Certificado de no infracción urbanística

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H
Helper_1103805835
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Buenas tardes, tengo una duda sobre un papel que me piden. Voy a vender un estudio en Benalmádena y el abogado de la parte contraria me pide: la licencia de primera ocupación y el Certificado de no infracción urbanística. Creo que no es obligatorio presentarlo no?. Yo tengo todo en regla pero como ellos quieren mi estudio para piso turístico y se necesitan estos  papeles para solicitarlo, me da la sensación que quieren que les adelante el trabajo con el coste que lleva ambos documentos. Es obligatorio presentar estos papeles en la Andalucía? Muchas gracias

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola. Muchas gracias por tu consulta.

Si es obra nueva sí es necesaria la licencia de primera ocupación, aunque si no lo es, no es obligatorio. Sin embargo, es necesario para muchos trámites, por eso el comprador te la solicita y no vemos por qué no entregarla. Recuerda no confundir la licencia de primera ocupación con la cédula de habitabilidad.

En cuanto al certificado urbanístico no es obligatorio presentarlo antes de formalizar la compra-venta.

El comprador puede solicitar estos documentos, eso sí, pero no es obligatorio por tu parte presentarlos.

Si tienes más dudas, aquí estamos a tu disposición. ¡Un saludo!

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