Si vendo una casa, necesariamente tengo que comprar otra o tener más de 65 para no pagar a hacienda?
Si vendo una casa, necesariamente tengo que comprar otra o tener más de 65 para no pagar a hacienda?
ResponderHola. Estoy pensando vender el piso que herede de mis padres hace más de diez años. Lo tuve alquilado por mucho tiempo y aunque ha sido una renta fija me estoy planteando vender porque dentro de tres meses me habre prejubilado de la empresa donde trabajo y quisiera usar el dinero para viajar. He estado leyendo mucho sobre el tema de hacienda y la duda que tengo es la siguiente: tengo 63 años así que en teoría no puedo tener beneficio fiscal por edad y tampoco voy a comprar otra casa porque ya tengo casa propia, necesariamente hay que tener 65 años o comprar otra casa para no pagar a hacienda?
Hola Jesús2,
Si aún no has cumplido los 65 años de edad, no vas a reinvertir el dinero de la venta de la casa en la compra de otra y tampoco piensas utilizar el dinero para constituir una renta vitalicia con alguna entidad aseguradora, no podrás disfrutar de las exenciones en el pago de IRPF que contempla la agencia tributaria en la venta de una vivienda.
Tendrás que asumir este gasto derivado de la venta de tu piso si la operación trae consigo un beneficio económico. Es decir, si el precio al que vendes la casa es superior al coste que en su día tuviste que asumir para comprarla.
En base a la ganancia obtenida, existe un porcentaje de tributo que deberás aplicar para determinar el importe total del impuesto que te corresponde pagar. Los tramos fijados por Hacienda en la actualidad son los siguientes:
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Ganancias hasta 6.000 euros: 19%.
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Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros: 21%.
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Ganancias en más de 50.000 euros: 23%.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Hola, me estoy planteando vender mi piso y cambiarme a la modalidad de alquiler. Estoy desempleado desde hace más de 7 meses y voy muy ahorcado con los gastos. Aún no es una decisión que he tomado al 100%, pero me da miedo llegar a un punto de insolvencia que me quiten la casa y además estoy harto de tener que pagar hipoteca (tengo 52 años). Estoy evaluando los gastos porque si resulta que pierdo quizás no valdría la pena la venta. Sacando el calculo entre los gastos hipotecarios, la notaria, etc, creo que serían unos 150.000 y tengo pensado venderlo a unos 160.000€. Como no tengo pensado comprar otro piso, ese dinero que me quede tengo que declararlo a hacienda? Muchas gracias
Hola Helper,
Si, tendrías que asumir el gasto de IRPF por la venta de tu vivienda, ya que al no destinar el dinero que resta en la adquisición de un nuevo piso, no podrías acogerte al beneficio de exención por reinversión en vivienda habitual.
No obstante, en el caso de que vendas el piso a un coste inferior al que lo compraste, si estarías exento de pagar el irpf, ya que estaríamos hablando de una pérdida patrimonial. En este sentido, debido a tus circunstancias, recomendamos que consultes con un experto en fiscalidad, para que evalúe todas las variables de tu situación.
Espero haberte ayudado.
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Buenos días
Quería hacerles una consulta sobre la venta de una vivienda. Hace seis años mi padre nos donó a mi hermano y a mi el 50% de la propiedad de la vivienda que compartía con mi madre. En la actualidad mi madre tiene el 50% de la propiedad de la vivienda y el usufructo y mi hermano y yo el otro 50% de la propiedad, 25% cada uno. Mi madre es mayor de 65 años y reside en esa vivienda. En la actualidad queremos vender la vivienda y comprar otra pero no sabemos exactamente cómo tributaria la venta y la compra. Es decir, si hubiera ganancia patrimonial, si el 50% de esa ganancia quedaría exenta. También cómo tributaría la plusvalía. Además de todas estas dudas, no sabemos si no sería más recomendable donar nuestro 50% a nuestra madre, tributar por donaciones (vivimos en la Comunidad de Madrid), y posteriormente realizar la compra venta. ¿ Muchísimas gracias por la ayuda. Un saludo
Hola, Rocío
En este caso, tu madre no tiene que tributar por su 50% en el IRPF por la venta de la vivienda, ya que al tener más de 65 años y vender su vivienda habitual (si tiene más de 3 años continuos viviendo en el piso) puede acogerse a una de las exenciones que establece la Agencia Tributaria.
Tu hermano y tu, por el contrario, si tendrían que tributar por la ganancia patrimonial que resulte de la venta de forma proporcional al porcentaje de propiedad que poseen. Esto, en el caso de que no hayan residido en la casa, ya que no podrían acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.
El porcentaje de tributo que tendrían que aplicar a la ganancia patrimonial para determinar el importe a pagar es progresivo, según el tramo donde está ubicada la ganancia:
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Ganancias hasta 6.000 euros: 19%
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Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
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Ganancias en más de 50.000 euros: 23%
Por la donación, por su parte, en la Comunidad de Madrid, según indica el Portal del Contribuyente, sólo pagarían por el 1% de la cuota correspondiente al impuesto de sucesiones y donaciones, ya que este está bonificado cuando la transacción se realiza entre padres e hijos.
En este sentido, es posible que el impacto tributario sea menor si deciden donar su parte de la propiedad a tu madre y que luego esta venda la vivienda teniendo el pleno dominio de esta. No obstante, es aconsejable que, antes de tomar cualquier decisión, consulten con un experto fiscal, para que les pueda realizar los oportunos cálculos y les pueda indicar qué tan viable es la operación a efectos legales y fiscales.
Por último, sea cual sea la vía elegida, tendrían que pagar la plusvalía municipal por la venta de la casa. Aunque, si venden la vivienda con pérdidas, es posible que, si lo demuestran, puedan reclamar el importe abonado.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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