Cómo reclamar a un banco en 10 preguntas
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Cómo reclamar a un banco en 10 preguntas

banco de España
A
A. Portolés

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Son muchos los motivos por los que un cliente puede decidir presentar una reclamación o queja ante su banco: el cobro de comisiones exageradas o indebidas, una promesa incumplida, falta de información sobre los peligros de un producto, condiciones o servicios asociados que no figuraban en el contrato, etc… Desde HelpMyCash resolvemos diez preguntas frecuentes sobre cómo reclamar a un banco para que tengas la seguridad y conocimientos necesarios para realizar este trámite correctamente.

Guía: Cómo reclamar a un banco paso a paso

¿Cómo reclamar a un banco paso a paso?

A continuación, damos respuesta a las diez preguntas más frecuentes, las cuales te servirán de apoyo a la hora de tramitar la reclamación a tu banco:

¿Quién puede reclamar a un banco?

Cualquier persona física o jurídica cliente de una entidad supervisada por el Banco de España (BdE) puede reclamar a su banco. Los clientes bancarios, además, pueden reclamar ante las autoridades de Consumo de su comunidad autónoma (CC.AA.) si no están de acuerdo, por ejemplo, con las comisiones que el banco les obliga a pagar.

¿Contra quién puede ir la reclamación?

La reclamación puede ir contra:

  • Bancos.
  • Cajas de ahorro.
  • Cooperativas de crédito.
  • El Instituto de Crédito Oficial.
  • La Confederación Española de Cajas de Ahorro.
  • Establecimientos financieros de crédito (EFC).
  • Sociedades de tasación.
  • Establecimientos de cambio de moneda extranjera autorizados.

¿Por qué se puede reclamar a un banco?

Por motivos relacionados con tus derechos e intereses que estén recogidos en el contrato que firmas con la entidad, la normativa de transparencia y protección del cliente, las buenas prácticas bancarias y los usos bancarios.

¿Están obligados a aceptar la reclamación?

Sí, siempre que:

  • No falten datos importantes.
  • El asunto sea de competencia directa de la entidad (y no de órganos administrativos o judiciales).
  • La queja tenga que ver con nuestros derechos e intereses.
  • La reclamación no haya sido presentada y resuelta con anterioridad.
  • Estemos dentro del plazo previsto para la presentación de reclamaciones.

¿Qué pasa si la entidad deniega la reclamación?

Si la entidad deniega por escrito tu reclamación o bien han transcurrido dos meses desde tu queja formal sin que se haya dado ninguna resolución, podrás poner otra reclamación por escrito dirigida al Servicio de Reclamaciones del Banco de España; C/Alcalá 48, 28014 de Madrid o a cualquiera de las sucursales del BdE. Suelen dar respuesta en un plazo de seis meses.

¿Puede el banco de España no aceptar la reclamación?

Puede no aceptarla si:

  • Faltan datos importantes o si son diferentes de los presentados en la primera reclamación ante la entidad.
  • Si no acreditas que hayan pasado dos meses desde la reclamación.
  • Si la misma reclamación ya ha sido presentada anteriormente.
  • Si ya ha transcurrido el plazo de extinción de acciones o derechos.
  • Cuando se trate de hechos cuyo conocimiento es competencia de órganos administrativos, arbitrales o judiciales.

¿Cuál es el primer paso para reclamar al banco?

En primer lugar, debes dirigirte al Servicio de Atención al Cliente de la entidad con la que has tenido el problema y proceder a la reclamación por escrito. La entidad deberá acusar recibo por escrito de las reclamaciones y resolverlas o denegarlas también por escrito y argumentando su postura. Enviar al directo de la oficina por carta certificada explicando exactamente todo lo acontecido: cuál es tu problema y cómo te ha asesorado el personal bancario.

También es posible ponerse en contacto con el SAC del banco o Defensor al cliente vía email. En la guía sobre cómo reclamar al banco te explicamos más detalladamente cómo empezar tu reclamación.

¿Qué pasa después?

Si el banco te da una respuesta que no te complace o bien no te ha dado respuesta, puedes presentar tu queja ante el Banco de España por vía telemática, por correo postal o en una de sus oficinas repartidas por toda España. ¡Atención! Es sí o sí obligatorio haber presentado antes la queja ante el SAC de tu banco.

Una vez hecha la reclamación ante el BdE, se abre un expediente con la documentación presentada. Cuando el BdE la da por válida y completa, la entidad a quien se dirige tu reclamación tiene 15 días para remitir sus alegaciones. Es una vez recibidas estas alegaciones cuando se procede al estudio de la reclamación, si las dos partes mantienen su postura.

¿Qué repercusión tiene el veredicto final del Banco de España?

El BdE presentará un informe meramente informativo. Si este informe resulta desfavorable para la entidad reclamada, esta estará obligada a informar al Servicio de Reclamaciones del BdE si ha procedido a la rectificación voluntaria en un plazo no superior a un mes desde su notificación.

Quizás te interesa: ¿Poner una reclamación al Banco de España, ¿sirve de algo?

¿Y si la reclamación ante el Banco de España no surte efecto?

No has alcanzado tu objetivo, pero lo habrás intentado. No obstante, si deseas seguir adelante, es posible. En ese caso, será necesario recurrir a la vía legal, bien sea a través de una acusación particular o formando parte de una causa común a través de una asociación de consumidores como Ausbanc, ADICAE, etc… las cuales han ganado varios casos multitudinarios en contra de importantes entidades.

¿Tienes más preguntas?

Si has tenido problemas con tu préstamo, cuenta bancaria, hipoteca o con cualquiera de los servicios del banco y necesitas reclamar pero no sabes por dónde empezar en tu caso particular, puedes preguntarnos en el Foro de HelpMyCash de forma gratuita. ¡Estaremos encantados de ayudarte! Respuestas en un día hábil.

Preguntar a un experto gratis

¡Novedad! Nuevo criterio de Consumo y las CCAA

Si eres unos de los afectados por las subidas de las comisiones de una cuenta que contratase y reclamas a las autoridades de Consumo, podrían resolver favorablemente tu expediente. El pasado 24 de enero, el Ministerio de consumo y las comunidades autónomas acordaron un criterio único para resolver las reclamaciones por cambios en los contratos cuando en la oferta comercial original de la cuenta se incluían expresiones como «sin gastos» o «cero comisiones» y se comprometen a seguirlo e interpretar la normativa vigente de la misma forma en todas las comunidades. Toda la información en este artículo.

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Categoría(s) del artículo:  Defensa del consumidorDepósitosLey hipotecaria

Autor: A. Portolés

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Comentarios

  • Elena Gómez

    Hola, ana isabel romera mora.
    En primer lugar debes valorar si te compensa comenzar una reclamación judicial por ese importe, aunque si ganas (lo cuál parece probable si tienes los recibos y si el banco ya reconoce que te cobró de más), en principio será el propio banco quien deberá asumir las costas.
    En cuanto a si puedes presentar tú misma la reclamación lo desconocemos, por lo que te recomendamos que lo consultes en una organización de consumidores o con un abogado para que te asesoren.
    Un saludo y gracias por utilizar el comparador de hipotecas de HelpMyCash.com.

    Responder
  • ana isabel romera mora

    Buenos días,
    He leido los casos anteriores y no he visto el mio.
    A ver, mi caso es contra BMN. En agosto 2017 detecté un error en el tipo de interes aplicado en mi hipoteca, una vez que pasó el primer año de la misma. Es decir, desde 2004 me han estado cobrando un 0.25 % mas de intereses. Bien, lo comunique y me han dado la razón. Era obvio y objetivo la reclamacion tenía que prosperar. Pero me dicen que los intereses no proceden y que en todo caso tengo la via judicial para solicitarlos. Estamos hablando de 600,49 euros, según yo he calculado. Por otro lado el Banco de España no se moja y tambien me envía a los tribunales. He leido en consumo que si la reclamacion es inferior a 900 euros podría interponer la demanda yo misma, sin necesidad de abogado y procurador, ya que si se incluyen estos profesionales por la cantidad que es no merece la pena reclamar porque se lo van a quedar ellos. En fin ¿que me aconsejais? ¿Es factible que interponga la demanda ? ¿Prosperará?

    Responder
  • JUAN CARLOS

    Tras dos años de reclamaciones a SAC Bankia, abiertos varios expedientes contra Bankia, Bankia me ha cancelado las cuentas y expulsado de cliente. El BE me ha dado la razón en varios expediente «conclusiones». La más importante, SAC Bankia incumple normativa del Servicio en defensa del cliente. «que la actuación de la misma es contraria a los buenos usos y prácticas financieras, al no haber atendido debidamente las distintas reclamaciones».Tras estas conclusiones, los expedientes se archivan y Bankia ha decidido unilateralmente, cancelar mis cuentas de titular o autorizado. Está situación ha afectado directamente a mi familia, cónyuge, hijos, hermanos y la cuenta de mi madre en la cual estaba de autorizado. Madre de 87 años pensionista que no comprende el por qué. SAC Branquia ha tenido una actuación miserable hiriendo sentimientos, ofendiendo y maltratando a toda la familia, no permitiendo entrar en sus oficinas y no ando ninguna explicación, salvo que no son capaces a contestar el volumen de reclamaciones de los clientes. Que 40 reclamaciones les ahogan y les impide trabajar. Me parece burlesco que un cliente pueda desarbolar un departamento tan fácilmente por enviar 40 reclamaciones.

    Responder
  • sonia

    buenos días, mi duda es que tenía dos deudas en el banco, un préstamo personal y una t.visa… la cuestión es que ingresé 1000€ para pagar los prestamos impagados que tenía mas la tarjeta…en el momento de ingreso, lo que ellos hicieron fue, sin avisarme ni nada con ese dinero pagar íntegramente mi tarjeta, dejando de lado el préstamo, no me hicieron firmar nada y cuando veo en mi cuenta via internet me doy cuenta que tengo la tarjeta cancelada. el préstamo sin pagar, y ahora me exigen, tanto a mi como a la aval, el dinero…PUEDEN HACER ESO DE ESA MANERA¿? no firmé nada ni me dijeron nada de nada. gracias de antemano

    Responder
  • Jessica

    Buenas tardes,
    Necesitaba ayuda sobre algo que está pasando a mi marido.
    Tiene una cuenta que no debería tener cuesta . Hoy , por la cuarta vez le han quitado 19.00 llamándolo cta negocio.
    Quería saber lo que podemos hacer para que todo sea restituido.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Marta Monforte

      Hola, Jessica:

      Desconocemos las condiciones de la cuenta y qué tipo de gastos os están cobrando, por lo que no podemos ayudarte como nos gustaría. Puedes consultar en esta página cuáles son las comisiones bancarias más frecuentes y evitables, para identificar si coincide con las vuestras.

      De todos modos, lo mejor es que os pongáis en contacto con el banco y pidáis explicaciones o intentéis negociar con ellos.

      Si tras el encuentro consideráis que se trata de unos costes abusivos, podéis consultar la guía sobre cómo reclamar al banco. Encontraréis toda la información necesaria para hacerlo de forma legal y sencilla.

      Un saludo.

      Responder
  • Pedro

    Buenas tardes, me gustaría que me orientasen un poco con la siguiente cuestión:

    Hace x tiempo recibí una herencia de la cual sólo me correspondería la legítima. El hecho es que, a día de hoy no habíamos llegado a ningún acuerdo, y había un dinero en efectivo en una cuenta bancaria supuestamente «congelada a no ser que el dinero fuese movido con el consentimiento de las partes involucradas». Acabo de enterarme que esa cuenta ha sido cancelada por la otra parte sin mi aprobación, aceptando el banco la operación, y destinando el dinero a otro depósito donde yo no aparezco como titular.
    Me gustaría saber si podría acometer acciones legales tanto en contra de la entidad, por haber realizado la operación sin mi consentimiento (imagino que contra el sujeto que llevo a cabo tal operación, si estaría en pleno derecho). La única duda es esa, si podría denunciar a la entidad.

    Muchísimas gracias,

    Un cordial saludo.

    Responder
    • Marta Monforte

      Hola, Pedro:

      En primer lugar, para entender cómo ha podido producirse este traspaso de fondos sin la autorización de todos los herederos habría que responder varios puntos:

      • El traspaso ha sido llevado a cabo, ¿antes o después de la muerte del titular?

      • ¿La entidad bancaria había sido informada de la defunción del titular?

      ¿Quién dispuso de la cuenta y qué derecho tenía sobre esta? ¿Era un cotitular solidario o tenía autorización para hacerlo? En cualquiera de esos dos casos difícilmente puede imputarse a la entidad un ilícito penal.

      Si te sientes perjudicado deberías averiguar quién solicitó la cancelación y la transferencia. Si esta fue realmente posterior a la defunción del titular y por una persona que no pertenecía a la cuenta puedes iniciar acciones contra quien corresponda.

      En cualquier caso, para evitar que puedan producirse otros actos de disposición de los bienes que integran el testamento nuestra recomendación es solicitar formalmente la formación de inventario y/o administración de la custodia y el reparto de los bienes de la herencia ante notario.

      En definitiva, la mejor opción es que busques asesoramiento legal. Esperamos que te haya ayudado la información, pero recuerda que somos un comparador de productos financieros, no expertos en estos temas.

      Suerte y un saludo.

      Responder
  • Marta Monforte

    Hola, Antonia:

    Todo depende del estado de la orden cuando la cancelaste. Si todavía no se había emitido y conseguiste bloquearla, el dinero no tendría que haber salido de tu cuenta. Si en cambio ya estaba en proceso la situación se complica.

    Lo mejor es que hables con la entidad y te expliquejn el problema. En el caso de que el dinero no haya llegado a la cuenta errónea pero tampoco esté en tu cuenta puedes acudir a la oficina de atención al cliente y realizar una reclamación. Puedes consultar los pasos en esta guía gratuita sobre cómo reclamar a tu banco.

    Un saludo.

    Responder
  • Antonio

    Hola, soy Antonia y mi caso es el siguiente el pasado viernes 2 de junio hice una transferencia por una compra por internet,y el sábado me di cuenta que era una estafa .Me dirigi a la policia y puse la denuncia correspondiente y desde allí mismo llamamos al banco BBVA y nos dijeron que teníamos que hacerlo en la sucursal.El lunes a primera hora fui y lhicimos el retroceso.Como sábados y domingos no se cuentan solo se tardo un día en poner ficho retroceso y por lo visto no he podido recuperar mi dinero, por cierto la transferencia fue a Holanda.mi pregunta es le puedo reclamar al BBVA ya solo había pasado 24 horas habiles

    Responder
  • Maria zuasti

    Buenas tardes.

    El banco me ha devuelto unos recibos ya cobrados (desde hace 2 meses) sin mi consentimiento para poder cobrarse un crédito que tengo con ellos, más las comisiones por demora (cosa que pago, cuando me retraso en el pago). Quería saber si el banco puede devolverme los recibos sin su consentimiento y la normativa aplicable a este caso. Muchas gracias.

    Responder
  • maria ramirez

    HE IDO AL BANCO CON MI MODELO DE RECLAMACIÓN, Y EM HA DICHO EL BANCO QUE LO TENGO QUE HACER CON SU MODELO DE RECLAMACIÓN, QUE ES LA MEJOR FORMA DE HACERLO. PUEDO OBLIGAR A QUE ACEPTE MI RECLAMACIÓN Y RECHAZAR LA DE LA CAIXA?

    Responder
  • ANGEL

    Buenas tardes,
    Mi caso es el siguiente: llevo desde diciembre de 2015 en gestiones con ING Direct para hacer una subrogación de mi actual hipoteca. La operación la dio por valida ING en esa fecha, pero desde entonces me llevan mareando con documentación y cambios en mi oferta vinculante (la cual la suelen enviar para que la firme con algún error u omisión de datos) que me obligan a volverla a enviar una y otra vez (ya van 6 ocasiones que las he tenido que enviar).
    En la entidad solo me piden disculpas por sus errores pero de nuevo vuelven a equivocarse una y otra vez, luego el tramite no avanza.
    Presenté reclamación formal al defensor del cliente en Septiembre 2016, y me respondieron diciendo que se pondrían las pilas, pero a día de hoy sigo igual, con toda la documentación entregada, la tasación hecha desde octubre 2016, y sin poder terminar con el asunto.
    Esto ya me genera el que plantee si me compensa cambiar la hipoteca, pues he dejado de ahorrarme bastante dinero por el retraso que ellos han provocado.
    Mi idea es Reclamar ya por el Banco de España, o por el cauce que sea (no descarto denunciarlos).
    ¿Se han encontrado con casos parecidos? A mí me da la impresión que se han arrepentido de hacer la operación conmigo y me quieren aburrir hasta que desista.
    Gracias y saludos.
    Angel.

    Responder
  • TINA

    HOLA BUENAS TARDES ESTA MAÑANA EIDO AL BANCO PORQUE ME ESTAN RECLAMANDO DINERO YO TENGO UN CREDITO QUE CADA MES TENGO QUE PAGAR 352 EUROS PERO POR CIRCUNSTANCIAS DELA VIDA LO VOY PAGANDO FUERA DE PLAZOS PERO LO PAGO LA CUESTIOPN ESQUE AL HACER EL RECUENTO COMO MEVAN PAGANDO EL CREDITO TAL I COMO VOY INGRESANDO DINERO AL HACER EL RECUENTO DE TODO MESALE QUE ESTOY PAGANDO MAS DELO DICHO LA CUOTA ES DE 552 Y MESALE QUE ESTOY PAGANDO 559 ASI COMO LAS CUOTAS DE TARGETA QUE TIENEN QUE SER DE 30 EUROS I MEANCOBRADO 37 CADA MES TODO I ASI MEDICEN QUE DEBO 3 MESES I AL HACER EL CALCULO DELO QUE HE PAGADO I INGRESADO MESALE AMI FAVOR DINERO I SUPONGO QUE EN LAS CUOTAS YA ESTA EL INTERES APLICADO SINO NOLENCUENTRO EXPLICACION PORQUE DESCONTANDO LOS INTERESES IGUAL SALE AMI FAVOR I MESIGEN QUE PAGUE TRES MESES QUE DICEN QUE DEVO INO PUEDE SER PORQUE MESALEN TODAS LAS CUOTAS AUNQUE ESTEN FRACCIONADAS PAGADAS QUE PUEDO HACER PORFAVOR

    Responder
    • Carlota Almiñana

      Buenos días Tina.
      Entiendo que lo que te están cobrando de más podría provenir de los intereses por demora y de las comisiones extra, ya que me comentas que por circunstancias estás pagando fuera del plazo acordado.
      De todos modos, toda esta información tiene que venir detallada en el contrato y los extractos que realices. Te recomiendo que negocies con el banco las condiciones de tu contrato y así puedas conseguir una mejora en las cuotas que se adapte a tu situación.
      Si tienes cualquier otra pregunta no dudes en consultarnos.
      Un saludo.

      Responder
  • Marcos

    Hola, me han estado cargando unos recibos de teléfono( durante arpa. algo mas de 5 años ), a nombre de otro titular (que anteriormente ha estado de autorizado), en una cuenta en la que yo soy el titular.
    Según la ley de servicios de pago/2009 articulo 29, dice que se pueden devolver los recibos que no tengan una autorización expresa del titular con un plazo de 13 MESES, cosa que he solicitado hace dos meses y ellos me aseguran que sigue en trámite.
    Me gustaría saber si puedo efectuar una reclamación para devolver todos los recibos de teléfono que han cargado en mi cuenta durante los 5 años.

    Responder
    • Irene Merlo

      Hola, Marcos:

      La devolución de los recibos debe hacerse en un plazo determinado, que varía en función de si el cargo estaba o no autorizado. De acuerdo con la ley, cuando el pago estaba autorizado, la cantidad total debe ser reclamada en un plazo de ocho semanas (50 días para la mayoría de entidades). Si el consentimiento para su ejecución no se hubiera dado, se dispone de 13 meses para dar la orden de devolución, partiendo de la fecha del cargo en la cuenta corriente. Si has solicitado la devolución solo te queda esperar, nosotros no podemos darte más detalles del proceso.

      Con respecto a si puedes solicitar que te devuelvan los recibos de los últimos 5 años nuestro consejo es que te pongas en contacto con la entidad y que ellos te asesoren hasta dónde puedes reclamar.

      ¡Un saludo!

      Responder
  • Mercedes

    Hola. Abrí cuenta hace años en bbva, donde tengo algunos recibos domiciliados. Me cobraron comisión de mantenimiento, q al final devolvieron, pero con la condición de q cada mes tendría q hacer una transferencia desde otra entidad por importe superior a 600. €, es decir 600,01 poniendo el concepto de nómina. Así lo hacía, pero he estado regular de salud y durante 4 meses de fin 2016, no lo hice. Al darme cuenta en enero 2017, hice el ingreso del mes y de los 2400,04 por aquellos 4 meses. En febrero veo que me han cargado 123. € por comisión, de nuevo. Me presento en el banco y me dicen q para recuperar una parte, he de contratar con ellos por ejemplo, un seguro de coche o de salud… Pienso que rsto es un abuso..

    Responder
    • Mercedes

      Además he de decir, que realmente me parece una coacción por parte del banco al «obligarme» a hacer ésa transferencia como nómina. Pues realmente no lo es, y pudiera crear malentendidos con Hacienda. Dónde denunciar y/o reclamar? Gracias.

      Responder
      • Irene Merlo

        Hola Mercedes

        Antes de entrar en gastos de abogados, desde HelMyCash.com te recomendamos reclamar al Banco de España. Si quieres saber cómo tomar cartas en el asunto puedes descargar la guía gratuita: «Cómo reclamar a un banco»

        ¡Un Saludo!

        Responder
  • Estefanía

    Hola,
    vivo en el extranjero y hace unos años abrí una cuenta en un banco de un Pueblo de la provincia de Granada. Mi padre me recomendó encarecidamente que abriera la cuenta en susodicho banco.
    la Cosa es que mi padre sabía con lujo de detalle, céntimos incluidos el Saldo de mi cuenta.
    hace dos años retiré mi dinero en efectivo y cerré la cuenta.En este casao era más que evidente que un empleado del banco le estaba proporcionando esa información a mi padre, ya que de otro modo era totalmente imposible que supieran con certeza de cuanto yo disponía. Esto va totalmente en contra de la privacidad del cliente
    Sospecho que esa información la obtuvo del director de la sucursal, ya que ambos son muy amigos desde hace muchos años. Qué me aconseja usted Hacer?
    Gracias por su respuesta.
    Atentamente

    Responder
  • Sergio

    Buenos dias!
    Tengo una cuenta en BMN, la uso exclusivamente para el pago de la hipoteca.
    Voy a reclamar comosines de mantenimiento de cuenta. Pero mi duda es cuantos años puedo reclamar.
    Gracias.

    Responder
    • Irene Merlo

      Hola Sergio,

      Si firmaste la hipoteca antes de 2012 puedes exigir al banco que te devuelva las comisiones que ha ido cobrando en la cuenta asociada, puesto que no existía regulación alguna y se trata de un cobro que puede ser negociado. Sin embargo, a partir de 2013 para pagar comisiones en la cuenta destinada al pago de la hipoteca el banco debe haber informado previamente del coste total que supone el mantenimiento de dicha cuenta. Tanto la contratación como su coste deben recogerse de forma expresa en el contrato y no puede ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida de la hipoteca, por lo que para cambiar las condiciones de la cuenta asociada a la hipoteca, deberían consultar con nosotros, y en el caso de no que no estemos conformes no podrían cambiar ningún aspecto.

      ¡Un saludo!

      Responder
  • Francisco

    Hola, mi padre avaló a mi cuñado para que montase su empresa, firmaron los papeles en Galicia (Concretamente en Pontevedra), ahora cada vez que hay que renovar la documentación, mi padre tiene que subir hasta allí y firmar ante notario. Eso no se lo advirtieron en ningún momento.
    Además, da precisamente la casualidad de que el banco es uno que se vanagloriaba de permitir que casi todas sus gestiones se hicieran por Internet (Abanca «La banca Online. La banca distancia» decía su slogan… Menuda broma, cuando las gestiones, son presenciales).
    ¿No podría con una autorización hacerlo desde aquí (Madrid)? Es una persona mayor y no anda muy bien de salud. Otros amigos sé que han hecho autorizaciones a familiares, cuando no han podido tramitar ellos mismos una gestión bancaria (aunque era en Madrid) y no les han puesto pegas. Tienen la documentación de padre (fotocopia de su DNI, NIF…), que a estas alturas (que tenemos mil medios de transmisión de datos digitales) tenga que desplazarse casi 700 km, me parece surrealista. ¿Hay alguna forma de poder evitar esto?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

    Responder
    • Elisenda Picart

      Hola, Francisco:
      Firmar ante notario siempre se tiene que hacer de forma presencial. Sin embargo, para evitar los desplazamientos dispone de dos opciones: o bien tener un apoderado legal, que se encargaría de firmar en su nombre o contratar un gestor.
      ¡Un saludo!

      Responder
  • Jesús

    Hola,La Caixa me envió una carta que va a haber un cambio de comisiones y que puedo cancelar mi cuenta sin problema alguno, pero mi pregunta es:¿también puedo irme sin penalización a pesar de tener un «regalo de una tablet» por haber domiciliado la nómina?

    Responder
    • Elisenda Picart

      Hola, Jesús
      Podrás cancelar tu cuenta bancaria sin penalización en caso de que ya hayas cumplido la permanencia mínima que probablemente te requirieron cuando te regalaron la tablet.
      Busca en tu contrato cuántos meses de permanencia te pedían y, en caso de que ya los hayas cumplido, podrás cancelar la cuenta sin problemas.
      Un saludo

      Responder
  • Rafa Tintoré

    Hola, mm.

    Si el cliente ha firmado un contrato en el que acordaba pagar una cantidad determinada de dinero que no era reembolsable, está obligado a realizar el pago. Por lo tanto, si ha devuelto la compra realizada con su tarjeta de crédito significa que no ha pagado, por lo que podrías denunciarle por impago.

    Un saludo.

    Responder
  • mm

    Buenas, necesito ayuda y no se que pasos seguir, tengo una agencia de viajes, en julio he tenido un cliente americano que me ha pagado con tarjeta de crédito, para mi sorpresa el banco se pone en contacto conmigo y me dice que esa operación el cliente la ha devuelvo y ahora en mi cuenta aparece saldo negativo y el director del banco me dice que yo me tengo que hacer cargo, que derechos tengo, el cliente estuvo de acuerdo en q era una oferta no reembolsable, yo di facturaas y la boleta de tpv y no me lo admiten como prueba, entonces de que sirve un tpv si el cliente deniega esa operación, necesito cualquier ayuda

    Responder

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