Cómo reclamar a un banco en 10 preguntas
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Cómo reclamar a un banco en 10 preguntas

banco de España
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A. Portolés

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Son muchos los motivos por los que un cliente puede decidir presentar una reclamación o queja ante su banco: el cobro de comisiones exageradas o indebidas, una promesa incumplida, falta de información sobre los peligros de un producto, condiciones o servicios asociados que no figuraban en el contrato, etc… Desde HelpMyCash resolvemos diez preguntas frecuentes sobre cómo reclamar a un banco para que tengas la seguridad y conocimientos necesarios para realizar este trámite correctamente.

Guía: Cómo reclamar a un banco paso a paso

¿Cómo reclamar a un banco paso a paso?

A continuación, damos respuesta a las diez preguntas más frecuentes, las cuales te servirán de apoyo a la hora de tramitar la reclamación a tu banco:

¿Quién puede reclamar a un banco?

Cualquier persona física o jurídica cliente de una entidad supervisada por el Banco de España (BdE) puede reclamar a su banco. Los clientes bancarios, además, pueden reclamar ante las autoridades de Consumo de su comunidad autónoma (CC.AA.) si no están de acuerdo, por ejemplo, con las comisiones que el banco les obliga a pagar.

¿Contra quién puede ir la reclamación?

La reclamación puede ir contra:

  • Bancos.
  • Cajas de ahorro.
  • Cooperativas de crédito.
  • El Instituto de Crédito Oficial.
  • La Confederación Española de Cajas de Ahorro.
  • Establecimientos financieros de crédito (EFC).
  • Sociedades de tasación.
  • Establecimientos de cambio de moneda extranjera autorizados.

¿Por qué se puede reclamar a un banco?

Por motivos relacionados con tus derechos e intereses que estén recogidos en el contrato que firmas con la entidad, la normativa de transparencia y protección del cliente, las buenas prácticas bancarias y los usos bancarios.

¿Están obligados a aceptar la reclamación?

Sí, siempre que:

  • No falten datos importantes.
  • El asunto sea de competencia directa de la entidad (y no de órganos administrativos o judiciales).
  • La queja tenga que ver con nuestros derechos e intereses.
  • La reclamación no haya sido presentada y resuelta con anterioridad.
  • Estemos dentro del plazo previsto para la presentación de reclamaciones.

¿Qué pasa si la entidad deniega la reclamación?

Si la entidad deniega por escrito tu reclamación o bien han transcurrido dos meses desde tu queja formal sin que se haya dado ninguna resolución, podrás poner otra reclamación por escrito dirigida al Servicio de Reclamaciones del Banco de España; C/Alcalá 48, 28014 de Madrid o a cualquiera de las sucursales del BdE. Suelen dar respuesta en un plazo de seis meses.

¿Puede el banco de España no aceptar la reclamación?

Puede no aceptarla si:

  • Faltan datos importantes o si son diferentes de los presentados en la primera reclamación ante la entidad.
  • Si no acreditas que hayan pasado dos meses desde la reclamación.
  • Si la misma reclamación ya ha sido presentada anteriormente.
  • Si ya ha transcurrido el plazo de extinción de acciones o derechos.
  • Cuando se trate de hechos cuyo conocimiento es competencia de órganos administrativos, arbitrales o judiciales.

¿Cuál es el primer paso para reclamar al banco?

En primer lugar, debes dirigirte al Servicio de Atención al Cliente de la entidad con la que has tenido el problema y proceder a la reclamación por escrito. La entidad deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones y resolverlas o denegarlas también por escrito y argumentando su postura. Enviar al directo de la oficina por carta certificada explicando exactamente todo lo acontecido: cuál es tu problema y cómo te ha asesorado el personal bancario.

También es posible ponerse en contacto con el SAC del banco o Defensor al cliente vía email. En la guía sobre cómo reclamar al banco te explicamos más detalladamente cómo empezar tu reclamación.

¿Qué pasa después?

Si el banco te da una respuesta que no te complace o bien no te ha dado respuesta, puedes presentar tu queja ante el Banco de España por vía telemática, por correo postal o en una de sus oficinas repartidas por toda España. ¡Atención! Es sí o sí obligatorio haber presentado antes la queja ante el SAC de tu banco.

Una vez hecha la reclamación ante el BdE, se abre un expediente con la documentación presentada. Cuando el BdE la da por válida y completa, la entidad a quien se dirige tu reclamación tiene 15 días para remitir sus alegaciones. Es una vez recibidas estas alegaciones cuando se procede al estudio de la reclamación, si las dos partes mantienen su postura.

¿Qué repercusión tiene el veredicto final del Banco de España?

El BdE presentará un informe meramente informativo. Si este informe resulta desfavorable para la entidad reclamada, esta estará obligada a informar al Servicio de Reclamaciones del BdE si ha procedido a la rectificación voluntaria en un plazo no superior a un mes desde su notificación.

Quizás te interesa: ¿Poner una reclamación al Banco de España, ¿sirve de algo?

¿Y si la reclamación ante el Banco de España no surte efecto?

No has alcanzado tu objetivo, pero lo habrás intentado. No obstante, si deseas seguir adelante, es posible. En ese caso, será necesario recurrir a la vía legal, bien sea a través de una acusación particular o formando parte de una causa común a través de una asociación de consumidores como Ausbanc, ADICAE, etc… las cuales han ganado varios casos multitudinarios en contra de importantes entidades.

¿Tienes más preguntas?

Si has tenido problemas con tu préstamo, cuenta bancaria, hipoteca o con cualquiera de los servicios del banco y necesitas reclamar pero no sabes por dónde empezar en tu caso particular, puedes preguntarnos en el Foro de HelpMyCash de forma gratuita. ¡Estaremos encantados de ayudarte! Respuestas en un día hábil.

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¡Novedad! Nuevo criterio de Consumo y las CCAA

Si eres unos de los afectados por las subidas de las comisiones de una cuenta que contratase y reclamas a las autoridades de Consumo, podrían resolver favorablemente tu expediente. El pasado 24 de enero, el Ministerio de consumo y las comunidades autónomas acordaron un criterio único para resolver las reclamaciones por cambios en los contratos cuando en la oferta comercial original de la cuenta se incluían expresiones como «sin gastos» o «cero comisiones» y se comprometen a seguirlo e interpretar la normativa vigente de la misma forma en todas las comunidades. Toda la información en este artículo.

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Categoría(s) del artículo:  Defensa del consumidorDepósitosLey hipotecaria

Autor: A. Portolés

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Comentarios

  • Gonzalo

    He puesto una reclamación al Banco Santander por las comisiones de mantenimiento de una cuenta para la hipoteca. Me responden negativamente porque tengo disposiciones en efectivo que saqué con la libreta en ventanilla. ¿Se pueden escusar en eso? ¿ o se puede considerar como parte de mis gestiones para el uso único del pago de hipoteca?. No tengo ni recibos ni nómina ni tarjetas.

    • Elisenda Picart

      Hola, Gonzalo
      En principio, los bancos no pueden cobrarte comisiones a la cuenta asociada a la hipoteca si esta es de uso exclusivo para pagar las cuotas del préstamo. Si firmaste la hipoteca antes del año 2012 la ley dictaba que “no era posible el cobro de comisiones en las cuentas instrumentales de los depósitos, de los préstamos o de los créditos, siempre que se utilizaran exclusivamente para la gestión de dichos productos”. A partir del año 2012 esta cláusula se modificó y, aunque el cobro de las comisiones de la cuenta asociada no se contempla en el Código de Buenas Prácticas Bancarias, sí se podrían aplicar si el banco ha informado previamente a sus clientes.
      En tu caso concreto, al retirar dinero con la libreta en ventanilla incumpliste el requisito de mantener una cuenta única y exclusivamente para pagar las cuotas de la hipoteca, por lo que es legal que te apliquen comisiones.
      Un saludo,

  • Patricia

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, en diciembre de 2015 perdí el dni y el 8 de agosto han abierto una cuenta con el dni que perdí en un banco y obviamente yo no he sido, me he dado cuenta porque me han enviado la tarjeta de débito a mi casa y he acudido a la sucursal en cuestión. ¿se puede reclamar al banco?la cuenta estaba a cero por lo que no me ha supuesto dinero pues he llegado a tiempo, pero he pedido el contrato y no me han dado nada, han quedado en llamarme y no lo han hecho y he mandado un mail a atencion al cliente y o me han contestado, en g. Civil ne dicen que no puedo denunciar hasta que no me faciliten los contratos en la entidad, ya me he tenido que desplazar dos veces porque es ing y claro no atienden en la sucursal por tlf. Creo que de aunque yo denuncie por usurpación de persona a quien se ha hecho pasar por mi el banco tiene su responsabilidad por no haberse dado cuenta de que la persona que llevaba el dni no era yo.gracias

    • Carme Gomez

      Hola, Patricia:
      Por lo que aquí expones, consideramos que este asunto no se trata de un tema 100 % bancario, sino más bien legal. Por este motivo, te recomendamos que esperes a que ING Direct te facilite la información que les has solicitado y entonces, tomes las medidas que consideres oportunas.

      ¡Un saludo!

  • Janeth isabel sanchez merelo

    Necesito que me ayuden por favor me están cobrando un dinero que nuca hemos pedido de un préstamo personal el banco caixa galicia ahora se llama abanca no sabemos a donde más acudir hemos estado llamando para que nos informen y nadie sabe nada me dicen que ya me llamaran ellos pero nada que contactan conmigo que hago por favor

    • Rafa Tintoré

      Hola, Jeneth isabel sanchez merelo.

      Te recomendamos que sigas tratando de contactar con el banco para que te expliquen de donde proviene el dinero que te han cobrado. Para realizar tu consulta puedes llamarles su número de teléfono (34981910522), escribirles a su formulario online o acudir presencialmente a una de sus oficinas. En el caso de que haya habido un error, de devolverán el dinero de forma íntegra.

      Un saludo.

  • veronica fernandez

    Buenas tarde que puedo hacer mi papá tiene una cuenta en un banco pero ya es una person mayor y quiere retirar su dinero y como ya no ve y no puede firmar no pude retirar su dinero por que no puede firmar bien

  • Nuria

    Buenas cuando me hicieron la hipoteca en Ibercaja me hicieron un seguro de vida, este año no quiero el seguro de vida y cuando me lo han cobrado he ido para que me lo devueva. El empleado me dice que no me lo pueden devolver por escasa vinculación con la entidad ya que allí sólo pagó la hipoteca no tengo nómina ni nada. He puesto reclamacion, es eso legal pueden obligarme a pagar un seguro que yo no quiero como consecuencia de ese recibo me dejaron la cuenta en descubierto y me cobraron 35 euros de Comisión.

    • Rodrigo Blanch

      Hola, Nuria.

      Vamos por partes.
      Para cancelar un seguro necesitas hacerlo 2 meses antes de su renovación automática. Podrías intentar hacer que el banco te devuelva el pago del seguro, en tanto que recibo domiciliado, aunque si el seguro lo tienes contratado con Ibercaja, es bastante difícil que te lo devuelvan.
      Lo que sí es absolutamente cierto es que no te pueden obligar a contratar un seguro de vida. Únicamente el seguro anti-incendios es obligatorio en las hipotecas. Que tu vinculación sea baja puede tener un impacto negativo en tu diferencia, pero eso es todo (es decir, en cuanto canceles el seguro de vida, lo más normal es que te aumenten la cuota mensual de la hipoteca).
      Después, respecto al cobro por descubierto, a menos que pudieras demostrar de manera absoluta que renunciaste a contratar el seguro de vida con antelación, que luego te lo cobraron y que por ello estás en descubierto, vemos muy difícil que te devuelvan el dinero. El importe por descubierto, aunque elevado, está dentro de los márgenes de la banca (puede llegar a ser de hasta 50 euros).
      Resumiendo: el hecho de obligarte a contratar un producto, nos parece cuestionable. Habría que conocer en detalle las circunstancias en las que rechazaste el seguro.
      Puedes descargar la guía gratuita para descargar al banco que encontrarás al final del anterior artículo, con toda la información sobre el proceso.

      ¡Un saludo y suerte!

  • Carlos

    Buenos días, tengo una hipoteca en La Caixa y no tengo ningun producto a mayores contratado con ellos (no tengo ni tarjetas, ni productos..) Me estan cobrando una comision de mantenimiento de cuenta mensual. Al tener solo contratado con ellos la hipoteca se que no pueden cobrarme comisiones, pero no encuentro la ley o decreto donde venga explicado este caso concretamente. ¿Podrías decirme donde puedo consultar el o los articulos? Gracias….

    • Rodrigo Blanch

      Hola Carlos,
      La información que buscas la puedes encontrar en la memoria de reclamaciones del Banco de España de 2014, página 130, respecto a «Comisiones de mantenimiento y administración en cuentas vinculadas».
      En el documento se especifica que para las hipotecas firmadas antes de 2012 no se pueden cobrar comisiones en la cuenta asociada, siempre y cuando esta sea utilizada exclusivamente para el pago de las cuotas.
      Si firmaste tu hipoteca después de ese año, podrán cobrarte comisiones siempre y cuando se cumplan las todas las siguientes condiciones:
      1- Que en la oferta vinculante figure que la cuenta asociada tiene un coste
      2- Que te hubieran informado de la parte del coste total que corresponde al mantenimiento de tu cuenta
      3-Que tanto la contratación de la cuenta como su coste se recojan en tu contrato
      4-Que dicho coste no sea modificado unilateralmente por la entidad.

      Si estás dentro de estos parámetros, podrías exigir la devolución de las comisiones y la anulación de futuros cobros.

      ¡Un saludo!

      • Carlos

        ok. muchas gracias por tu respuesta, firmé la hipoteca en 2005, así que no deberían de cobrarme las comisiones. Voy a buscar la informción que me comentas. Un saludo y muchisimas gracias.

  • Chelsi

    tengo una deuda en un banco y me obligan a tener una cuenta corriente para hacer los pagos, me pueden cobrar comisiones de mantenimiento de cuenta si yo solo la tengo para ingresar las cuotas mensuales

    • Carme Gomez

      Hola Chelsi,
      Los bancos pueden cobrarnos comisiones por todo aquello que ellos consideren conveniente. Te recomendamos que revises el contrato de tu cuenta corriente y si no estás conforme con las condiciones, hables con el personal de tu oficina y trates de llegar a un acuerdo.

      ¡Un saludo!

  • María del Rocío

    por mucho que quisiera leer el libro que creo que sera de mucha ayuda yo no puedo ni leer,estoy con medicación muy fuerte y los sentidos como la vista y otro estoy desorientada.gracias tanto si me podéis ayudar como si no. un saludo

  • María del Rocío

    disculpa ,me he espesado mal,quisiera que me dierais vuestra opinión y que puedo hacer sobre lo que me esta pasado. igualmente os digo que al escribir me he equivocado ,ya se que soy la caixa y siento el error que he cometido. por favor podéis asesorarme? tengo hasta depresión por lo que la caixa bank me están haciendo.

    • María del Rocío

      veis que me equivoco!!!!!!!!! ,se que no sois de la caixa

  • María del Rocío

    Se niegan a darme todo lo publicitado,cumpliendo yo con todo los requisitos de la oferta. y ahora me dicen que es el criterio de la entidad la que tiene que sopesar el riesgo de dar me la oferta y se niegan en rotundo.

    • Carme Gomez

      Hola María del Rocío,
      Sintiéndolo mucho nosotros no somos CaixaBank, simplemente somos un comparador de productos bancarios y servicios financieros.
      A continuación, encontrarás una guía de descarga gratuita que te puede ayudar a la hora de tomar cartas en el asunto:
      Guía: Cómo reclamar a un banco

      ¡Un saludo!

  • María del Rocío

    Soy María Del Rocío cliente de la cuenta estrella de una entidad de caixa bank. Tengo varias quejas de sus oficinas, más precisamente la entidad nº 2100 8508, ayer por la mañana fui a ésta a poner dos reclamaciones, una a la Junta de Andalucía y otra a la atención al cliente, ambas por ofertar algo que no está debidamente completo con las condiciones que luego son, engañar con comisiones que no deberían de haberme cobrado, otra por no devolver el dinero que me han cobrado sin yo saber nada cumpliendo yo todas las condiciones de la promoción, y otra por la atención al cliente dada, ya que esta última deja mucho que desear puesto que fui a poner las dos reclamaciones, las rellené adecuadamente como me indicaban éstas, he de decir que una de las hojas de reclamaciones no era una hoja de reclamaciones en sí, sino una hoja simple en la que yo podía dar opiniones para ayudarles a mejorar, tras todo esto, tras rellenar las reclamaciones le pedí a una de sus compañeras que me sellara la documentación adjunta y se negó, al ver esto llamé a la policía local y ellos me dijeron que era una obligación que ellos tienen de sellarme la documentación adjuntada. Cuando ya había terminado de sellar y redactar todo se lo dí a ella y me amenazó tanto ella como la entidad que en el plazo de 15 días recibiría un burofax informando que la cuenta estaría anulada. A la mañana siguiente, osea el 7 de junio no ha parado de llamarme un número móvil (****) al que tras recibir esas llamadas llamé y me dijeron que eran de Caixa Bank, les pregunté que querían y se hicieron los tontos con un tono agresivo y a la defensiva diciendo que ellos no son los que me llaman, y podrían comprobar que tengo varias llamadas suyas.

  • Marce

    Buenos días, necesito ayuda ya que creo que mi banco pretende cobrarme indebidamente unas comisiones y necesito saber si estoy en lo cierto.
    Al intentar liquidar un plazo fijo que tengo en divisas (dólares usa) quieren cobrarme una comisión (bastante alta) por cambio de divisas. Yo contraje el plazo fijo en dólares entregando un cheque bancario de dólares, y ahora quiero llevarme el importe total en dólares. Debo pagar?
    -Además con esta misma cuenta acaban de reconocerme el cobro indebido de comisiones que cuento también me las abonen.-

    • Carme Gomez

      Hola Marce,
      Si contrataste el depósito en dólares y quieres que se te abonen los intereses generados en dólares, en principio no debería de haber ningún problema ni deberías pagar ninguna comisión por cambio de divisas. Ahora bien, te recomendamos que revises el contrato por si existiera alguna cláusula que especificará que la liquidación de intereses tuviera que ser en una moneda diferente establecida por el propio banco.

      ¡Un saludo!

      • Marce

        gracias por contestar tan rápido!
        yo quiero ya cancelar el plazo fijo, que me devuelvan todo el capital, puse dólares y quiero dólares, y es sobre el total que me dicen que debo pagar comisión por cambio de divisas… es lícito?

  • jose

    buenos días, os explico mi situación, mi padre falleció cuando yo era pequeño, después mi madre salió con un hombre durante 10 años en los que si vivian juntos, pero no se casaron ni nada. éste hombre creó una cuenta a mi nombre como titular firmando él como mi representante, se puede reclamar algún tipo de cosa, puedo reclamar los importes que aparecen en la cuenta y que él ha ido disponiendo mientras yo era menor? desconocia la existencia de ésta cuenta y ahora tengo 26 años. ésta persona no tenia ningún poder de representación sobre mi

    • Carme Gomez

      Hola Jose,
      En principio, únicamente aquella persona que tuviera la patria potestad sobre ti es la que podría haber abierto una cuenta bancaria a tu nombre. Por tanto, te recomendamos que revises el contrato o, en su defecto, consultes con el banco.

      ¡Un saludo!

  • Virginia

    Recibí una carta por parte de Caja Mar en la cual me informaban que a partir del 15 de junio 2016 cambiaban las condiciones de las cuotas de mantenimiento de la cuenta corriente.
    Me acerque a la oficina en la C/San Roque de Castellón, y allí me informaron de que tenia que reunir una serie de condiciones para que no me cobrasen comisión de mantenimiento de la libreta, (15€ trimestrales). Les pedí la información por escrito pero se negaron, así que de forma oral, me informaron de las condiciones siguientes:
    -Tener la pensión domiciliada
    -Un saldo medio que superase los 3000€
    -Y una tarjeta de crédito con un consumo anual superior a 2200€ anuales. La emisión y mantenimiento de esa tarjeta no tendría ningún coste para mi. Con esas condiciones la solicité, pero al entregarme el contrato y leerlo detenidamente en casa, veo que no pone por ningún sitio en el contrato, esa afirmación, muy al contrario, que me cobrarán gastos por emisión y gastos por mantenimiento, con alguna reducción, que al final siempre me saldrá a pagar. Llamo por teléfono para informarme mejor, y la empleada dice que no pone que no cobrarán, pero si hago un gasto de 2200€ anuales con ella no me cobrarán nada… ¿Pero yo tengo que firmar que les autorizo a que me cobren?
    Es por lo que no firmo el contrato, y no deseo que me emitan ninguna tarjeta de crédito con esas condiciones.
    El banco sin tener el contrato firmado, se ha adelantado y ha cobrado de mi libreta 15€ por emisión de la tarjeta de crédito. Sin tener ningún contrato firmado por mi parte.
    ¿Pueden hacer eso?

    • Carme Gomez

      Hola Virginia,
      Por lo que aquí expones, y si la entidad te avisó dentro de un plazo de 2 meses de antelación y mantienes la misma cuenta bancaria, este tipo de cambios sí que pueden hacerse efectivos sin necesidad de firmar nada.

      ¡Un saludo!

  • ANTONIO

    hola,tengo un problema con mi banco y quisiera aber como debo actuar o que debo hacer.compre ua nave la cual estaba casi terminada de pagar pero tenia una poliza en el banco la cual no me querian renovar cuando llego la crisis y me dijeron de hacer una hipoteca a la nave para saldar la poliza,en mi buena fe accedi a la propuesta del banco pero despues de meses pagando no pude seguir haciendo frente a la letra por lo que tuve que dejar de pagar,el tema es que nunca me han dado la opcion de alguna negociacion o cualquier ayuda para pagar menos y ahora que tengo la posibilidad de poder pagar pues ni me escuchan,ya se han adjudicado la nave y este viernes toman la posesion, y queria saber si puedo reclamar de alguna manera ya que no me han dado la posibilidad de poder hacer una renegociacion y encima el director de una manera muy prepotente esta deseando ya tener la nave porque segun sus comentarios se la tiene vendida a un amigo y nunca me ha dado opcion ninguna de pago,cuando en su dia cambie una garantia personal con la que estaba la poliza por una garantia real como es la nave,creo que tambien el banco tiene un codigo de conducta el cual se esta saltando el director regocijandose que es para un amigo suyo que seguramente le estara dando algo bajo manga,gracias y a ver si me pueden ayudar o decirme donde dirigirme

  • Myriam

    Me he olvidado mencionar, que ya me quejé de dichas comisiones que me cobran en mi cuenta corriente, y me dijeron que si no quería pagarlas que hiciera un ingreso en su capital social de 1.800€ y así no pagaría nada más… (me parece una broma de mal gusto).

  • Myriam

    Buenas noches,
    En 2010 firmé una hipoteca con RuralCaja, me obligaron a abrir una cuenta corriente con ellos (domiciliando mi nómina) y a contratar seguro de vida y hogar.
    No me cobraban comisiones de ningún tipo en la cuenta y, además, puesto que habían muy pocas sucursales de mi banco se podía sacar dinero en cualquier cajero con Servired que no estuviera en el mismo código postal que una sucursal de dicho banco.
    En 2013 intenté cambiar de seguro de hogar, ya que vi otro que me salía a mejor precio, y en el banco me alamaron (y metieron el miedo en el cuerpo) diciendo que si lo hacía me subiría la hipoteca. Así que no lo hice.
    No sé si ha sido a partir de la fusión culminada de Ruralcaja y Cajamar o cuándo, pero me están cobrando 5€ mensuales de comisiones en mi cuenta, además de que las condiciones para sacar dinero en cajeros servired ha cambiado, por lo que me cobran en cualquier lugar que no sea mi banco (en mi localidad de 120.000 habitantes sólo hay un cajero).
    Quisiera saber si:
    1. ¿Realmente me subiría la hipoteca si cambiara mi seguro del hogar a otra compañía?
    2. ¿Es lícito (y legal) que me cobren comisiones en una cuenta que ellos me obligaron a abrir?

    Muchísimas gracias,

    Myriam Romero

    • Rodrigo Blanch

      Hola Myriam,

      Vamos a responder por partes a tus preguntas:
      1º¿Realmente me subiría la hipoteca si cambiara mi seguro del hogar a otra compañía?
      Sí. Esto es lo que se conoce como vinculación. Los bancos ofrecen tipos de interés atractivos, pero que luego obligan a contratar otros productos. Al reducir los productos que tenemos contratados por el banco, es habitual que aumente el diferencial.
      2º ¿Es lícito (y legal) que me cobren comisiones en una cuenta que ellos me obligaron a abrir?
      Depende, aunque en tu caso no sería legal. Para las hipotecas firmadas después de 2013, el banco tiene que indicar específicamente y por contrato el coste de la cuenta asociada. Visto que la tuya es anterior, se acoge a que el cobro de comisiones en una cuenta que te han obligado a abrir se considera mala praxis bancaria y, por lo tanto, te deberían devolver las comisiones. Puedes consultar esta información en la Memoria de Reclamaciones de 2014 del Banco de España, página 130 y 131 (el documento se encuentra online).
      3º (En tu siguiente comentario) Participar en el capital social es como si fueses accionista de la entidad; es otra de las maneras habituales de vincularse con el banco.

      ¡Un saludo!

  • Lourdes

    Buenos días, mi caso es con Novanca, ahora absorbida por Caja Rural de Jaen. Tengo un depósito desde hace unos meses para el cual me obligaron a abrir una cuenta en la que me ingresan los intereses. Las cuentas de Novanca no tenían comisiones. El pasado 28 de abril fui a mi oficina a contratar otro depósito a plazo fijo. Les di el número de cuenta de otra entidad dónde tenía el dinero y quedamos en que la semana siguiente me avisarían para firmar el depósito. El día 4 de mayo recibí una carta en la que me informaban del cobro de comisiones a partir del 1 de abril. Al día siguiente acudo a la oficina para informarme de esto y me dicen que efectivamente me van cobrar por tener la cuenta en la que me ingresan los intereses del depósito anterior y del nuevo. Cuando fui a contratar el depósito nuevo no me informaron en ningún momento de las nuevas condiciones. Por todo esto ya no me interesa contratar el nuevo depósito pero me dijeron que ya estaba abierto y no podía sacarlo hasta dentro de dos meses cuando ni siquiera he firmado nada. Les pregunté la forma de ponerles una reclamación y me dijeron que a través del correo electrónico. Les he enviado un correo reclamando mi dinero hace tres días y de momento no me han contestado. Me da la sensación de que no me van a contestar y el tiempo va a pasar y yo seguiré sin mi dinero. Si pasan los dos meses que me dijeron no sé si encima me devolverán menos dinero del que ingresaron por comisiones por cancelación anticipada y retenciones de IRPF. Les agradecería que me orientaran sobre qué es lo que debo hacer. Muchas gracias

    • Carme Gomez

      Hola Lourdes,
      Tal cual lo has expuesto aquí, tu banco ha cometido un par de irregularidades:
      • En primer lugar, cualquier modificación de las condiciones de un producto ya contratado debe ser notificada al cliente con al menos 2 meses de antelación.
      • En segundo lugar, en el caso de que hayas decidido renovar un depósito ya contratado, la entidad bancaria no puede modificar las condiciones de contratación establecidas previamente.

      Para la realización de reclamaciones formales, los bancos disponen de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) o del Cliente (DEC), el cual tiene la obligación de emitir una respuesta en un plazo máximo de 2 meses. Si trascurrido ese período de tiempo no has recibido respuesta o simplemente la resolución recibida no te ha sido favorable, tienes la posibilidad de dirigirte al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
      Para resolver tus dudas sobre estos trámites, te recomendamos que te descargues gratis nuestra guía Reclamar a un banco: ¿cómo, dónde y con qué papeles?

      Descarga la guía Reclamar a un banco: ¿cómo, dónde y con qué papeles?

      ¡Un saludo!

  • Agustina Battioli

    Buenas tardes, Victoria.
    Si no terminaste de reembolsar la totalidad de la cantidad dispuesta a crédito y no pagaste las cuotas que faltaban, la entidad te habrá cobrado los intereses de demora y las comisiones de reclamación. De todas maneras, si te reclaman una deuda siempre deberán entregarte un extracto que especifique la cantidad y procedencia de la misma. También podrás acudir a la entidad para que te expliquen de dónde procede la deuda. También puedes llamar para asegurarte de que la tarjeta ha sido o no cancelada (si lo fue, es que ya no tenías saldo pendiente), cuándo se canceló y por qué te reclaman ese pago.
    Si no tienes los recibos del reembolso, la entidad en principio debería concedértelos si guardan un registro, aunque pueden cobrar una comisión por ello.
    En el caso de que no estés de acuerdo con este cobro, puedes descargarte la guía gratuita “Cómo reclamar a tu banco” para conocer a dónde deberías ir para la reclamación, qué leyes son las que te amparan o cuáles son las obligaciones de tu banco, entre otra información de interés.
    Espero haberte ayudado.
    ¡Un saludo!

  • victoria

    Mi caso es que yo tenia un tarjeta de credito de Bankinter Obsidiana y hace unos tres años me reclamaron el importe 1,625 euros total que yo cada mes hacia un ingreso de 100 o 200 euros hasta practicamente finalizar la deuda, mi fallo es que no guarde los papeles del ingreso, mi padre estaba muy enfermo y fallecio y ya no me acorde de saber si estaba cancelada o quizas me quedo pendiente un pico de 100 euros.Total que ahora me encuentro que me han reclamado la totalidad de la tarjeta y encima me han embargado las cuenta por 2000 euros y no hay manera que nadie me pueda facilitar un extracto de la cuenta donde yo hacia los ingresos y claro estoy desesperada,no se que puedo hacer!

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