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#1
Hola, Sevilla.
Lo primero a tener claro es que el Tribunal Supremo no ilegalizó las cláusulas suelo ni techo. Limitó su nulidad a los casos en los que se haya producido una falta de transparencia en su comercialización. No se cuestiona y mucho menos ilegaliza la validez de estas cláusulas en sí mismas. En otras palabras, si el banco ha cumplido con los requisitos de transparencia, esto es, el suelo y el techo constan no solo en el contrato sino también en la oferta vinculante, no tendrá por qué retirarlas, pero si tú consideras que no fuiste debidamente informado, sí hay una razón para denunciar.
En cualquier caso, el techo en sí no es denunciable ya que su función es la de protegerte para que no pagues un interés demasiado alto. Lo que sí es denunciable es que no exista techo o que haya un desfase entre suelo y techo (por ejemplo, si tuvieras un suelo del 4% y un techo del 14%), de forma que el banco está bien protegido frente a las bajadas del Euribor pero la "protección" del cliente no le salva de que pueda llegar a pagar un interés abusivo (un 14% en este caso).
En resumen, puedes denunciar si no fuiste informado o si el contrato solo protege al banco.
Saludos!
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