Buenas, el año pasado mi madre viuda de 84 años venido su vivienda ya que ella se fue a vivir de alquiler en el 2020 a un piso más pequeño. La casa se vendió en septiembre del 2021 y en ese mismo mes se empadrono en el piso de alquiler. El borrador de la declaración indica que tiene la obligación de pagar la plusvalía de la casa ( 14.000 euros). Nos hemos llevado un disgusto porque la ley dice que los mayores de 65 años no tienen que tributar por la venta de la vivienda habitual. Entiendo que hacienda se acoge a que ya no era su vivienda habitual y si que lo es el piso de alquiler.
Por favor agradecería si alguien me aclarase si hacienda está en lo cierto o por lo contrario se puede reclamar.
citando a Jose Luis Becerra Navas Pregunta similar: Impuestos venta vivienda habitual. Buenas, el año pasado mi madre viud...
Hola, José:
Gracias por compartir tu consulta. Según nos ha explicado la Agencia Tributaria en otra ocasión, para acogerse a la exención basta con que la vivienda haya sido la vivienda habitual del contribuyente (en este caso tu madre) al momento de la venta, o bien, dentro de los dos años anteriores a la transmisión. Desde este punto de vista, entiendo que a tu madre no le correspondería pagar IRPF.
Ten en cuenta, sin embargo, que esto es información solamente orientativa. No somos expertos fiscales. Por eso creo que lo mejor es que llames al fisco (Aquí tienes sus teléfonos útiles) o que consultes con un experto en Derecho Tributario.
Espero haberte ayudado.
Un saludo,
Paula
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Buenos días,
Mis padres tienen 85 años y van a vender un piso en el cual han vivido 30 años, pero ahora viven en una casa mía y de mi hermana ( casa en la que nosotros tenemos la nuda propiedad y el usufructo mi padre)porque están enfermos, con Alzheimer. De hecho, ellos están ahora empadronados en esta dirección, la de la casa.
Si venden el piso, ¿ estarían exentos de pagar el IRPF por considerar el piso su ¨residencia habitual¨? ¿ O deben pagarlo porque ahora se consideraría su residencia habitual ¨nuestra casa¨?
Hola, Fulgencio
Sí, en este caso, al no vivir en la casa está ha dejado de ser su vivienda habitual desde un punto de vista fiscal, por lo que es probable que tengan que pagar IRPF por vender el piso, a pesar de cumplir con la edad mínima requerida (65 años) para disfrutar de la exención.
No obstante, si el dinero de la venta lo utilizan para constituir una renta vitalicia con un banco o una entidad aseguradora, estarían libres de pagar IRPF por la venta de la vivienda que no es la habitual.
Eso sí, deben tener en cuenta que la contratación de este producto está sujeta a ciertos requisitos para poder disfrutar la exención. Por ejemplo, debe constituirse en un plazo no superior a los seis meses desde la venta y el importe máximo que da derecho a disfrutar de la exención es de 240.000 euros.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Tengo 92 años. Estoy en silla de ruedas, con el grado 3 de incapacidad. Para pagar una residencia geriátrica tuve que alquilar mi piso hace cuatro años. Ahora tengo que venderlo y me dicen que no tengo derecho a reducción de pagos de IRPF. Mi banco no hace Rentas Vitalicias a mayores de 85 años. ¿Qué puedo hacer?
citando a Adolfo Ibañez Gracia Pregunta similar: Venta de vivienda habitual Tengo 92 años. Estoy en silla de ruedas, con el grado 3 de incapacida...
Buenos días, Adolfo:
Gracias por compartir tu consulta. Como te has informado, las exenciones en el IRPF para mayores de 65 años son dos: una corresponde a la venta de la vivienda habitual y otra hace referencia a la venta de la propiedad (aunque no sea la habitual) para constituir una renta vitalicia.
En este sentido, sobre la base de lo que describes, no podrías acogerte a ninguna de ellas. ¿Por qué? Porque al alquilar la vivienda esta pierde su condición de habitual y porque, como comentas, tu banco no ofrece rentas vitalicias para tu edad.
Entonces, lo que te aconsejo es que consultes los servicios de otros bancos para analizar la posibilidad de constituir una renta vitalicia o que consultes directamente con Hacienda si existe algún otro tipo de reducción de la que puedas beneficiarte.
Espero haberte ayudado y siento no ser más precisa, pero es así como funciona, de manera general, la normativa de Hacienda.
Un saludo y espero que puedas resolverlo,
Paula
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Hola, mi madre tiene 87 años y ha vendido su piso a través de una inmobiliaria, está en una residencia desde hace 6 años por no poder vivir sola en el piso, le cuesta caminar y se cae muy a menudo al suelo, la pregunta es si está exenta de tributación en el IRPF, gracias
citando a Helper_1101792492 Pregunta similar: VENTA DE PISO PERSONA CON MÁS DE 65 AÑOS Hola, mi madre tiene 87 años y ha vendido su piso a tra...
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. En principio, la exención aplica si la vivienda que vendió era su residencia habitual, es decir, si vivió en ella durante al menos 3 años de forma ininterrumpida.
Sin embargo, la Agencia Tributaria contempla algunas excepciones como que las circunstancias exijan el cambio de vivienda si la anterior resulta inadecuada como consecuencia de una discapacidad u otras causas relacionadas.
Por esto, personalmente creo podría acogerse a la exención del IRPF para mayores de 65 años. De todos modos, te aconsejo que te comuniques con Hacienda para tener una respuesta oficial.
Un saludo,
Paula
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Hola!. Somos canadienses (nacidos en Argentina) y estamos pensando mudarnos a España para nuestro retiro (usando una Visa No Lucrativa).
Mi pregunta: Siendo ambos mayores de 65 años, y una vez que seamos residentes, si vendemos nuestra vivienda (es la unica vivienda, y la tenemos desde hace 15 años) tambien estamos incluidos en el beneficio de los mayores de 65 que no tiene que pagar el impuesto a la ganancia de capital? O sea: seriamos en nuestro caso residentes mayores de 65 que vendemos nuestra unica propiedad pero esa propiedad esta en Canada.
Espero que se entienda. Gracias desde ya por la respuesta. Muy importante para tomar la decision.
Muy buenas. Antes de nada gracias por tu ayuda y tu tiempo. Mis padres tienen más de 65 años y van a vender su casa donde residen más de 30 años .la pregunta se puede veneficiar dd este ahorro por ser mayores de 65 al comprar otra casa con el dinero de la venta y la casa que compra con este dinero lo pone a nombré de su hijo las escrituras de la nueva casa.que ocurre si la pone a nombre de su hijo.gracias y un saludo
citando a Horacio Waisgluss Hola!. Somos canadienses (nacidos en Argentina) y estamos pensando mudarnos a España para nuestro retiro (usando una Visa No Lucrativa). Mi...
Hola, Horacio:
Siento no poder ayudarte, pero no somos expertos fiscales y por tanto desconozco las características de ese tipo de compraventa. No obstante, dejo publicada tu pregunta por si algún usuario puede ayudarte a resolverla.
Un saludo,
Paula
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Hola, Pedro:
Gracias a ti por compartir tu consulta. Si tus padres venden su residencia habitual y tienen más de 65 años, están exentos de pagar IRPF. No importa en qué reinviertan el dinero. Por tanto, entiendo que podrían beneficiarse incluso si compran un inmueble y lo ponen a nombre de su hijo.
De todos modos, siempre os aconsejo comunicarse con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial.
Espero haberte ayudado.
Un saludo,
Paula
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