Cancelación registral, por qué la debo pagar yo?
Cancelación registral, por qué la debo pagar yo?
ResponderHola, me ingresaron ya la provisión de fondos y el sobrante. Pagué una provisión de fondos de 4260 + 1812 euros de cancelación de hipoteca del vendedor. Me dijeron varias veces que los 1812 euros me lo retenían, pero veo que me lo han cobrado y ya está. Firmé el 26 de Mayo. Por qué debo asumir yo este cargo, si yo no soy el que tengo hipoteca?
Hola, Josue.
Los gastos por cancelar una hipoteca, en general, los tiene que pagar el que era su titular (el vendedor, en tu caso). Ahora bien, hay ocasiones en las que comprador y vendedor pactan que será el primero el que pague esos gastos, normalmente a cambio de una pequeña rebaja en el precio. Ese acuerdo tiene que reflejarse claramente en el contrato de arras. Nuestro consejo, por lo tanto, es que revises el contrato de arras para comprobar si existe una cláusula que te obliga a pagar esos gastos.
En caso de que sí exista, poco podrás hacer, porque al firmar el contrato, diste tu consentimiento a pagar los gastos de cancelación. Ahora bien, si no existe tal cláusula, entendemos que los gastos de cancelación los tenía que pagar el vendedor y que, por lo tanto, el banco no te los podía cobrar. En ese caso, tendrás que interponer una reclamación ante el banco para que te devuelva el dinero.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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pues aquí dice:
VI. Cartas y pagos
La finca se transmitirá libre de cargas y gravámenes asumiendo la parte vendedora la cancelación de cualesquiera que pudieran existir. (se adjunta nota simple informativa).
Así mismo se transmitirá libre de inquilinos, ocupantes, pagos y gastos, tanto de contribuciones, arbitrios y gastos comunitarios ordinarios y extraordinarios (derramas).
Si en el momento de otorgarse la Escritura Pública la parte vendedora no acredita documentalmente el estar al corriente del pago de todos los conceptos enumerados, la parte compradora quedará facultada para retener del resto del total del precio esas cantidades.
Es verdad que hubo una rebaja en el precio. El precio inicial era 160.000 y les bajé a 153.000 más I.V.A. Pero en ningún momento me dijeron que, a cambio de eso, debo pagar yo la cancelación de la hipoteca, ni lo veo reflejado en ninguna parte...
La conclusión para mí, es que me corresponden los 1.812...
citando a Josue Avila Berzosa pues aquí dice: VI. Cartas y pagos La finca se transmitirá libre de cargas y gravámenes asumiendo la parte vendedora
Hola de nuevo.
Por lo que nos cuentas, parece claro que los gastos de cancelación los tenía que pagar el vendedor. Para asegurarte, puedes revisar la escritura de compraventa por si hay alguna mención a esos gastos, pero no debería cambiar.
Si confirmas que esos gastos correspondían al vendedor, tendrás que interponer una reclamación ante tu banco para que te devuelva el dinero. Nuestro consejo es que hables primero con la persona que te gestionó la hipoteca y, si no te resuelve el tema, que reclames ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Me pasé por Arriaga Abogados y me dijeron que si los gastos son de Compra-venta no son reclamables, si son hipotecarios SÍ, según él son son de Compraventa. Qué diferencia hay entre una cosa y otra...?
Gracias
citando a Josue Avila Berzosa Me pasé por Arriaga Abogados y me dijeron que si los gastos son de Compra-venta no son reclamables, si son hipotecarios SÍ, según él son son de Com...
Hola de nuevo.
Los gastos de compraventa son los asociados a la formalización de la compra de la vivienda: los honorarios notariales y registrales, los honorarios de la gestoría y el impuesto que corresponda según si el inmueble es nuevo o de segunda mano. Estos gastos corresponden íntegramente al comprador.
Los gastos de hipoteca, en cambio, son los asociados a la formalización del préstamo hipotecario: los honorarios notariales y registrales, los de la gestoría y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. Durante años, los bancos obligaban al hipotecado a pagarlos todos, pero el Supremo declaró ilegal esta práctica. Te lo explicamos con más detalle en nuestra página sobre la devolución de gastos hipotecarios.
Sin embargo, los gastos de cancelación no pertenecen ni a los de compraventa ni a los de hipoteca, porque son los asociados a la cancelación registral de la hipoteca del vendedor. No entendemos, por lo tanto, por qué ese despacho de abogados hace esa distinción.
Como decíamos en nuestra anterior respuesta, los gastos de cancelación los debe pagar el titular de la hipoteca cancelada, a no ser que exista acuerdo para que los asuma el comprador. Si no existe ese acuerdo y te los han cobrado a ti, tienes derecho a reclamar (al banco o al vendedor) que te los devuelvan. Como parece que ese despacho no te ha ayudado, te aconsejamos acudir a otros abogados o a una asociación de consumidores.
Un saludo.
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voy a seguir intentándolo...
Pregunta similar: Cancelación registral
Buenas , he comprado una casa y el día de la firma en notaría al vendedor se le retuvo 1500 euros para cancelación registral de la hipoteca.A día de hoy el vendedor me pide transfiera a la gestora ATG 575 para hacer la gestión y que el resto se lo devuelva,yo le he dicho que así no es el procedimiento,lo normal es que cuando esté el trámite hecho y la nota simple libre de cargas yo le devuelvo la diferencia pero él se niega si no se hace todo a la vez.Mi pregunta es ¿yo como comprador puedo pedir a su banco el certificado de deuda cero y hacer yo el trámite ?posteriormente le devolvería su dinero.Gracias
citando a Alberto Pregunta similar: Cancelación registral Buenas , he comprado una casa y el día de la firma en notaría al vendedor...
Hola, Alberto.
La clave está en por qué se le ha retenido ese dinero al vendedor y a qué acuerdo habéis llegado para que cancele registralmente su hipoteca.
Lo habitual, en casos como el tuyo, es que el vendedor deje un dinero en una cuenta (que haga una provisión de fondos) del banco del comprador, y es la gestoría del banco del comprador la que se encarga de tramitar la cancelación registral. Si sobra dinero después de los trámites, se le devuelve al vendedor.
Este acuerdo suele formalizarse en el contrato de arras firmado entre el comprador y el vendedor. Por ello, consideramos que es aconsejable que revises el contrato de arras para comprobar si el acuerdo al que habíais llegado era el que te comentamos u otro.
Dicho esto, tú como comprador no puedes pedir un certificado de deuda cero a su banco ni tramitar la cancelación registral. De todo esto se debe encargar (y pagar) el vendedor.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
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Hola:
Este lunes he firmado ante notario la compra de una vivienda (yo soy la compradora). La casa tenía una hipoteca que se ha cancelado con el dinero de la venta y, por lo que entendí a la notaria y lo que consta en la copia simple de la escritura, esos gastos de la escritura de cancelación los tiene que pagar la parte vendedora, no yo.
El caso es que el banco me los ha cobrado a mí y estoy algo perpleja.
¿No se supone que la cancelación registral de una hipoteca la paga que solicitó esa hipoteca?
A ver si me podéis sacar de dudas.
Gracias de antemano.
Un saludo.
citando a Helper_512304689 Pregunta similar: Gastos de cancelación de hipoteca: ¿quién los paga? Hola: Este lunes he firmado ante not...
Hola, Helper_512304689.
Efectivamente, los gastos de cancelación de una hipoteca los paga su titular. Ahora bien, en la compraventa de una vivienda hipotecada, las partes pueden pactar libremente que sea el comprador el que abone esos gastos. Nuestra recomendación, por lo tanto, es que revises el contrato de arras y la escritura para comprobar si hay alguna cláusula que te obliga a pagar esos gastos.
Si esa cláusula existe, lamentablemente no podrás reclamar nada, dado que habrás dado tu consentimiento a pagar esos gastos. Ahora bien, si no existe, los gastos de cancelación de la hipoteca los debería haber pagado el vendedor. En ese caso, por lo tanto, te recomendamos pedir cita a tu banco para reclamar que te devuelvan el dinero y se lo cobren al vendedor. Si no te hacen caso, puedes interponer una reclamación de manera formal. En nuestra guía sobre reclamaciones bancarias, que puedes descargar gratuitamente, te explicamos cómo hacerlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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