Miquel Riera

Miquel Riera

Redactor y especialista en Hipotecas y Préstamos en HelpMyCash.com

Miembro desde 06 jul. 2015
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Sobre Miquel Riera

Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona, he trabajado en distintas radios y medios de comunicación online. En HelpMyCash.com desde 2015 como redactor y especialista en hipotecas y financiación al consumo. Entusiasta de la economía y las finanzas personales, la política, los deportes, el cine y la televisión.

Especialidad

Pertenece al equipo de Hipotecas, Créditos y Tarjetas.







































Miquel Riera Miquel Riera HelpMyCash
Comprar la parte de la vivienda al ex de mi pareja

Publicado el 06/11/2023

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Hola, Silvia.

Es una operación perfectamente viable, siempre que lleguéis a un acuerdo con tu exmarido para la venta y que un banco os conceda un préstamo hipotecario a ti y a tu actual pareja. Nuestro consejo, por lo tanto, es que lo hables con tu exmarido y que contactes con varias entidades para presentar vuestro caso. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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Comprar la parte de la vivienda al ex de mi pareja

Publicado el 02/01/2024

Hola, Antonio Perez.

La extinción de condominio no sirve para incluir titulares a la vivienda, porque es una operación que, por definición, sirve para extinguir una copropiedad (no para crear una nueva). 

Dicho esto, si el matrimonio está casado en gananciales, si la mujer paga parte de la hipoteca, se convertirá automáticamente en copropietaria de la cantidad pagada de la vivienda, sin necesidad de hacerlo constar ante notario o en el Registro. En cambio, si está casado en separación de bienes, el marido tendrá que venderle o donarle una parte de la vivienda para que conste como copropietaria. 

Nuestro consejo es preguntar al notario cuáles serían todas las opciones disponibles según el régimen matrimonial y cuáles serían los costes. Aprovechamos para recordar que el asesoramiento del notario es totalmente gratuito. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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Extinción de condominio

Publicado el 02/04/2024

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Hola de nuevo.

Tu marido y su expareja son libres de negociar cuál es el valor actual de la vivienda y quién pagará los gastos asociados a la extinción de condominio, independientemente de cuál sea el valor de tasación. Dicho esto, como no somos expertos en temas legales, desconocemos si algunas de las cláusulas firmadas por tu marido son abusivas, aunque nos parece extraño que su expareja pueda denunciarle si no la elimina de la hipoteca a los tres meses (es algo que depende más del banco que de tu marido). Nuestra recomendación, por lo tanto, es que pidáis cita a un notario para que revise este acuerdo. El notario es un funcionario público que ofrece asesoramiento jurídico gratuito, así que podrá deciros si el acuerdo es válido. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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Extinción de condominio

Publicado el 14/05/2024

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Hola, Jota.

La extinción de condominio se puede formalizar de dos maneras:

  • Mediante un convenio regulador en caso de que se haga por un divorcio. En este caso, no hay que pasar por el notario, pero para inscribir la extinción en el Registro sí hay que obtener la aprobación del juez al convenio.

  • Mediante la escritura de extinción de condominio, que debe hacerse obligatoriamente en una notaría. Entendemos que este es tu caso, así que sí es necesario escriturar la extinción para inscribirla en el Registro. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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Extinción de condominio

Publicado el 21/05/2024

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Hola, L.Sánchez.

Sin conocer los detalles de vuestro caso concreto no podemos saber si la provisión que os pide el banco es exagerada o no. Dicho esto, tenéis todo el derecho a que el banco os presente un desglose de los gastos que pretende pagar con el dinero de la provisión. Nuestro consejo, por lo tanto, es que pidáis ese desglose y que aprovechéis la visita al notario para pedir que os calcule cuánto tendréis que pagar aproximadamente por ambas operaciones. Así, si hay mucha diferencia entre lo que os pide el banco y lo calculado por el notario, podréis pedir al banco que ajuste la provisión.

Un saludo.

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Extinción de condominio

Publicado el 21/03/2024

[cita=110904][/cita]

Hola de nuevo.

¡Gracias a ti por confiar en nosotros! 

Sobre la escritura, nos referimos a la que firmaron en su momento. Ahí debe aparecer la comisión por novación (o modificación de contrato) que puede cobrar el banco. Si no existe esa comisión, no se puede cobrar. 

En cuanto a tu otra pregunta, se pueden hacer las operaciones en paralelo o por separado; lo que prefiráis. Entendemos que la aportación de 60.000 euros que te pide el banco es para que ambos tengáis un porcentaje parecido de propiedad, pero no es realmente necesario si no quieres ser copropietaria de un porcentaje parecido al de tu marido. Como te contábamos antes, si tú pagas la hipoteca, se te considerará copropietaria del porcentaje pagado.

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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Extinción de condominio

Publicado el 21/03/2024

[cita=110924][/cita]

Hola de nuevo.

Sobre el papel, no es imprescindible que aportes esos 60.000 euros. Ahora bien, si el banco solo acepta la novación a condición que los aportes, no te quedará otro remedio. Eso sí, te recomendamos hablar con el notario para que te explique cómo se entregará ese dinero y cuáles serán todas las consecuencias legales para ti. 

Un saludo. 

Miquel Riera Miquel Riera HelpMyCash
Extinción de condominio

Publicado el 20/03/2024

[cita=110899][/cita]

Hola, Lorena Maria.

Como son varias preguntas, intentaremos ir por partes. 

Empecemos por la hipoteca. Hay dos maneras de quitar a la ex de tu marido de la hipoteca: con una novación (con acuerdo con el banco) o mediante la contratación de una hipoteca nueva, que esté a tu nombre y al de tu marido, para cancelar la que tienen ellos dos. La novación, por lo general, es la opción más barata, porque solo os pueden cobrar la comisión por novación que aparezca en la escritura y la tasación de la vivienda. Creemos que eso responde ya algunas preguntas. 

Continuemos con la vivienda, que está a nombre de tu marido y su ex. Realmente, como estás casada en gananciales, no es necesario que compres la parte de su ex. En cuanto a la vivienda esté a nombre de tu marido, pasará a ser un bien privativo suyo. Y si pagas cuotas de la hipoteca, te convertirás automáticamente en copropietaria de la vivienda (en el porcentaje que pagues) sin necesidad de escriturarlo. Por ello, consideramos que es suficiente con que tu marido y su ex hagan una extinción de condominio, porque así os ahorraréis impuestos y gastos de notaría y registro. 

Respecto a los productos asociados, solo es obligatorio contratar un seguro de daños, y podéis hacerlo con cualquier compañía. Si el banco os "obliga" a contratar productos suyos, lo que en realidad está haciendo es pasar productos opcionales por obligatorios. Si queréis, podéis contratarlos para no perder la novación y anularlos durante su período de desistimiento (aparece en cada contrato), si estáis dispuestos a asumir la subida de interés que corresponda. 

Para terminar, en cuanto a la notaría, tu marido tendrá que estar presente tanto en la extinción de condominio como en la novación. Tú solo tendrías que acudir en caso de que compres posteriormente una parte de la propiedad a tu marido (sin coincidir con su ex), pero como te hemos dicho, es algo innecesario porque estáis casados en gananciales. 

Aprovechamos para comentar que podéis pedir al notario que os asesore antes de la firma de todas estas operaciones. Es un servicio totalmente gratuito que os puede ayudar a resolver otras dudas que os vayan surgiendo. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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Asesoramiento compra mitad piso

Publicado el 25/10/2023

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Hola, Ben.

Antes de nada, debes tener en cuenta que el banco no concederá la hipoteca si tu pareja no tiene un trabajo estable con cierta antigüedad (unos dos años, en general) o si las futuras cuotas no pueden pagarse con menos del 30% de sus ingresos.

Si tu pareja tiene trabajo estable e ingresos suficientes, hay opciones para conseguir la aprobación. Por ejemplo, puedes pedir que te incluyan en la hipoteca como hipotecante no deudor, en cuyo caso hipotecarás tu parte de la propiedad sobre la vivienda (un 50% o menos, lo que decidas aportar) sin necesidad de ser cotitular. 

En cambio, es poco probable que acepten como garantía adicional las propiedades que tu padre pueda tener en Francia, aunque quizás sí aceptan que se incluya como aval solidario (avalaría con todos sus bienes presentes y futuros). 

Nuestro consejo es que habléis con varios bancos para ver si aceptan alguna de estas soluciones.

Esperamos haber resuelto tus dudas. 

Un saludo.

Miquel Riera Miquel Riera HelpMyCash
Asesoramiento compra mitad piso

Publicado el 27/11/2023

[cita=108854][/cita]

Hola, Pepper.

Como son varias preguntas, iremos por partes. 

1. La operación más barata fiscalmente es la extinción de condominio. Con ella, tu expareja puede cederte su 50% para que te conviertas en titular del 100% de la propiedad. 

2. Sí, puedes hacerte cargo de su hipoteca con una subrogación si su banco lo acepta. Si no, tendrás que liquidar esa hipoteca o refinanciarla con un nuevo préstamo hipotecario que esté a tu nombre.

3. Sí, podéis llevar a cabo la extinción de condominio si os ponéis de acuerdo. 

4. En realidad, no tienes por qué devolverle lo que invirtió. Como es propietario del 50%, tienes que pagarle ese 50%, descontando el importe pendiente de la hipoteca que tú asumirás. Ahora bien, si el importe pendiente de su hipoteca es inferior al 50% del valor de la propiedad, puedes pedir una ampliación de la hipoteca para cubrir la diferencia.

En nuestra página sobre la extinción de condominio te explicamos cómo llevar a cabo la operación, cuánto te costará y cómo calcular la compensación que tienes que pagar a tu expareja. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

Vídeo: Breve historia del IRPH: por qué podría ser abusivo?

En este útil vídeo explicamos qué es el IRPH y por qué la justicia europea podría considerarlo abusivo: 

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