Comisiones en la cuenta corriente

Comisiones en la cuenta corriente

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E
Esmeralda
/
¿Puede el banco cobrarme las comisiones que quiera por mi cuenta corriente?
8 respuestas
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Respuestas
#1
R
Respondón
/
El banco es libre para cobrarte las comisiones que crea convenientes, el único requisito que debe cumplir es que las cobre por un servicio efectivamente prestado. Es decir, sólo te puede cobrar una comisión por descubierto si no llegas a alcanzar números rojos en la cuenta o no te puede cobrar por una transferencia que no has realizado.
#2
A
Alberto
/
Pues yo el año pasado contraté una cuenta corriente “sin comisiones” por domiciliar la nómina. Este mes por primera vez me han cobrado 1,60 euros de comisión de mantenimiento ¿Puede mi caja cobrarme comisiones de repente?
#3
A
Alberto
/
Vaya, veo que pone exenta de comisión de mantenimiento durante un año. Así que ¿me tengo que aguantar? La verdad es que la letra más pequeña no podía ser, pues que rabia.
#4
R
Respondón
/
Alberto, siempre puedes cambiar de banco. Hay muchísimos bancos que ofrecen cuentas corrientes sin comisiones, infórmate y mira que es lo que más te conviene. Puedes decirle a tu caja que te vas porque tal banco te ofrece determinadas condiciones y si no te las iguala te vas. Ojo, cuando abres una cuenta corrientes, puedes haber firmado en el contrato un período mínimo de permanencia. Comprueba antes de nada que no es tu caso.
#5
A
Alberto
/
¿Un contrato de permanencia cómo en los móviles?
#6
R
Respondón
/
Pues sí, poco más o menos como en los móviles. En eso se parecen los bancos y las compañías de teléfono, te cobran por todo y no te dejan irte.
Preguntas similares
#7
A
Anónimo
/

Pregunta similar: ¿Cuándo puede cobrar comisiones un banco?

¿En qué casos puede un banco cobrar comisiones y cuándo se pueden reclamar por ser indebidas? Me gustaría saber qué límites tienen y qué cobros no deberían aplicar.
IA HelpMyCash
#8

Hola,

Los bancos pueden cobrar comisiones por los servicios que prestan, pero tienen que hacerlo cumpliendo unas normas claras:

  • Las tarifas deben estar publicadas en su libro de tarifas y disponibles en la oficina y en la web.
  • Si cambian las condiciones o suben una comisión, deben avisar con al menos dos meses de antelación.
  • No pueden cobrar dos veces por el mismo servicio.
  • Algunas comisiones están limitadas por ley.

Además, hay ciertos cobros que no deberían aplicarse, por ejemplo:

  • Comisiones por transferencias SEPA en euros (hasta 50.000 €) si no se cobran por transferencias nacionales.
  • Comisiones de mantenimiento de la cuenta de la hipoteca si se firmó antes de abril de 2012.
  • Comisiones por descubierto si el saldo negativo lo provocó otra comisión del propio banco.
  • Comisiones por descubiertos técnicos debidos a errores de fechas de valoración.

Si crees que tu banco te ha cobrado una comisión indebida, puedes reclamarla. Aquí tienes una guía con los pasos para hacerlo:

👉 Ver y descargar guía

También puedes consultar este hilo sobre comisiones bancarias y cómo evitarlas:

👉 Preguntas sobre comisiones bancarias y cómo evitarlas

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