Quien venda la casa antes de 2013 pagará un 50% menos de impuesto de plusvalía
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Quien venda la casa antes de 2013 pagará un 50% menos de impuesto de plusvalía

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A
A. Portolés

El Consejo de Ministros lanzó ayer una medida que, según palabras de Ana Pastor, Ministra de Fomento, tiene por objetivo «dinamizar el mercado inmobiliario«, es decir, animar la venta de viviendas. La medida consiste en una exención fiscal del 50% de las rentas derivadas (plusvalías) de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos entre ahora y el 31 de diciembre de 2012.

En otras palabras: vender la casa en 2012 tiene premio: pagar la mitad de impuestos por las ganancias obtenidas de la venta.

Ejemplo

Una persona compró en 1995 una casa por 100.000 € y ahora la vende por 250.000 €. Si atendemos a la siguiente tabla, donde se especifica el porcentaje a aplicar (en este caso en Barcelona) según los años que se ha sido propietario…

Cuotas a pagar
Porcentaje anual: A aplicar:
Periodo de hasta 5 años                   3,7%
Periodo de hasta 10 años                   3,5%
Periodo de hasta 15 años                   3,1%
Periodo de hasta 20 años                   2,8%

*Fuente:  Instituto Municipal de Hacienda de Barcelona.

…calculamos que con la nueva medida:

  • en vez de pagar 4.200 € = (250.000 € – 100.000 €) x 2,8%
  • pagarías 2.100 € = [(250.000 € – 100.000 €) x 2,8%] /2

A este ‘premio-descuento’ podrá acceder cualquier  persona física, jurídica y no residentes «siempre que no existan vinculación entre las partes» (por ejemplo, de padres a hijos).

La medida se suma a otras 2 también destinadas a dinamizar el mercado inmobiliario: la reducción del IVA del 8% al 4% de las casas de nueva construcción (en vigor durante todo 2012) y la recuperación de la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda sin límite de rentas.

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Categoría(s) del artículo:  Defensa del consumidorHipotecasNoticias

Autor: A. Portolés

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Comentarios

  • aurelio

    NO SERA ASI Y NO SEA LA PLUSVALIA MUNICIPAL???….Se está hablando estos días de la exención fiscal del 50% sobre la plusvalía que obtiene el propietario de una vivienda sobre su venta. Conviene explicar de modo sencillo y claro en qué consiste con el fin de ponderar en justos términos en qué medida se van a beneficiar de ello las personas que compren una vivienda desde ahora y hasta el 31 de diciembre de 2012.

    En primer lugar debemos distinguir entre los dos tipos de plusvalías que se producen cuando se vende una vivienda:

    1) Plusvalía Municipal, o, técnicamente, Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Es un impuesto municipal que debemos abonar al Ayuntamiento según unas tablas y criterios que aplica cada municipio. A este impuesto no le afecta la exención.

    2) Plusvalía a nivel de IRPF, entendida como ganancia patrimonial obtenida sobre la venta de una vivienda y que se debe declarar a la Hacienda Estatal en el Impuesto sobre la Renta del año en que se produjo. La nueva exención se dirige a esta plusvalía.

    Responder
  • kinmye

    Del texto que se pone y de otras webs, entiendo que es un beneficio (sobre IRPF) para el comprador, y en el futuro.

    Si ahora vendes, abonarás la plusvalía que te corresponde.
    Si ahora compras, y de aquí a unos años vendes, sólo pagarás la mitad de lo que te corresponda, por haber comprado ahora.

    Es una medida para animar a los compradores (y no perder ingresos en las ventas actuales).

    Saludos.

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  • Quela

    Pero entonces a que plusvalía le rebajan el 50%, a la del IRPF o a la que se paga en los ayuntamientos, es decir, la municipal?. Porque yo hoy he ido a pagar la del ayuntamiento y no me han dicho nada…

    Responder
  • MIcaela

    Naturalmente os estais refiriendo al impuesto municipal de plusvalía, que no tiene que ver con los incrementos/disminuciones patrimoniales del Impuesto de Renta Personas Físicas. Saludos.

    Responder
  • pepe

    La medida es anunciada en el BOE de helpmycash, pese a leerlo tres veces, pueden transcribir el texto por favor? plusvalía? incremento de valor de los terrenos?, no serán los posibles beneficios en futuras ventas de los compradores, a partir del RDL hasta 31 de Diciembre? gracias

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    • HelpMyCash

      Buenos días, Pepe. Copio y pego del BOE del 12 de mayo de 2012:

      ««Disposición adicional decimosexta. Exención de rentas derivadas de la transmisión de determinados inmuebles.
      Estarán exentas en un 50 por ciento las rentas positivas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza urbana que tengan la condición de activo no corriente o que hayan sido clasificados como activos no corrientes mantenidos para la venta y que hubieran sido adquiridos a título oneroso a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012.
      »

      Puedes encontrar el documento completo aquí: http://www.boe.es/boe/dias/2012/05/12/pdfs/BOE-A-2012-6280.pdf
      Un saludo!

      Responder
  • Alfredo

    Hola referente a lo del 50% de descuento en la plusvalia no se de donde sale ya que yo acabo de ir al ayntamiento para ver lo que tengo que pagar de plusvalia por que vendo mi vivienda en esta semana y me han dicho que de eso no tienen ningun tipo de constancia.
    Vamos que debe de ser una bola como tantas otras.

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    • Angel

      Con fecha enero 2000 se me dono una vivienda, el precio en escrituras fue de 30.651,62€, en el mes de marzo de ese mismo año tuve una comprobación y me aumentaron dicho valor en 41.942,49€, teniendo que volver a pagar por la diferencia.
      Mi pregunta es, si vendo el piso en el año 2012, cual es elvalor que tengo que reflejar para hacer la renta del próximo ejercicio y si lo que he pagado por el incremento lo puedo desgravar.
      saludos

      Responder
    • HelpMyCash

      Alfredo,
      la medida no es ‘una bola’. Fue anunciada el 11 de mayo por la Ministra Ana Pastor en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Y fue publicada en el BOE justo al día siguiente. Puedes consultarlo aquí: http://boe.es/boe/dias/2012/05/12/pdfs/BOE-A-2012-6280.pdf. Mira en la página 35116, disposición adicional decimosexta.

      En este caso, las personas del Ayuntamiento de tu municipio no están pertinentemente informadas. Te recomendamos que vayas con la ley impresa y exijas lo que te corresponde. Saludos!

      Responder

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