¿En qué casos la inmobiliaria me puede reclamar la comisión?
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¿En qué casos la inmobiliaria me puede reclamar la comisión?

comisión inmobiliaria

Muchos españoles cuando deciden vender un piso optan por hacerlo a través de una inmobiliaria. Estas se encargan de gestionar de forma total o parcial la venta, según el tipo de agencia y el servicio que elegimos. No obstante, si estás en esta situación, puede suceder que no estés del todo contento con el trabajo de tu agente. Si esto pasa, es natural que te preguntes: ¿puede la inmobiliaria reclamarme el pago de la comisión o los honorarios? En este artículo explicamos tres situaciones en los que esta tendría el derecho de hacerlo.

1. Si ha sido la inmobiliaria quien ha conseguido el comprador

Esta es la razón más evidente. Sin embargo, se han dado muchas situaciones en las que algunos vendedores, al no estar conformes con las gestiones llevadas a cabo por sus agencias, creen que no tienen que pagarles la comisión. A su vez, de manera general, esta comisión oscila entre un 3% y un 7% sobre el precio de venta de la casa.

Estos casos muchas veces pueden acabar en los juzgados y el principal argumento de los vendedores es que no consideran justo pagarle a una inmobiliaria que no ha hecho bien su trabajo. Por ejemplo, puede pasar que el agente no publicara buenos anuncios en los portales inmobiliarios, que no realizara todas las gestiones pertinentes o que, incluso, no tuvieras casi noticias suyas durante la venta.

El asunto es que si este, a pesar de su pésima gestión, te pone en contacto con un comprador y, gracias a su participación, se finiquita la compraventa, te verás obligados a pagarle la comisión aunque sientas que no se la merece.

2. Si has firmado una exclusividad y vendes el piso

Esta es otra situación bastante frecuente, ya que es habitual que algunas inmobiliarias pidan exclusividad para vender el piso. Esta es una cláusula que figura en la hoja de encargo que firmas al contratar a la agencia e implica que no puedas vender la casa ni a través de otro intermediario ni por tu cuenta.

Si bien en este último aspecto el asunto es bastante controvertido, en el 2019 el Tribunal Supremo dictaminó que las cláusulas de exclusividad deben cumplirse (sentencia STS 263/2019 del 10 de mayo). Al mismo tiempo, tanto el propietario como la agencia deben respetar el periodo de vigencia del contrato.

En este sentido, si has firmado una exclusividad con la agencia y vendes el piso por tu cuenta o con otra inmobiliaria es posible que la primera te reclame la comisión. Aunque, si eres tú quien consigue el comprador, a pesar de que el contrato indique que no puedes vender la casa entre particulares, siempre puedes intentar negociar con el intermediario. Así es posible que no tengas que pagar los honorarios, sino una compensación por el tiempo y los servicios prestados.

3. Si lo establece de forma clara el contrato de intermediación

En línea con la situación anteriormente descrita, si el contrato o la hoja de encargo que firmas con la agencia indica que debes pagar la comisión en un momento dado del proceso y no con la venta, tienes que cumplir con ello.

Por ejemplo, puede pasar que la agencia te cobre los honorarios al firmar el contrato de arras y no al finiquitar la compraventa en notaría. Esto puede ser más habitual si vendes el piso con una inmobiliaria online. Estas suelen cobrar tarifas fijas de acuerdo a los servicios prestados y no un porcentaje sobre el precio de venta, como lo hacen las agencias tradicionales. Estas, de hecho, exigen el pago de la cuota con las arras.

En este sentido, es aconsejable que leas muy bien las condiciones y los términos del servicio antes de contratar a una agencia. De esta manera evitas sorpresas y malos ratos y, más importante aún, puedes decidir si esa forma de pago te parece conveniente o no.

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Categoría(s) del artículo:  InmobiliariaVender Piso

Autor: Ottymar Tademo

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Comentarios

  • Emilia Garrido

    Este artículo plantea un escenario común y a menudo complicado para quienes están pensando en vender una propiedad a través de una inmobiliaria en España. En mi opinión personal, creo que la claridad y la comprensión son cruciales al abordar estos asuntos.

    La primera situación sobre la comisión en caso de un agente que no desempeña bien su trabajo puede ser frustrante. Es natural esperar un servicio de alta calidad, y si sentimos que no lo hemos recibido, podría parecer injusto tener que pagar la comisión completa. Sin embargo, el artículo destaca un punto importante: si el agente logra poner en contacto al comprador y se completa la venta, todavía estamos obligados a cumplir con la comisión. Esto resalta la importancia de la claridad en los contratos y las expectativas mutuas entre los vendedores y las inmobiliarias.

    La segunda situación acerca de la exclusividad también tiene sus matices. La idea de firmar un contrato de exclusividad puede ser un tanto controvertida, pero es interesante ver que, según el Tribunal Supremo, estas cláusulas deben cumplirse. La ley está del lado de que el propietario y la agencia deben respetar el contrato de exclusividad. Sin embargo, si los vendedores consiguen al comprador por su cuenta, es posible que puedan negociar con el intermediario para encontrar un acuerdo equitativo en lugar de pagar la comisión completa.

    La tercera situación destaca la importancia de leer y comprender completamente los términos del contrato antes de firmarlo. Esto es fundamental para evitar sorpresas y malentendidos. Algunas inmobiliarias, especialmente las en línea, tienen diferentes modelos de tarifas que pueden requerir pagos en momentos específicos del proceso. Personalmente, creo que la transparencia y la comunicación abierta entre vendedores y agencias son cruciales para garantizar una relación armoniosa.

    La venta de una propiedad a través de una inmobiliaria puede ser un proceso complejo, pero mantenerse informado y leer cuidadosamente los contratos puede ayudar a evitar problemas y malentendidos. La claridad y la comunicación son esenciales para garantizar que ambas partes estén satisfechas con el resultado final.

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  • José Luis

    Hice un encargo de venta sin exclusividad a una inmobiliaria. Después de mes y medio, quiero cancelarlo.
    Tienen derecho a cobrarme algún cargo, cuando no estaba detallado dicha situación en el contrato?

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    • Paula Eseiza

      Hola, José Luis:

      Depende de lo que diga tu contrato. En general, aunque no tenga compromiso de exclusividad, sí tiene un periodo de vigencia (normalmente de tres o seis meses). Si la inmobiliaria presentara un comprador durante ese periodo y tú te negaras a vender, es posible que te reclamen su comisión. Lo que te aconsejo es que hables con tu agente inmobiliario e intentes negociar para rescindir el contrato. Si esto no es posible, lo mejor es que te asesores con un experto legal.

      ¡Saludos!

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  • ana

    tenia la exclusiva con una inmobiliaria. no la renové y empecé nueva exclusiva con remax. pasando solo un mes, una clienta que trajo la otra inmobiliaria con su exclusiva vigente quiere quedarse la casa y no negocia nada el precio. Pero he decidido no venderselo y aceptar otra oferta de un cliente de remax (aunque ha sido presentado más tarde).

    La primera inmobiliaria me puso en contrato que si un cliente suyo formalizaba la compraventa durante los 12 meses siguientes tenia que pagarle los honorarios (yo lo firme consciente).

    Ahora, como yo me he negado a venderlo a esa clienta aunque fuera primero, y hubiera realizado la visita antes que los otros de remax, ¿la otra inmobiliaria puede reclarmarme los honorarios? gracias

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    • Paula Eseiza

      Hola, Ana:

      Si el contrato de exclusividad ya no estaba vigente cuando te hicieron la oferta de compra y no vendes la casa a la clienta presentada por la otra inmobiliaria, a priori, no tendría derecho a reclamarte sus honorarios. Ahora bien, hay una cláusula del contrato que te aconsejo verificar y es la de prórroga tácita. Es una cláusula que incluyen la mayoría de los contratos inmobiliarios y establece que el acuerdo de exclusividad se renueva automáticamente, salvo que una de las partes exprese por escrito lo contrario. Si no has anulado el acuerdo por escrito, es posible que la exclusividad siga vigente, formalmente hablando, y por tanto, podrían reclamarte la comisión.

      Así que, mi consejo es que primero revises el contrato de la primera inmobiliario y, en caso de que exista dicha cláusula, te asesores con un experto legal.

      ¡Espero que te ayude!

      Responder
  • Asunción

    Si una inmobiliaria me ha cobrado 4000 € sin qu eyo hay afirmado ningún contrato con ellos, sino que son ellos los que se han puesto en contacto conmigo, me hacen un contrato de arras mal hecho que he tenido que rehacer yo, y yo estoy haciendo todas las gestiones ¿ tiene derecho a cobrarme además una comisión sobre la venta?

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