Hola! Actualmente tenemos una hipoteca (variable) con una entidad firmada en 2013 con un diferencial alto comparado con lo que ofrecen ahora, 3,3, bonificado hasta el 2,70.Ya hemos cumplido 5 años y estamos pensando en Subrogar la hipoteca a otra entidad para forzar a nuestro banco a que almenos iguale la oferta. Mi pregunta es, sólo están obligados a igualar o mejorar el diferencial?. Hay alguna oferta que nos da mucho mejor diferencial y sin vinculación, o mínima como la nómina, sin seguros. Pero claro si presento una Subrogación de 1,25 xejm sin vinculación, podría mi banco igualarmelo y obligarme a seguir con ellos y con su vinculación?. Porque si es así, en estos casos sería mejor buscar la que ofrezca menor diferencial con una vinculación parecida. Que opináis? Gracias de antemano.
Hola, Xur.
Por desgracia, la ley que regula el proceso de subrogación no especifica cómo debe mejorarse o igualarse la oferta, así que el criterio de los notarios al respecto suele ser fijarse únicamente en el tipo de interés (o el diferencial si la hipoteca es variable, como es tu caso). Por ello, lo más probable es que, si tu banco iguala o mejora el diferencial que te ofrece la otra entidad, se ejecute la enervación y estés obligado a quedarte con tu actual banco.
De todos modos, en cuanto a tu otra duda, quizás lo mejor sería no limitarse a un diferencial bajo con vinculaciones. Dentro del mercado hay entidades que ofrecen hipotecas con diferenciales muy bajos sin bonificar, incluso más reducidos que otros que sí llevan aparejados varios requisitos de vinculación. Si consigues que te ofrezcan estas condiciones, saldrías ganando en el caso de que tu banco finalmente no igualara la oferta.
Un saludo.
buenas, en el caso de que sea variable la hipoteca, te refieres a que el notario se fija únicamente en el diferencial. En el caso de que las hipotecas tengan bonificaciones en el diferencial por productos asociados...¿se fija en éste o en el diferencial original? ( no es lo mismo contratar una hipoteca con seguro o productos asociados que sin ellos)
Buena pregunta karaba!! A falta de que respondan los expertos, yo doy por contado que si igualan, será el diferencial sin bonificaciones, por ejm. Si ING creo que es sin bonificar 1,79 y bonificada 0.99, pues si enerva nuestro banco lo hará por 1,79, eso si "supongo" que te tendrán que descontar su vinculación, que en mi caso sería máximo 0,70, osea que me tengo que quedar con 1,09 +-, y no podré hacer nada, aunque claro está que solo por los gastos interesaría.... O ser peor y que te dejen con 1,79 y la vinculación y no descuenten nada y te tengas que pegar con ellos en otras instancias, que no me estrañaria cuando se habla de bancos!!.
Hola, karaba.
El Servicio de Reclamaciones del Banco de España considera que si quiere enervar, el banco debe ofrecer las mismas bonificaciones que la entidad a la que quiera subrogarse el cliente "mediante la contratación de idénticos o muy similares productos y/o servicios". Por lo tanto, entendemos que el notario debería fijarse en el diferencial bonificado y en las condiciones necesarias para obtener esa bonificación, aunque hay que decir que estos dictámenes del Banco de España no son vinculantes.
Un saludo.