Plusvalia municipal - plazo para pagar, como declarar, diferencia entre ibi y plusvalia municipal

Plusvalia municipal - plazo para pagar, como declarar, diferencia entre ibi y plusvalia municipal

Plusvalia municipal - plazo para pagar, como declarar, diferencia entre ibi y plusvalia municipal

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C
carmen-marin

Hola. Voy a vender mi piso y no me queda claro lo de la plusvalia, es lo mismo que el ibi?? El ibi lo he pagado todos los años

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HelpMyCash
#1

Hola Carmen-marin,

Aunque ambos impuestos son gastos que se deben asumir por vender un piso, no son lo mismo. El IBI o impuesto sobre bienes inmuebles es un tributo que cobra el ayuntamiento cada año al propietario de una vivienda solo por el hecho de ser titular.

En cambio, la plusvalía municipal es un impuesto que se paga solo cuando se realiza la venta, donación o se recibe en herencia una propiedad.

La plusvalía grava el incremento que ha sufrido el valor del suelo de tu piso mientras ha sido de tu propiedad. Es un impuesto polémico, porque en 2017 el Tribunal Constitucional declaró su improcedencia, en aquellos casos en que no se pudiera demostrar un incremento real del valor del suelo y se ha vendido a pérdida. Sin embargo, la recomendación es pagarlo en el lapso establecido por el ayuntamiento correspondiente y luego proceder a la reclamación.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#2
H
Helper_805583029

Pregunta similar: Plazo para pagar plusvalía municipal por vender un piso

Hola, buenos días. Estoy a punto de vender mi piso en Barcelona y quiero saber cuanto tiempo de plazo dispongo para pagar el impuesto de plusvalía municipal. Gracias!

A 2 personas les ha parecido útil
HelpMyCash
#3

Hola Helper,

Por vender tu piso tienes que hacer frente al gasto de la plusvalía municipal. El plazo que dispones para realizar el ingreso es de 30 días hábiles, a contar desde la fecha de la venta de la casa. 

El pago lo puedes hacer utilizando el sistema de autoliquidación, descargando la hoja del impuesto en la página web del ayuntamiento. Luego, el ingreso lo puedes hacer en cualquier de la entidades colaboradoras que aparecen al dorso de la hoja o mediante tarjeta bancaria directamente en la web del instituto municipal de hacienda.

Espero haberte ayudado.

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#4
A
AGP

Pregunta similar: Cuando se paga la plusvalía por la venta de un piso?

Hola. Tengo una duda, después que se firma la escritura de venta en notaria, cuanto tiempo tengo para pagar la plusvalía municipal?

HelpMyCash
#5

Hola AGP,

Una vez que has firmado la escritura de compraventa en notaría, tienes 30 días hábiles para abonar el gasto de plusvalía municipal por la venta de tu vivienda. Este impuesto es de carácter local, por tanto lo tendrás que presentar en tu respectivo ayuntamiento.

El pago lo puedes hacer con tarjeta bancaria en las oficinas de la administración, en las entidades asociadas o en la página web del ayuntamiento correspondiente.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#6
H
Henrique

Pregunta similar: Días hábiles para pagar plusvalía municipal

Hola. Tengo una duda, para hacer el pago de la plusvalía municipal por la venta de una casa a través del sistema de autoliquidación en Cataluña, los sábados se consideran hábiles?

HelpMyCash
#7

Hola Henrique,

No, para pagar el gasto de plusvalía municipal por la venta de una casa los sábados se consideran días inhábiles.

Recuerda que desde la fecha de la transmisión, tienes 30 días hábiles, sin contar los fines de semana, para efectuar el ingreso.

Espero haberte ayudado.

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#8
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carmen_hidal578

Pregunta similar: Días para pagar plusvalia municipal venta piso??

hola, despues de que se firma la venta de una casa cuantos dias se tienen para pagar al ayuntamiento la plusvalia municipal??

HelpMyCash
#9

Hola Carmen_hidal578,

La plusvalía municipal es uno de los impuestos que se debe pagar por la venta de una vivienda. Se debe abonar en el plazo de 30 días hábiles, que empiezan a contar desde la fecha de la firma de la escritura de compraventa.

Este impuesto es de carácter municipal, por lo que podrás pagarlo presencialmente en la oficina respectiva de tu Ayuntamiento. Aunque, también lo podrás abonar por internet en la web del mismo organismo, mediante el sistema de autoliquidación

Espero haberte ayudado.

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#10
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herminia50

Pregunta similar: Plusvalía municipal en venta de piso Madrid

Buenos días.

Tengo fecha para escriturar la venta de mi piso después del puente de la constitución. cuanto tiempo tengo para pagar la plusvalía? son días hábiles o naturales. La venta es en la Comunidad de Madrid.

HelpMyCash
#11

Hola, Herminia50

El plazo para pagar la plusvalía municipal en Madrid es de 30 días hábiles. Es decir, al contar el lapso límite que tienes para hacer el ingreso no debes incluir los días festivos del mes de diciembre de tú Comunidad Autónoma.

Espero haberte ayudado.
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#12
H
Helper_903620302

Pregunta similar: calcular plusvalia municipal

hola

Esta semana firmare la venta de mi piso en madrid, villa de vallecas, quiero saber cuanto tengo que pagar de plusvalía municipal ya que me entere que tengo 30 dias para pagarla despues de firmar. el precio al vendo son 105000

HelpMyCash
#13

Hola, Helper

La plusvalía municipal se calcula tomando como base el valor catastral del suelo de tu vivienda (lo puedes conseguir en el último recibo del IBI o en la sede electrónica del catastro), el número de años que has tenido la casa en propiedad y los coeficientes y porcentajes de tributo establecidos por tu ayuntamiento. Es decir, este tributo no toma en cuenta el precio al que has vendido la vivienda. 

Si quieres saber cuánto tienes que pagar de este impuesto en tu caso concreto te invitamos a utilizar la calculadora de plusvalía municipal de HelpMyCash.com. Haz clic en el botón, rellena el formulario con los datos de tu piso y recibirás en tu email un informe con el importe aproximado que tendrás que pagar de este impuesto en cuestión de minutos y totalmente ¡gratis!

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#14
H
Helper_710526183

Pregunta similar: Plusvalía municipal

Buenos días. Os expongo mi caso por si me podéis asesorar porque estoy un poco perdido.

El 20/04/2001 (fecha escritura) compramos mi pareja de hecho y yo un piso con los siguientes datos: precio de compra 101.000€, IVA por 7.070€ y suma de gastos entre Actos Jurídicos Documentados, Notaría y Registro por 1.326€. El día 28/06/2001 también compramos un trastero en el mismo edificio por 4.076€ más IVA por 285€ y suma de gastos por 300€. En el año 2008 hicimos una extinción de condominio donde yo me quedé con el piso y el trastero y le entregué 143.000€ más gastos por 8.064€. También tuve que cancelar la hipoteca que nos quedaba y los gastos fueron por 1.100€.

Ahora yo vendo el piso con el trastero por 245.000€. No sé si tendría que pagar plusvalía o no puesto que si sumo los precios de compra del piso y el trastero sin el iva más los 143.000 me paso de los 245.000 y yo creo que no tendría que pagar pero no lo tengo claro. Si me lo pudierais aclarar os lo agradecería. Muchas gracias por todo.

HelpMyCash
#15

Hola, Helper

La plusvalía municipal se calcula tomando como base el valor catastral del suelo de la vivienda, el tiempo que la has tenido en propiedad y los coeficientes y porcentajes de tributo definidos por tu ayuntamiento. Es decir, no se utiliza el precio de compra venta para calcular la cuota que sale a pagar de plusvalía municipal.

La ganancia patrimonial, por su parte, que es aquella que debéis declarar en el IRPF por la venta del inmueble si toma como base los valores de compra y de venta de la casa y todos aquellos gastos que se tuvieron que asumir al realizar ambas operaciones. No obstante, en este caso, al haber realizado una extinción de condominio entendemos que el valor de adquisición (compra) estará compuesto por la parte que pagaste al comprar la casa y el importe de la compensación económica que le habéis entregado a tu ex pareja.

Sin embargo, no somos expertos fiscales y desconocemos en este caso como se incluiría la venta del trastero, si este se ha adquirido aparte y no forma parte de la vivienda. Es aconsejable que consultes tu caso directamente con un experto fiscal, ya que este te podrá hacer el cálculo oportuno, tomando en cuenta todas las variables que están involucradas en tu caso concreto.

Espero haberte ayudado.

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#16
A
Alberto

Pregunta similar: Declarar plusvalía como gasto

Hola. En diciembre de 2019 vendí mi piso y solicite al ayuntamiento correspondiente en plazo la plusvalía. El ayuntamiento en cuestión me ha remitido en mayo de 2021 dicho impuesto. 

Cómo he de declarar en Hacienda dicho pago ya que en la renta de 2020 se abonaron los impuestos correspondientes por el incremento de patrimonio de la venta sin descontar el importe de la plusvalía ya que no se había pagado en este momento.

HelpMyCash
#17

Hola, Alberto

En este caso, si presentaste la declaración del IRPF por la venta de tu casa y no pudiste incluir el gasto de la plusvalía municipal porque tu ayuntamiento no te había girado el recibo, podrás solicitar una rectificación de la declaración a Hacienda, ya que es tu derecho deducirte este gasto.

Es aconsejable que te comuniques directamente con la Agencia Tributaria o que pidas asesoramiento a un experto fiscal para que expliques tu caso y puedas saber cómo proceder para presentar la rectificación.

Espero haberte ayudado.

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#18
H
Helper_1002706508

Pregunta similar: Plusvalía Municipal

Hola, les agradecería si me pueden ayudar con lo siguiente: estoy por vender un piso en Asturias y me enteré que el recibo de pago de la plusvalía tarda hasta dos años en ser emitido por la agencia tributaria; ante esta situación, como puedo hacer el pago en el plazo de un mes después de la compra si no tengo el valor exacto, y cómo puedo incluir esa cantidad en las deducciones del precio de venta? Puedo usar el valor generado en los simuladores de plusvalía para la declaración? Gracias.

HelpMyCash
#19

Hola, Helper:

Si luego de vender nuestro piso decidimos presentar la liquidación de la plusvalía municipal en el Ayuntamiento, tenemos un plazo de treinta días desde la firma de la escritura para hacerlo. Cuando el Ayuntamiento nos informe cuánto tenemos que pagar, tendremos un plazo de otros treinta días para pagarlo. 

Si, en cambio, decidimos realizar la autoliquidación, donde ya conocemos el importe, sí disponemos de un periodo de 30 días para pagarlo.

Con respecto a tu pregunta sobre la deducción del IRPF, no podremos solicitarla si todavía no hemos pagado la plusvalía. Sin embargo, existe un plazo de cuatro años durante el cual podremos solicitar la rectificación o corrección de la declaración de la renta para incluir el pago de la plusvalía municipal.

¡Espero haberte ayudado!

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#20
H
Helper_1002706508

Hola Paula, agradezco enormemente tu repuesta, con eso ya me queda claro. Saludos.

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