Buenas tardes,no se si te corresponde esta pregunta.He vendido un apartamento que me costo 94000 y lo vendi por 95000 + 5000 de gastos de inmobilar.Haciendo la renta 2018 me dicen que hay que meter tasacion de la casa que el banco hizo,siendo ésta de 130000 y mi beneficio fue 100000 con los gastos de la inmob.Con lo que me acarrea mas gastos y pagos hacienda.
Porque no puedo poner los gastos que vienen en la escritura de venta?gracias
Hola JMOA,
Conceptualmente, según lo establecido por la Agencia Tributaria, para declarar la ganancia patrimonial obtenida con la venta de tu vivienda, se deben tomar en cuenta:
El valor de adquisición: es el precio al cual compraste el piso, al que se suman los gastos y tributos relativo a la adquisición, excluidos los intereses.
El valor de transmisión: es el “importe real por el que la enajenación se haya efectuado” considerando los gastos y tributos de la venta que hayan corrido por tu cuenta.
Es decir, que si el piso lo vendiste a 100.000€, este sería el valor real a declarar en el IRPF, tomando en cuenta los gastos de venta del piso, como la comisión inmobiliaria de 5.000€.
No obstante, en la práctica, si la Agencia Tributaria, basándose en la comprobación del valor de compra declarado por el comprador en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), considera que el piso se ha vendido por un precio inferior al valor normal del mercado, puede considerar que éste último es el valor de ganancia patrimonial que debes declarar en el IRPF.
Lo recomendable en este caso, es buscar la asesoría de un experto en fiscalidad o de un abogado, que pueda guiarte sobre cómo proceder.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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