¿Puedo reclamar la cláusula suelo, si no tengo Euribor?

¿Puedo reclamar la cláusula suelo, si no tengo Euribor?

¿Puedo reclamar la cláusula suelo, si no tengo Euribor?

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P
Picolo59
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Hola, en 2002 hice una rehipoteca, con el Monte de Piedad y Caja de ahorros de Huelva y Sevilla. Hoy La Caixa. Tipo de referencia.- Tipo medio de Cajas de Ahorros de los prestamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre. Revisable cada 6 meses. Diferencial sobre tipo de referencia.- Será de 0,500 puntos. Indice sustitutivo.- Tipo de refª. de las Cajas de Ahorro, elaborado por la Confedereción Española de Cajas de Ahorro. Si dejara de publicarse este tipo sustitutivo se aplicará el 14%. Máximo y mínimo.- Suelo, nunca podrá bajar del 4,90%. Techo, 14%. ¿Puédo reclamar con éxito a la Justicia la anulación de la cláusula suelo y por tanto la devolución de lo cobrado de más, desde el año 2013 si no tengo Euribor? Al no tener Euribor en que fijan el tipo de interés. Gracias. No creen ustedes que la hipoteca está hecha con mala idea desde el principio.

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#1
R
Rodrigo Blanch
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Hola Picolo59,

Vamos desgranar tu problema en dos puntos. Por una parte, respecto a la cláusula suelo, esta puede ser reclamada si se demuestra que hubo falta de transparencia en su aplicación si:

  • Nadie te informó de su presencia
  • Nadie te explicó su impacto en tu cuota mensual
  • No figuraba en la oferta vinculante

Si este fue tu caso, tienes bastantes posibilidades de que te devuelvan el dinero pagado de más. Puedes plantear una reclamación formal al banco con la ayuda de la siguiente guía gratuita. El suelo hipotecario se ha notado más en los préstamos referenciados a euríbor, por el hecho de que este índice se "desplomó", algo que no hizo el IRPH. La reclamación por suelo puede ser aceptada independientemente del índice de referencia que figure en tu contrato; como decimos, se trata de un problema de falta de transparencia.

Después, si lo que nos has escrito es correcto, en un primer momento tenías IRPH Cajas y como índice sustituto CECA. Tras la extinción de ambos, según indicas, te ha sido aplicado un interés del 14 %. El Gobierno dispuso una serie de pautas a seguir cuando desaparecieran los anteriores índices, en el caso de que figurase nada en el contrato. Esto nos lleva a que, aunque tu 14 % estaba previsto por contrato, se trata de un interés extremadamente alto para la oferta hipotecaria actual (incluso antes de la crisis 14 % habría sido chocante). Aquí no hablaríamos de un suelo hipotecario, sino de un interés sustitutivo abusivo.

Si lo que estás pagando ahora mismo es ese interés, con acercarte a la oficina y mostrarles tu caso debería servir para conseguir una novación (renegociar tu contrato). En caso de que se negaran bastaría con conseguir que un abogado te redactara una carta exigiendo un cambio de interés; es muy probable que consiguieras ganar por la vía judicial, de modo que evitarían entrar en juicio.

Aún así, todo esto es en el supuesto de que tuvieras un 14 % de interés en tu hipoteca. En caso contrario, sólo deberías plantear una reclamación ordinaria por cláusula suelo.

Esperamos haber resuelto tu duda.

Un saludo y gracias por visitar el foro de consultas sobre hipotecas de HelpMyCash.com

#2
A
A. Valles
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Hola, realmente la situación que plantea supone analizar por un lado que tiene clausula suelo y techo, y por otro lado la conversión del IRPH que se suprimió.

En el caso de la cláusula suelo habría que realizar una valoración de si efectivamente dicha cláusula le perjudicó en una hipoteca referenciada al IRPH, dado que en este índice no tuvo tanto impacto el tema de la cláusula suelo.

En el supuesto de la conversión, y considerando su información el interés que le aplican es excesivo y por tanto podría ser solicitada la abusividad de dcho índice.

Si lo desea puede contactar con el despacho **** o llamar al **** o ****, podremos valorar su asunto en detalle y comprobar la conveniencia de determinadas actuaciones

#3
A
A. Valles
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Hola, realmente la situación que plantea supone analizar por un lado que tiene clausula suelo y techo, y por otro lado la conversión del IRPH que se suprimió.

En el caso de la cláusula suelo habría que realizar una valoración de si efectivamente dicha cláusula le perjudicó en una hipoteca referenciada al IRPH, dado que en este índice no tuvo tanto impacto el tema de la cláusula suelo.

En el supuesto de la conversión, y considerando su información el interés que le aplican es excesivo y por tanto podría ser solicitada la abusividad de dcho índice.

Si lo desea puede contactar con el despacho **** o llamar al **** o ****, podremos valorar su asunto en detalle y comprobar la conveniencia de determinadas actuaciones

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