dijo que si se podia hacer,...Para pasar a darme largas y pasados unos meses,y cuando ya se acercaba la fecha de la revisión de hipoteca,cambió la versión....Pero como digo tengo correos electrónicos qué lo prueban...Esperando con impaciencia tu contestación te mando un saludo

Andrés

Andrés.

HelpMyCash
#51

citando a Andrés Hola Miquel, q tal?...Yo encantado de todas tus respuestas,pues son muy constructivas..Lo siguiente que quería me dieras información.Es por lo que...

Hola de nuevo, Andrés.

¡Muchas gracias! Sobre tu pregunta, tenemos que aclarar que el paso al tipo fijo es una medida que los bancos tienen que aceptar desde noviembre de 2022, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el nuevo Código de Buenas Prácticas aprobado por el Consejo de Ministros. Por lo que nos cuentas, el cambio lo solicitaste en 2019, cuando esta medida todavía no estaba activa. Por ello, creemos que no lo podrías reclamar. 

Quedamos a tu disposición por si tienes más dudas. 

Un saludo. 

 

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#52
B
Borfe
/
  • Pero ateniéndonos al tenor literal del RDL 19/2022, (Preámbulo y disposición adicional primera) tanto la conversión del tipo variable al fijo como la suspensión de la comisión de amortización no está supedita al cumplimiento de las variables de vulnerabilidad establecidas en los Códigos de Buenas Prácticas. Otra cosa es q los bancos no se atengan a la norma y la cumplan como quieran, lo cual deberia de publicarse en prensa para q no tenga la buena imagen que quieren trasladar
A 2 personas les ha parecido útil
HelpMyCash
#53

citando a Borfe Pero ateniéndonos al tenor literal del RDL 19/2022, (Preámbulo y disposición adicional primera) tanto la conversión del tipo variable al fij...

Hola, Borfe.

Queremos hacer un pequeño matiz. La conversión del tipo variable al fijo sí es una medida incluida en el nuevo Código de Buenas Prácticas a la que solo se puede acceder si se cumplen sus requisitos: cobrar un máximo de 29.400 euros al año, que la carga hipotecaria sea superior al 30% y que esta carga haya subido más de un 20% en los últimos cuatro años. 

En cambio, hay dos medidas que no están supeditadas al cumplimiento de estos u otros requisitos: la prohibición de que los bancos cobren comisiones por amortizar anticipadamente una hipoteca variable o por convertir una hipoteca variable a fija mediante una novación o una novación; ambas prohibiciones vigentes durante todo este año.

Si tu banco no cumple la ley, tienes todo el derecho a interponer una reclamación ante su Servicio de Atención al Cliente. Y si tus exigencias no surten efecto o no te responden en un mes, puedes elevar tu reclamación ante el Banco de España. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#54
C
Cor71
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Pregunta similar: Código de buenas prácticas

Buenos días, hoy hablé el gestor de mi banco me ha dicho que es muy difícil que me acoja al código de buenas prácticas para que rebajen el interés , me he quedado en el paro el 1 de febrero, con el sueldo de mi marido podemos cubrir la hipoteca,pero esquejes que tenemos 2 créditos más,lo que ha hecho ella es darme una tarjeta de credito y bonificarme o,20 terminaré pagando un interés de 5,40 , que puedo hacer? Los ingresos de mi marido son de 24000 al año,yo nada .ella dice que como mirarán la declaración de la renta y tuve ingresos pues no califico . Agradeceré vuestra orientación.

HelpMyCash
#55

citando a Cor71 Pregunta similar: Código de buenas prácticas Buenos días, hoy hablé el gestor de mi banco me ha dicho que es muy d...

Hola, Cor71.

Es cierto que podéis tener problemas para acogeros al Código, porque uno de los requisitos es que los ingresos anuales de los solicitantes no superen los 25.200 o los 29.400 euros anuales brutos, según el Código al que os queráis acoger. Ahora bien, si presentas el certificado de la prestación por desempleo, el banco podría interpretar que vuestros ingresos anuales futuros no superarán ese límite (si es el caso), por lo que quizás sí podría aprobar vuestra solicitud. Eso sí, en todo caso, hasta que no recibas esa prestación, no podrás presentar el certificado y no podrás acogerte al Código. 

Dicho esto, si tu intención es buscar trabajo rápidamente, quizás el Código no se ajusta totalmente a vuestras necesidades, porque "solo" tendréis dificultades para hacer frente a la hipoteca hasta que encuentres empleo. En ese sentido, puede que sea más conveniente explorar otras opciones, como negociar con el banco la aplicación de medidas alternativas: una carencia más corta, alargar solo un poco el plazo... En nuestra guía sobre cómo evitar el impago os explicamos qué podéis negociar y qué más podéis hacer para seguir pagando la hipoteca. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#56
H
Helper_1106839134
/

Pregunta similar: Hipoteca no puedo con ella

Hace 3 meses que solicité en la Caixa el código de buenas prácticas porque me está siendo muy difícil pagarla.

A día de hoy no me han dicho nada.

Si dejo de pagar la hipoteca pueden embargarme otras pertenencias?.

Gracias

 

HelpMyCash
#57

citando a Helper_1106839134 Pregunta similar: Hipoteca no puedo con ella Hace 3 meses que solicité en la Caixa el código de buenas prácticas p...

Hola, Helper_1106839134.

Lamentamos mucho tu situación. En principio, los bancos tienen un plazo máximo de un mes para contestar a la solicitud de adhesión al Código de Buenas Prácticas. Como todavía no te han respondido, nuestro consejo es que sigas el procedimiento que explicamos en esta página para exigir una respuesta.

En cuanto a tu pregunta, si dejas de pagar la hipoteca, se te aplicarán intereses y comisiones de demora que aumentarán tu deuda. Y cuando el impago alcance el equivalente a 12 cuotas (o 15 si ya ha pasado la mitad del plazo de devolución), el banco podrá ejecutar la hipoteca, embargarte la vivienda y ponerla a subasta para vendérsela al mejor postor. Si la vivienda se subasta por menos de la deuda que tienes pendiente, el banco también podrá reclamar el embargo de tus otros bienes presentes y futuros, incluido el saldo de tus cuentas y una parte de tu salario. Por todo ello, creemos que no es nada aconsejable que dejes de pagar las cuotas. 

Esperamos haber resuelto tus dudas. 

Un saludo. 

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#58
A
Andrés
/
  • Hola Miquel..q tal?..Ha sucedido que mi CAJA,aún tiene qué resolver la concesión del préstamo o (Novacion)..Para la solicitud de congelación cuota hipotecaria...Esto es así?...quiere decir esto qué al cabo de un año tendré qué devolver éste PRÉSTAMO.,que no se de cuánto sera?..mes a mes ..Y se podrá fraccionar? Y durante cuánto tiempo?..Me imagino que me aumentará la cuota al acabar ésta congelación más lo que hayan subido los tipos cuando corresponda la subida de mi revisión anual..Con lo cual se puede disparar la cuota...verdad?..Sabes o podrias esplicarme a groso modo éste tema?..y por que cantidad de dinero?.Sería prudente,ahora,antes de qué se resuelva. Solicitar también...cambiar el tipo variable a fijo?..Gracias yun saludo.
  • Andrés
HelpMyCash
#59

citando a Andrés Hola Miquel..q tal?..Ha sucedido que mi CAJA,aún tiene qué resolver la concesión del préstamo o (Novacion)..Para la solicitud de congelación...

Hola de nuevo, Andrés.

Si te parece bien, iremos por partes. Si el banco acepta tu solicitud, tendrá que hacer lo siguiente:

  • Congelarte 12 meses la cuota con el importe que pagabas antes de que te subiera.

  • Reducir el interés durante esos 12 meses para que la cuota quede con el importe que pagabas antes de que te subiera.

  • Alargar el plazo hasta en siete años.

Al acabar la congelación, como bien dices, la cuota te podría volver a subir si el euríbor sigue al alza. Ahora bien, como también se te habrá alargado el plazo, esa subida no será desproporcionada. Eso sí, como devolverás el dinero en más tiempo, pagarás más en intereses a la larga. 

Si quieres, puedes usar nuestro simulador de ayudas del Código de Buenas Prácticas. Con esta herramienta gratuita descubrirás si cumples las condiciones para que se te conceda esta medida, cómo quedarán tus cuotas si se te congelan y qué cuota pagarás dentro de un año. 

En cuanto a cambiar del tipo variable al fijo, como te comentábamos, tienes derecho a pedirlo si cumples los requisitos del Código (puedes comprobarlo con el simulador), aunque en ese caso no se te congelarán las cuotas. Además, el tipo fijo sería el que decida el banco, que puede ser alto. 

Esperamos haber resuelto tus dudas y quedamos a tu disposición por si tienes más preguntas. 

Un saludo. 

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#60
M
Malu
/

Buenas noches Miquel, agradezco tu respuesta, me ha servido de ayuda, no sabía a quién podría dirigirme para que me asesore.  Contactaré con el Ayuntamiento.  Muchas gracias por tu información.  Un saludo 

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