El TJUE aclara cuándo puede ser abusiva la renegociación de una cláusula suelo
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El TJUE aclara cuándo puede ser abusiva la renegociación de una cláusula suelo

Renegociación de la cláusula suelo

En 2013, el Tribunal Supremo sentenció que incluir una cláusula suelo en una hipoteca (un interés mínimo) era abusivo si no se explicó al cliente cómo le afectaría su posible aplicación. A partir de entonces, para evitar que les llevaran a juicio, muchos bancos pactaron con sus clientes para que estos aceptaran no denunciarles a cambio de rebajarles o quitarles ese tipo mínimo. Ahora, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea recuerda (TJUE), en un fallo emitido a principios de marzo, que esa renegociación solo es válida si la entidad proporcionó la suficiente información al hipotecado.

¿Cuándo es válido renegociar cláusulas suelo?

Como ya sentenció en julio de 2020, el TJUE no cree que renegociar el suelo hipotecario (ya fuera para quitarlo o rebajarlo) sea abusivo por defecto. Ahora bien, en su reciente fallo, este organismo recuerda que estos pactos solo pueden considerarse válidos si los bancos fueron transparentes al ofrecerlos, es decir, si se cumplían los siguientes requisitos:

  • Si se informó al cliente de que la cláusula suelo de su hipoteca era abusiva y que, en consecuencia, tenía derecho a reclamar su nulidad ante un juzgado (su eliminación).
  • Si el contrato con el que se formalizaba la renegociación estaba redactado “de forma clara y comprensible”.

Además, si el pacto se firmó para rebajar el interés mínimo (en vez de para eliminarlo), el banco tenía que explicar al cliente en qué casos se podría aplicar ese nuevo tipo mínimo. En caso contrario, su introducción sería abusiva, así que el hipotecado tendría derecho a exigir su eliminación.

¿Es legal que me hicieran firmar un pacto de no reclamación?

Como comentábamos, los bancos ofrecían estos acuerdos para que los hipotecados con un interés mínimo abusivo no les denunciaran. Ahora bien, ¿es una práctica legal? Veamos qué dice al respecto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea:

  • Es legal que el cliente renuncie a interponer acciones legales por una cláusula abusiva como el suelo hipotecario, siempre que sepa que tiene ese derecho.
  • Es ilegal que el banco incluya en el pacto la renuncia a denunciarle en el futuro de manera genérica.

En consecuencia, los pactos de no reclamación únicamente son válidos si se firman para renunciar a denunciar al banco por la cláusula suelo original. Si se formalizan para renunciar a denunciarle de forma genérica, lo que impediría reclamar por el suelo rebajado o por cualquier otra cláusula abusiva, el acuerdo es inválido.

¿La renegociación de tu cláusula suelo fue abusiva? ¡Reclama!

Los bancos, lamentablemente, no siempre siguieron estos requisitos establecidos por el TJUE. Y es que muchos no dieron la suficiente información al cliente o le forzaron a renunciar a interponer cualquier acción judicial en el futuro.

Si formalizamos uno de estos pactos de renegociación y consideramos que no se cumplieron estos requisitos, podemos interponer una denuncia para que se invalide la parte del acuerdo que sea abusiva: el nuevo suelo rebajado, la imposibilidad de reclamar, etc. Para ello, podemos acudir a un abogado o a una asociación de consumidores, que se encargarán de estudiar nuestro caso y de tramitar la demanda.

Además, si firmamos un pacto de no reclamación que es inválido según los criterios del TJUE, podemos exigir la devolución de lo que el banco nos cobró de más por su suelo. Con la siguiente calculadora gratuita podemos averiguar cuánto nos debe nuestra entidad:

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Autor: Miquel Riera

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