Comprar un piso procedente de embargo, aún a nombre de los propietarios embargados, es normal??

Comprar un piso procedente de embargo, aún a nombre de los propietarios embargados, es normal??

Comprar un piso procedente de embargo, aún a nombre de los propietarios embargados, es normal??

Responder
M
marta88

Hola, les cuento mi caso: Estuve mirando pisos en la pagina pisosembargados.com y me decidi por uno. Lo visite y me gusto asíque empezamos a mover el papeleo para comprarlo. Solicite una nota simple en el registro de la propiedad para comprobar las cargas y resulta que tiene 2 que ascienden a un total de 395.436 € y además la titularidad del inmueble sigue siendo de estas personas a las que les han hecho un procedimiento de ejecución hipotecaria. Esto aún esta en el juzgado de primera instancia. y mi pregunta es ¿Se puede vender un piso así? es decir no debería figurar en la nota simple como titular el banco que embarga, que será el que cancele las cargas de la vivienda para venderlo??

13 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#1
R
RHE PATRIMONIO Y RENTA
Hola bien si estas en contacto con el banco que tiene Embargado el piso y este todavia tiene en el Registro la nota y tambien el Juzgado no tienes problema si haces la operación a la firma ante Notario y en frente del banco que te conceda una hipoteca se cancela Notarialmente pendiente de la cancelación Rergistral que se hace el mismo dia y la retirada de la demanda en el Juzgado no tienes que tener problema. Un saludo Pedro "Masip"
A 1 persona le ha parecido útil
#2
M
Mediatoris
Disiento en parte con lo dicho. Los Autos de adjudicación no están exentos de defectos y problemas. Que no haya inscripción de la adjudicación puede deberse a la lentitud del juzgado o a un problema que el comprador debe saber. Podría ser el problema que no hay posesión de la finca. ¿Puede comprarse la vivienda así? Puede hacerse pero generalmente hay que cuantificar quien sigue con los trámites procesales, quien los costea con el fin de que no haya sorpresas a futuro. El único titulo de propiedad que se tiene despues de una subasta es el decreto de adjudicacion. Si no se tiene todavía, no se puede materialmente vender la vivienda. El acto de compra no se ha consumado.
#3
R
RHE PATRIMONIO Y RENTA
Si los autos de adjudicación todavia no están o tienen defecto no es problema para quien lo vende es el propio banco que tiene las llaves y es quien enseña el piso y sabe que está pendiente de esto pero como el comprador todavia tiene que pedir una hipoteca y esto tambien tarda no le veo problema para preparar la documentación y seguir adelante ya que cuando ser realice la operación Notarialmente y ante el nuevo banco que concedera la hipoteca todo tendra que estar perfectamente inscrito y limpio sin mas problemas ya que el Notario pedira las cargar registrales y así lo vera y quien venda tendra la documentación como vendedor autorizado. Yo no veo problema por ninguna parte banco vende otro banco hipoteca Noatrio presente todo tiene que ser correcto y sabemos que no ers la primera vez que pasa así entre bancos se entienden logicamente si la subasta todavia no se ha realizado no hay nuevo propietario por tanto no se puede vender el Piso pero por lo que entiendo quien lo enseña es el propio banco sik es así no hay problema un Saludo Pedro Lopez
#4
M
Mediatoris
Coincido en que los trámites pueden solicitarse. Analizar la operación financiera es viable y puede hacerse con anterioridad. La cuestión que plantea la ciudadana es distinta. Visita un inmueble, y cuando consigue la información de las cargas, resulta que la titularidad del bien no aparece a nombre del adjudicatario y no se han cancelado las cargas posteriores ni la Nota marginal. Lo primero que hay que exigir a quien vende, es informar bien a los posibles compradores. el consumidor hizo bien en averiguar cómo está el bien realmente. El bien puede estar adjudicado y sin embargo el banco no haber tomado posesión de la vivienda. Puede tener la posesión de la vivienda, pero no tener el decreto de adjudicación con los requisitos especificados. Si no se tiene el Auto judicial, el Notario NO puede aceptar como válido el acta de subasta y adjudicación. La compra no se ha perfeccionado. En todo caso, habría que exigir al profesional inmobiliario que informe adecuadamente sobre el estado de cargas y posesorio de la finca, porque si no lo hace podría aceptar fianzas como parte de pago de una compraventa y existir problemas de formalización posteriormente. Normalmente es el comprador profesional el que quiere comprar los inmuebles adjudicados, pendientes de posesión o con trámites judiciales en curso.
A 2 personas les ha parecido útil
#5
M
Mediatoris
Hay que distinguir el análisis financiero de la operación de la fase de formalización. El estudio hipotecario, puede hacerse con caracter previo sin problemas, pero quien actua como mandatario, debe avisar del estado posesorio y de cargas. Puede ocurrir que el banco tenga decreto de adjudicación, pero no tenga la posesión del inmueble. Igualmente podría ser a la inversa, que tuviera la posesión, pero no el decreto de adjudicación. Sea como fuere, el profesional inmobiliario, el que al final del todo va suscribir un contrato de arras, debe informar correctamente para que no haya abuso hacia el consumidor.
A 2 personas les ha parecido útil
#6
R
RHE PATRIMONIO Y RENTA
Bien todo lo que usted dice como abogado es correcto pero tenga en cuenta que la operación no se cerrara sin que la finca este correctamente a nombre del banco que es quien vende el Sr. Notario pedira un certificado de cargas, que logicamente deberá estar libre de cargas y a nombre del banco y si ademas se pide hipoteca sobre la vivienda el banco/caja que intervenga no hipotecara hasta que este todo correctamente, pero mientras tanto la Sra. Marta88 estará tranquila por haber encontrado lo que buscaba un Saludo Pedro
#7
B
briefer

Pregunta similar: Compra de casa con embargo preventivo

Hola

estoy interesado en la compra de una casa por unos 300.000€. La casa tiene un embargo preventivo en el registro por deuda con hacienda, por un valor de unos 60.000€.

El admin de la inmobiliaria me ofrece firmar el contrato de arras por el valor de la deuda, para cancelarla y así entregarla libre de cargas. Todo ello especificado por supuesto en dicho contrato.

¿es posible que haya alguna trampa en el proceso? ¿algo con lo que tenga que tener especial cuidado?

Ya he presentado toda la documentación al banco (ING) ¿me pondrán pegas para concederme la hipoteca?

Gracias de antemano y un saludo

#8
A
Alex

Hola buenas tardes yo vivo en una casa de alquiler el propietario le desauhsiaron el Banco por falta de in pago en me quieren echar de la casa entonces me ofrece a pagar el alquiler y no lo aceptaron fuimos al juicio tres veces y gane los tres juicios resulta que ahora tengo otra demanda para desahucio pero esta ves es diferente la quiero comprar y la agencia sareb me pide que solicito un auto de permanencia en los juzgados y no lo que es. Por si hay alguien que me puede explicar lo que es. Y mucha gracias.

HelpMyCash
#9

Hola, Alex.

Estamos especializados en temas financieros, así que eso se escapa de nuestro campo de conocimiento. Nuestro consejo es que se lo preguntes directamente a la agencia o que contactes con una asesoría jurídica. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#10
D
DDD

Yo he trabajado con viviendas embargadas por entidades financieras. La costumbre es que no la inscriben a su nombre y se ahorran ese dinero. Y creo que se acaba vendiendo todavía a nombre de los antiguos titulares. No se porque se permite eso. Y no se si finalmente en el mismo trámite de compraventa el banco hace ese trámite anterior de ponerlo a su nombre ya que sino no se debería ejecutar esa venta. Incluso en algún caso estaba a nombre de la anterior entidad que fue absorbida por la nueva entidad y tampoco se si se hace ese trámite de cambio de titularidad. Son muchas viviendas y mucho dinero el que se ahorran y ****, porque no debería permitirse. 

A 3 personas les ha parecido útil
#11
O
Oscar

Hola DDD

Pienso que tienes toda la razón.... Me ha pasado algo similar....

E seguido una subasta de un embargo....una vez finalizada...me comentó la administradora de la finca....que lo más seguro que se la haya adjudicado el banco.... Despues de un mes solicite nota simple,para ver si se la había adjudicado el banco,y está sigue con las mismas deudas y tal de como estaba antes de la subastas... 

Me gustaría saber de qué banco es para ir a hablar con ellos....

#12
C
CLARA OLMOS

Hola, tengo un gran problema.

He comprado un piso embargado, en los juzgados me han dado los papeles como que soy propietario y resulta que en el piso están viviendo los anteriores expropietarios y no se quieren ir. 

No se como afrontar la situación o por donde tengo que empezar, si a alguien le ha pasado algo similar, agradecería que me ayudara.

Muchas gracias.

HelpMyCash
#13

citando a CLARA OLMOS Hola, tengo un gran problema. He comprado un piso embargado, en los juzgados me han dado los papeles como que soy propietario y resulta que...

Hola, CLARA OLMOS. 

Tendrás que iniciar el procedimiento judicial correspondiente para que se desahucie a los anteriores propietarios. Nuestro consejo es que te pongas en manos de un despacho de abogados para que te expliquen cómo funciona el proceso y cuánto puede durar. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro