Moratoria de hipoteca: quién puede acogerse a ella y cómo solicitarla
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Moratoria de hipoteca: quién puede acogerse a ella y cómo solicitarla

quien puede pedir una moratoria y como hacerlo

El Gobierno ya ha aprobado la moratoria de hipoteca de hasta un mes para aquellos que no puedan hacer frente a la cuota debido a la crisis originada por el coronavirus. En el documento publicado en el BOE, el ejecutivo detalla qué circunstancias se deben cumplir para considerar a un prestatario como sujeto vulnerable. Además, aclara qué documentos deberemos presentar y cuál será el periodo de vigencia de esta medida excepcional. En este artículo destacaremos los puntos más relevantes.

¿Qué significa sufrir una “situación de vulnerabilidad”?

Para poder beneficiarnos de la moratoria de hipoteca, deberemos cumplir todos y cada uno de los siguientes supuestos:

  • Que el titular del préstamo hipotecario se quede en paro debido a la crisis del Covid-19.
  • En el caso de los empresarios y autónomos, estos deberán haber sufrido una pérdida sustancial de los ingresos.
  • Que los ingresos de los miembros de la unidad familiar no superen en el mes anterior a la solicitud de la moratoria los siguientes límites respecto al Índice Público de Renta de Efecto Múltiples (IPREM):
Limite respecto al IPREM Ingresos máximos mensuales para solicitar moratoria
Unidad familiar sin hijos 3 veces 1.613,52€
Unidad familiar con hijos Cada hijo: 0,1 veces más +53,78€ por cada hijo
Unidad Familiar con un miembro con discapacidad igual o superior al 33% 4 veces 2.151,36€
Deudor con discapacidad igual o superior al 33% o incapacitado para trabajar 5 veces 2.689,20€
  • Que la cuota, más los gastos y los suministros básicos superen el 35% de los ingresos de la unidad familiar.
  • Que la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de su economía a causa del estado de alarma decretado por el Gobierno. Esto se traduciría en: I) una carga hipotecaria sobre la renta familiar que se haya multiplicado por 1,3, como mínimo; II) Que las ventas (para empresarios y autónomos) hayan caído al menos un 40%.

Además, los fiadores, avalistas o hipotecantes no deudores que cumplan con los supuestos anteriores podrán solicitar al banco que embargue el patrimonio del deudor principal en caso de impago.

¡RECUERDA! La unidad familiar está compuesta por: deudor, cónyuge o pareja de hecho, hijos que residan en la vivienda y cónyuges de hijos o parejas de hecho que vivan en la casa.

Documentos para pedir una moratoria de hipoteca

En el caso de encontrarnos en situación de vulnerabilidad, deberemos acreditarlo en el banco para que pause el pago del crédito y evitar una ejecución hipotecaria. Para ello, deberemos presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de desempleo, en el caso de sufrir un despido.
  • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para justificar el cese de actividad de los autónomos.
  • Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho, certificado de empadronamiento y declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad, si procede.
  • Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de nuestra unidad familiar, que acredite que la vivienda nos pertenece.
  • Escritura de compraventa de la casa y de concesión de la hipoteca, para verificar las características de la financiación.
  • Declaración responsable del deudor en la que reconozca que cumple los requisitos para acogerse a la moratoria de hipoteca.

¡IMPORTANTE! La solicitud se podrá presentar hasta 15 días después de que finalice la vigencia del decreto, que podría prolongarse dependiendo de la duración del estado de alarma.

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Categoría(s) del artículo:  HipotecasImpago hipoteca

Autor: Yaiza Zapatero

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