No entiendo cómo pueden cobrar 240 e al año de comisiones ,si mi.nomina no llega a los 600 e y tengo 3 recibos domiciliado ,me parece un abuso ya que se quedan con la mitad de mi sueldo ,esto es de locos con la situación que tenemos de verguenza
Hola, Almudena:
Si cuenta con una nómina por debajo de los 600 euros y no puede cumplir las condiciones de la cuenta, le recomendamos que cambie de banco para no pagar nada por el servicio de banca. Existen muchas cuentas que no le piden requisitos ni una nómina para no pagar costes. En este enlace tiene las más destacadas.
Un saludo.
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Hola, Romina:
Si ya eres cliente de CaixaBank y no te han cobrado el día 31, probablemente sea porque cumples las condiciones, ya que muchos clientes ya han tenido que abonar el primer pago de 60 euros por no cumplir requisitos.
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Mala atención al cliente en Valencia, Peset Aleixandre. No me atienden porque pasa medio minuto de las 11 h. Un abuso.
Me doy de baja en ese banco.
Como pueden cobrar 35 euros por 100 euros de descubierto en 20 días fui y me dijeron que no eran comisiones abusivas yo dije que era más barato un prestamista y el **** me dijo que fuera al prestamista a pedirlo después de más de 40 años con ellos
Hola¡ si a mí también me ha pasado lo mismo y ya me han cobrado 120 €, esta cuenta era una gratuita cuando me la hice y sin previo aviso, lo digo porque solo recibí en mi mail personal un mero y escueto mail de Aviso importante y me remiten a su APP y así me han cambiado las condiciones.
Pues para quien le haya pasado lo mismo hay que reclamar , yo ya lo he hecho porque según el decreto 19/2018 titulo II art 33 tienen que notificarlo en papel y muy clarito y en ningún momento lo han enviado por correo normal, me han contestado y que si me han informado sin más , en una APP como si yo la tuviera descargada y la obligación si o si es de estar solo informada ,pues bueno de momento reclamación al Banco de ESPAÑA , y a esperar...
citando a Eva Lanzas Villafaina Hola¡ si a mí también me ha pasado lo mismo y ya me han cobrado 120 €, esta cuenta era una gratuita cuando me la hice y sin previo aviso, lo digo p...
Hola, Eva:
En realidad, la comunicación puede llevarse a cabo "en papel u otro soporte duradero". Es lo que dice el artículo 33 del Real Decreto-ley 19/2018 al que haces referencia. Un correo electrónico o un SMS, por ejemplo, están considerados un soporte duradero.
Te lo decimos porque, en general, la mayoría de los bancos cuando cambian las condiciones de sus cuentas no avisan a sus clientes por correo postal, sino que les envían un e-mail o un mensaje al buzón virtual de la banca online.
Igualmente, puedes comprobar si el e-mail que te enviaron te lo mandaron, al menos, dos meses antes de que se aplicasen los cambios, ya que es el plazo mínimo que tienen para avisar.
Saludos.
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