Contraprestación por extinción de condominio
Contraprestación por extinción de condominio
ResponderBuenas tardes,
Tengo una propiedad al 50% con mi pareja y con hipoteca.
Queremos hacer una extinción de condominio para que uno de los dos se quede la vivienda en su totalidad. Como se calcula la contraprestación económica que ha de pagar el uno al otro? Se tiene en cuenta que el la vivienda es ahora más cara que cuando se compró? gracias
Pregunta similar: Extinción condominio, contraprestación?
Buenas, mi mujer y su ex han acordado que el ex se quede con el piso que tienen en común, por lo tanto harán una extinción de condominio y novación. El piso se compró por 255.000, les queda pendiente 183.000, si se tasara el piso tirando a la baja aprox. por 108.000, la diferencia entre el importe que se debe y la tasación son de 75.000 que a partes iguales es de 37.500. Según la notaria mi mujer le tendria que pagar 37.500 a su ex, porque el se queda con la vivienda y asume la deuda de la hipoteca, esto es correcto o es al revés, el ex le tendria que dar esos 37.500? Entre ellos acordaron el no recibir ninguna contraprestación o sea que se lo quedará quien se lo quedará no recibirian nada a cambio, esto puede ser así o habria problemas con Hacienda? Muchas gracias!
Hola, Logan23.
Lo que dice la notaría es correcto: tu mujer tiene que pagarle a su ex una contraprestación de 37.500 euros. El motivo es que su ex asume una deuda superior a la propiedad que tu mujer le cede (37.500 euros más). Por ello, para quedar "en paz", tu mujer tendría que pagarle esos 37.500 euros.
Pagar esa contraprestación, eso sí, no es obligatorio. Tu mujer y su ex son libres de acordar que no se pague nada como contraprestación. Ahora bien, si no la paga, tu mujer tendrá que declarar una ganancia patrimonial de 37.500 euros, sobre los que se aplicará el IRPF que corresponda. Puede preguntar al notario o a un gestor cuánto le costaría esa ganancia patrimonial. Si se declara todo correctamente, Hacienda no debería dar problemas.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
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Perdona Miquel, una consulta más. He leído que en la declaración del IRPF están exentas las ganancias patrimoniales derivades de una venta de la vivienda habitual y que estas se reiinviertan en la compra de otra vivienda habitual, como seria el caso de mi mujer. Lo digo por si hay manera de que estos 37,5K no se tengan que pagar. Diria que es como decir que estas ganancias las reinvierto para acarrear los gastos de otra vivienda habitual, o quizas no lo entiendo bien...
Hola de nuevo.
¡Para eso estamos! Si tu mujer invierte 37.500 euros en la compra de una nueva vivienda habitual, podrá acogerse a la exención que comentas para no pagar IRPF por esa ganancia patrimonial, siempre que la vivienda que tiene en común con su ex conste todavía como su vivienda habitual. En nuestra página sobre reinversión en vivienda habitual explicamos cómo funciona esta exención.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Si, consta como vivienda habitual. Lo que no entendemos es como demostramos que esos 37,5K se invierten en otra vivienda habitual, vamos a firmar la hipoteca de aquí poco, entonces como lo hacemos para decir que esos 37,5K los hemos utilizado en la nueva compra de la vivienda habitual si firmamos una hipoteca.
Hola de nuevo.
En principio, según la Agencia Tributaria, hay que indicar esa cantidad en una casilla de la declaración de la renta especial para esta finalidad. Como es mejor no equivocarse con estas cosas, puedes pedir cita a Hacienda para que te expliquen cómo hay que declararlo.
Un saludo.
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Pregunta similar: extincion de condominio de una vivienda con hipoteca
Como se procedería en una extinción de condominio con hipoteca, pero se han pagado cuotas de dicha hipoteca por parte de los dos
citando a Agustín Pregunta similar: extincion de condominio de una vivienda con hipoteca Como se procedería en una extinción de cond...
Hola, Agustin.
En nuestra página sobre la extinción de condominio te explicamos, paso a paso, cómo proceder si quieres llevar a cabo una extinción de condominio con una hipoteca de por medio.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:No me ha quedado claro, quizás no hice bien la pregunta,
En una hipoteca al 50% es lícito que la persona que se queda con la vivienda tenga que pagarle a la otra la mitad de la parte de la hipoteca ya amortizada.
Ejemplo una hipoteca de 100000€ se ha amortizado por parte de los dos 20000€ le correspondería a la persona que se queda con la vivienda pagarle a la otra 10000€ (20000 1/2= 10000) más asumir el resto de la hipoteca 80000€.
citando a Agustín No me ha quedado claro, quizás no hice bien la pregunta, En una hipoteca al 50% es lícito que la persona que se queda con la vivienda...
Hola de nuevo.
No funciona así. Lo ya pagado por la hipoteca no se debe devolver, porque la vivienda pertenecía a ambos hasta el momento de la extinción y ambos tenían que pagar por su adquisición (mediante el pago de las cuotas de la hipoteca).
Ahora bien, lo que queda por pagar de la hipoteca sí debe descontarse de la compensación que pagará la persona que se queda con la vivienda. Para tu ejemplo, pongamos que la vivienda tiene un valor de 150.000 euros y que la hipoteca pendiente es de 80.000 euros. La persona que adquiere el 50% de la vivienda y que asume el 50% de la hipoteca tendrá que pagar 35.000 euros a la otra, que es el resultado de restar la mitad del valor de la vivienda a la mitad del importe pendiente de la hipoteca (75.000 - 40.000).
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
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- Buenas mi pareja y yo hemos decidido separarnos sin estar casados, tenemos una hipoteca en común, la cual son 121.000€ de los cuales faltan por pagar 111.000€ el precio total de la vivienda son unos 170.000€ , ¿si yo quiero venderle mi parte cuanto dinero me tiene que dar el a mí? En la nota simple estamos al 50% cada uno y con gastos siempre a medias
citando a Nika Pregunta similar: ¿Cuanto dinero es mi parte? Buenas mi pareja y yo hemos decidido separarnos sin estar cas...
Hola, Nika.
Nuestro consejo es que hagáis una extinción de condominio, que es una operación que te permite "ceder" tu parte de la vivienda a tu pareja, a cambio de una contraprestación, pagando menos impuestos que si fuera una venta normal.
En paralelo, sería conveniente hacer una novación de la hipoteca (pactar con tu pareja y con tu banco) para eliminar tu cotitularidad. De este modo, te librarás del pago de la hipoteca.
En caso de llevar a cabo estas dos operaciones, la compensación que cobrarás se calculará de la siguiente manera: debes restar la mitad del precio de la vivienda menos la mitad del importe pendiente de la hipoteca. En tu caso concreto, eso serían 29.500 euros (85.000 - 55.500).
Si tienes más dudas, puedes echar un vistazo a nuestra página sobre la extinción de condominio, en la que explicamos cuánto puede costarte este trámite y cómo funciona.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Hola, tengo esta duda, compré con mi ex-novio un piso por 230.000€ hace 18 años, 50% cada uno,el ha vivido en él y ha pagado la hipoteca durante este tiempo, llegamos a ese acuerdo verbal de que el se quedaba y seguia pagando,, la situacion se ha complicado mucho porque ahora, yo vivo de alquiler y necesito vivir en mi piso.
El se casó, se separó y su ex vive en ese piso,lo dejá libre en julio y yo me quiero quedar al 100% con el, el piso está muy mal por dentro y necesita meterle mucho dinero para dejarlo bien.
La pregunta es, se debe de hipoteca entre ambos 135.000€ , puede estar valorado en unos 180.000 euros aprox.
Como calculo lo que le deberia de dar a el si me quedo yo con el 100% de la hipoteca y el 100% de la vivienda.
Un salduo.
citando a JULIO Pregunta similar: EXTINCION DE CONDOMINIO Hola, tengo esta duda, compré con mi ex-novio un piso por 230.000€ hace...
Hola, JULIO.
Sobre el papel, esa contraprestación se calcula restando la mitad del valor de la vivienda menos la mitad del importe pendiente de la hipoteca. En tu caso, por lo tanto, tendrías que pagar unos 22.500 euros.
Ahora bien, en vuestro caso concreto, existe una particularidad: tu exnovio ha estado pagando la hipoteca desde que os separasteis y, por lo que cuentas, el piso necesita una reforma. Por ello, sería aconsejable que ambos pidáis cita previa a un notario (es gratis) para que os explique cómo habría que tener en cuenta ambas circunstancias para calcular la contraprestación que tienes que pagar.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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