Estoy leyendo un poco sobre las ayudas a las hipotecas variables, y mi duda es la siguiente... para acogerme a alguna de ellas no tengo que superar o los 25.200 euros o los 29.000 en el hogar, pero... la renta hay que presentar las dos, es decir, yo hago una renta y mi marido otra si, tengo separacion de bienes.... porque si tengo que presentar las dos no puedo acogerme a ninguna ayuda.
Pregunta similar: Código buenas prácticas
He presentado el código de buenas prácticas,y me gustaría saber si estaría viable.Mi padre tiene una minusvalía del 55%,no realiza la declaración de la renta,es mayor de 60 años pero también en mi casa convive mi hermana y tuvimos q presentar sus ingresos.Habria viabilidad en ese código de buenas prácticas?.Como sería lo del iprem por la minusvalía?. gracias de antemano
citando a Monse80 Pregunta similar: Código buenas prácticas He presentado el código de buenas prácticas,y me gustaría saber si estar...
Hola, Monse80.
Depende del Código al que os queráis acoger. Queremos recordar que hay dos Códigos: uno para familias vulnerables (el de 2012) y otro para familias en riesgo (el de 2022).
Si os acogéis al Código para familias vulnerables, y debido a la minusvalía de tu padre, los ingresos anuales brutos de tu unidad familiar no pueden superar por 4 veces el IPREM. Es decir, que no pueden ser de más de 33.600 euros.
Si os acogéis al Código para familias en riesgo, y debido a la minusvalía de tu padre, los ingresos anuales brutos de tu unidad familiar no pueden superar por 4,5 veces el IPREM. Es decir, que no pueden ser de más de 37.800 euros.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Hola,
Quisiera saber si realmente el Estado a subido el umbral de ingresos del 3,5 al 4,5.
Porque por ejemplo, en el código de buenas prácticas del Sabadell del 2024 ponen que el umbral de 4,5 de ingresos es cuando en la unidad familiar hay alguien con discapacidad. Y por lo que entendí y he leído en tu post es que tendría que ser 4,5 de ingresos en la unidad familiar y 5,5 cuando hay una discapacidad.
¿es así?
Si fuera así, necesitaria saber dónde puedo sacar el documento oficial donde lo comunica, porque en el BOE del 27 diciembre no lo he encontrado y así poder acogerme al código ya que en 2023 se me negó por ese motivo.
Muchas gracias de antemano, un saludo.
citando a Adrian Pregunta similar: Código buenas prácticas Hola, Quisiera saber si realmente el Estado a subido el um...
Hola, Adria.
Sí, se ha subido el umbral de ingresos del Código de Buenas Prácticas de 3,5 veces el IPREM a 4,5 veces el IPREM (37.800 euros brutos al año).
El documento oficial en el que se comunica este cambio es la Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, por el que se modifica el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad, en su ANEXO Primero (debajo de la Exposición). Puedes acceder al documento a través de este enlace.
Es probable que el Sabadell todavía no lo haya incluido en su documentación por estar su personal de vacaciones. Ahora bien, debería incluirlo en los próximos días y aplicarlo desde ya.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchas gracias por contestar y la rapidez en que se ha hecho.
Buscando el código en banco Sabadell he encontrado que han actualizado el plazo para acogerse a él hasta el 31 diciembre 2024, pero que el umbral no lo han cambiado por eso me ha generado dudas. Esperare entonces a que pasen fiestas y volveré a insistir.
te dejo el enlace por si le quieres hacer un vistazo.
https://www.bancsabadell.com/cs/Satellite/SabAtl/Acciones-vulnerables/6000080941749/es
de nuevo, muchas gracias.
citando a Adrian Muchas gracias por contestar y la rapidez en que se ha hecho. Buscando el código en banco Sabadell he encontrado que han actualizado...
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros!
Efectivamente, parece que todavía no han actualizado esa página con la prórroga y modificación del Gobierno, ya que también indican que la prohibición de cobrar comisiones por pasar del tipo variable al fijo se termina el 31 de diciembre de 2023 (el Gobierno ha prorrogado esa prohibición hasta el 31 de diciembre de 2024).
De todos modos, aunque aún no hayan actualizado esa información, tú sí puedes beneficiarte de la ampliación del umbral de ingresos. Si quieres, puedes llamar o mandar un correo electrónico para que tramiten tu solicitud para acogerte al Código.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Quería, por favor, consultarte respecto a que, en cuanto la ministra Calviño anunció el 18/12/23 la ampliación del umbral de importe máximo para el acceso a las ayudas a familias vulnerables con hipoteca, me puse inmediatamente en contacto con la responsable de mi cuenta en mi banco, Bankinter, para manifestarle que ahora si podría acceder a las tan necesarias ayudas, ya que, en la anterior franja de ingresos estaba por encima de lo exigido y, por ese único motivo no pude acceder, ya que el resto de condiciones las cumplía de sobra, tal y como tu mismo me confirmaste en mi anterior consulta del 19/12/23 que, tan amablemente, me supiste claramente explicar.
El asunto es que, si tal y como nos indicas en tus acertadas respuestas, la ley está ya aprobada desde la resolución del 27/12/23, y yo comuniqué al banco por escrito (email) el mismo día 18/12/23 mi necesidad e intención de acogerme a las ayudas que procedan en cuanto estas estuvieran aprobadas, la realidad es que todavía no me han contestado nada, debido supongo a que la responsable de mi cuenta sigue de vacaciones a fecha de hoy 03/01/24 (desde el primer email le he enviado otros tres posteriores, incluido hoy, y me devuelve una respuesta automática diciendo que sigue de vacaciones).
Mi duda, y la correspondiente pregunta es la siguiente, mi Certificado de Importes al Cobro que expide el INSS, certifica que a día 27/12/23, cuando se publicó la resolución de la ampliación de renta a 37.800€ brutos/año, mi pensión era de 2.601,78€ mensuales x 14 pagas, lo que resulta un total bruto anual de 36.424,92€, por lo que entiendo que SÍ estoy dentro del umbral exigido. Ahora bien, si como también se anunció por parte del Gobierno, el incremento de las pensiones para 2024 supone un 3,8% más, mis ingresos brutos supondrían 37.809,06€/año.
Y esta es mi duda, cumpliendo de sobra el resto de requisitos exigidos ¿crees que podré acceder a las ayudas habiendo ya comunicado fehacientemente al banco mi necesidad de acogerme a las mismas con antelación a la fecha de inicio del incremento de un 3,8% en la pensión de 2024?
Disculpa lo extenso de mi consulta, pero para nosotros es muy importante salir de esta situación que estamos atravesando (nuestra hipoteca supone un 48,7% de gasto respecto a los únicos ingresos de la unidad familiar, 1.024€ de cuota mensual vs 2.099€ de pensión) y quería poder hacerte llegar con la máxima claridad mis argumentos, ya que tu ayuda siempre es muy valiosa para poder "discutir con el banco" teniendo criterio propio.
Agradezco de antemano tu segura valiosa ayuda y aprovecho para desearos a todo el equipo de HelpMyCash, así como a tus seguidores, un muy feliz 2024. Gracias. JOANBUR.
citando a JOANBUR Hola Miquel, buenos días y Feliz Año. Quería, por favor, consultarte respecto a que, en cuanto la ministra Calviño anunció el 18/12/23 la a...
Hola, JOANBUR.
¡Feliz año! Respecto a tu consulta, si te somos totalmente sinceros, no sabemos si el banco tendrá en cuenta vuestros ingresos del año pasado o los que cobraréis en cuanto se actualice tu pensión.
Nuestro consejo, por si acaso, es que presentes tu solicitud para acogerte al Código de Buenas Prácticas. Si el banco te la rechaza, puedes interponer una reclamación ante su Servicio de Atención al Cliente y posteriormente ante el Banco de España para averiguar si el criterio de tu entidad ha sido el correcto o no.
También, si quieres, puedes plantear al banco que te aplique medidas parecidas a las del Código sin acogerte directamente a él. De este modo, podréis mejorar vuestra situación actual.
Te deseamos mucha suerte.
Un saludo.
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No me queda claro a qué se refiere con "ingresos brutos anuales de la unidad familiar"? Como se calculan? Nosotros somos 3 , 2 adultos y 1 menor.
citando a Helper_911680982 Pregunta similar: En el codigo de buenas practicas 2024 No me queda claro a qué se refiere con "ingresos bru...
Hola, Helper_911680982.
Si los dos adultos estáis casados o sois pareja de hecho, la unidad familiar la formáis los tres: los dos adultos y el menor de edad. Por lo tanto, los ingresos brutos anuales de la unidad familiar son los que cobráis entre los tres (o entre los dos adultos, si el menor no trabaja).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Como es posible que pagando yo solo la hipoteca y mi exmujer no, no me dan el visto bueno para el codigo de buenas practicas, porque tiene letra pequeña. Gracias
Hola, gab74_12.
Para acogerte al Código de Buenas Prácticas es necesario cumplir con ciertos requisitos que demuestran que eres un "deudor hipotecario sin recursos". Estos requisitos incluyen que la hipoteca esté vinculada a una residencia habitual, que la cuota hipotecaria represente más del 50% de los ingresos netos familiares mensuales, y que los ingresos conjuntos de la unidad familiar no superen ciertos límites. Además, debe haber habido una alteración significativa en tu situación económica o familiar en los últimos cuatro años.
Si tu exmujer es cotitular de la hipoteca, sus ingresos también se consideran al evaluar si cumples los requisitos del Código. Si vuestros ingresos conjuntos superan los límites marcados por ley, aunque seas tú el único titular que paga la hipoteca, no podrás acogerte al Código de Buenas Prácticas.
Nuestro consejo es que revises los requisitos del Código de Buenas Prácticas para comprobar si, efectivamente, no los cumples por culpa de los ingresos de tu exmujer. En caso de que sea así, te recomendamos negociar directamente con el banco para que te ofrezca otras soluciones.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Te recomiendo que solicites por escrito el motivo de la denegación del CBP y si se niegan o no estás conforme con su repuesta:
1º presenta reclamación ante departamento de at. al cliente de tu banco.
2º puedes presentar una reclamación ante el Banco de España en su web: ****
Suerte y un saludo.