Impuestos venta piso no residente Europa. Piso estuvo en alquiler.
Impuestos venta piso no residente Europa. Piso estuvo en alquiler.
ResponderBuenos dias. Soy española residente en Estados Unidos. Deseo vender un piso en españa que ha estado alquilado 9 años. Me ha parecido leer que he de descontar este alquiler ganado de la cantidad que no tributaria en la venta, es decir, de los gastos del piso que no tributan.
Por ejemplo, si costo 200000 y lo vendo por 220000 y en alquiler saque 80000, la cantidad exenta de tributar en la venta seria 120000 en vez de 200000?; no esta claro en la pagina de aeat, y no me cuadra ya que yo he pagado durante todos estos años un 24% de impuestos por mi alquiler trimestralmente, seria pagar dos veces. Por supuesto cero deducciones he tenido desde que me fui, y solo se alquilo siendo ya residente..
Vosotros me podríais aclarar?. Por otro lado, que % de impuestos tendría q pagar al ser no residente y fuera de Europa?.
Muchas gracias.
citando a Helper_908654214 Pregunta similar: Impuestos venta piso no residente Europa. Piso estuvo en alquiler. Buenos dias. Soy española res...
Hola, Helper:
Gracias por compartir tu consulta. No estoy segura de entender bien tu inquietud, pero intentaré aclarar algunos puntos que creo importantes.
Si se tomaran en cuenta los ingresos provenientes de las rentas al calcular el IRPF, estos se restarían del valor de adquisición. Por tanto, en el ejemplo que describes, la ganancia patrimonial sería igual a:
- Valor de adquisición: 200.000 - 80.000= 120.000€
- Valor de transmisión= 220.000€
- Ganancia patrimonial= 100.000€
Sobre esta base se calcula el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Así y todo, entendemos que si ya has tributado por el 24% de las rentas, no tendrías que incluirlas en la declaración que haces luego de venderla. Pero no somos expertos fiscales, por eso te aconsejamos comunicarte directamente con el Ministerio de Hacienda.
En cuanto al tipo impositivo, entendemos que es también del 24% sobre la ganancia patrimonial. Ten en cuenta que al momento de firmar la escritura de compraventa, el comprador estará obligado a retenerte el 3% como pago a cuenta de este tributo.
Espero haberte ayudado. De todos modos, vuelvo a recomendarte que consultes con Hacienda para obtener una respuesta oficial.
Un saludo,
Paula
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