informacion de nota simple

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ranich

Buenos dias: he pedido una nota simple y dice lo siguiente: AFECCION: Alegada exención al pago del Impuesto de transmisiones y Actos Jurídicos Documentados queda afecta por el plazo de CINCO años, a partir del 3 de Septiembre de 2.008. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 12ª. AFECCION: Afecta a la posible revisión por la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por el plazo de CINCO años, a partir del 14 de Junio de 2.007. Habiéndose liberado la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA euros. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 11 ª. AFECCION: Afecta a la posible revisión por la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por el plazo de CINCO años, a partir del 14 de Junio de 2.007. Habiéndose liberado la cantidad de DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON TREINTA Y CINCO euros. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 10ª. AFECCION: Afecta a la posible revisión por la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por el plazo de CINCO años, a partir del 8 de Octubre de 2.010. Habiéndose liberado la cantidad de TRECE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y OCHO euros. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 13ª. AFECCION: Alegada exención al pago del Impuesto de transmisiones y Actos Jurídicos Documentados queda afecta por el plazo de CINCO años, a partir del8 de Octubre de 2.010. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 14ª. Ahora mi duda es si esto quiere decir q esta libre de cargas...... Me puede ayudar alguien...????

1 respuesta
Respuestas
#1
A
alcoriza
A efectos prácicos no te afecta para nada. Hacienda tiene derecho a revisar lo que se ha pagado por autoliquidación cuando se lleva a inscribir un documento al Registro: como el cálculo de qué tiene que pagar lo hace el propio interesado, el Registro dá fé de que se le ha llevado la copia del impreso donde consta la cantidad pagada, pero no asegura que esté bien (la cantidad, que ellos lo que inscriben son las Escrituras que han dado origen al pago del impuesto, y si las inscriben es que éstas sí que están bien). Las Notas de Afección no hacen sino avisar que Hacienda tiene derecho, durante 4-5 años a contar desde la fecha de liquidación del impuesto, a revisarlo y reclamar (ó devolver) la diferencia entre lo pagado y lo que se debería pagar. Saludos Está libre de cargas
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