Anular seguro de vida vinculado a hipoteca

Anular seguro de vida vinculado a hipoteca

Anular seguro de vida vinculado a hipoteca

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D
Didac VG
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Estoy valorando la opción de quitarme el seguro de vida que tengo con el banco, esto me supondría un aumento en el interés de la hipoteca.

El tema es, que ese seguro de vida me lo metieron como un único pago y lo añadieron a la hipoteca, así que estoy pagando intereses por ese seguro además de que previsiblemente sea más caro que hacerme un seguro de vida por mi cuenta...

Esta forma de proceder por parte del banco es legal? Existe la posibilidad de modificar la hipoteca para pagar ese seguro anualmente sin que esté dentro de la hipoteca?

Espero haberme explicado ...

Gracias de antemano!!

36 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

citando a Didac VG Pregunta similar: Anular seguro de vida vinculado a hipoteca Estoy valorando la opción de quitarme el seguro de vi...

Hola, Didac VG.

Te has explicado perfectamente. Si te parece bien, empezaremos por la última pregunta. Es totalmente legal que el banco bonifique el interés de una hipoteca a cambio de que el cliente contrate un seguro de vida de prima única (o prima única financiada, como en tu caso). Eso sí, tiene que informarte desde el principio que el seguro para acceder a esa bonificación debe ser de prima única. 

A partir de ahí, como el seguro ya lo has contratado, hay tres maneras de anularlo: 

  • Si aún no han pasado 30 días desde que firmaste el seguro, lo puedes cancelar unilateralmente. En este caso, perderías la bonificación y el interés te subiría. 

  • Si ya han pasado esos 30 días desde la firma, el único modo de cancelar el seguro es refinanciar la hipoteca. Puedes subrogarla para trasladarla a otro banco o puedes contratar una hipoteca nueva, con tu banco u otro, para cancelar la que tienes. De esta manera, el seguro quedará anulado (y te devolverán la prima no consumida) y las condiciones para bonificar el interés serán las que hayas pactado con el otro banco o el tuyo. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#2
L
Lily88
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Buenos días 

Nosotros estamos en proceso de firmar hipoteca y nos ofertaron la opción bonificada y la no bonificada. Ahora nos dicen que la concesión de la misma está vinculada a que contratemos vida y hogar con ellos, los precios desorbitados como imaginaréis. Nos piden un seguro trianual de vivienda por 1250€, fuera anual me sale unos 200 con las mismas coberturas, literalmente la mitad; por otro lado el de vida, tenemos 25 y 34 años, nos piden 800€/año, fuera serían 70€/año, son más de x10. Leyendo el hilo hemos visto que hay posibilidad de cancelarlos dentro de un periodo, desconocíamos esto. Una vez se realiza la firma de la hipoteca el banco no puede cambiar nada? Me vengo a referir que, si firmamos y aún estamos dentro de esos 30 días de desestimiento, el banco lo único que podría hacer es quitarnos las bonificaciones y ya, no?

Gracias, saludos

HelpMyCash
#3

citando a Lily88 Buenos días  Nosotros estamos en proceso de firmar hipoteca y nos ofertaron la opción bonificada y la no bonificada. Ahora nos dicen q...

Hola, Lily88.

Vaya por delante que el banco no os puede obligar a contratar sus seguros: es ilegal. Nuestro consejo es que le pidáis al comercial que os ponga por escrito que tenéis que contratarlos con ellos. Así, podréis usar ese escrito como prueba de que os obligan a hacer algo ilegal y podréis utilizarlo para reclamar que retiren esa exigencia o, en caso de que contratéis los seguros y los anuléis después, para reclamar que os devuelvan el dinero que os cobren por los días en los que los seguros estén activos. 

Sobre el período para cancelar unilateralmente los seguros, es de 30 días para los de vida y de 14 días para el resto, a contar desde su contratación (revisad los contratos de los seguros para ver si os ofrecen un plazo más largo). En caso de cancelarlos después de contratar la hipoteca, si esos seguros no son obligatorios y solo sirven para bonificar el interés, perderéis la bonificación y el interés os subirá. 

Esperamos haber resuelto tus dudas. 

Un saludo.  

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#4
D
Didac VG
/

Gracias por la pronta respuesta!

Respecto a mi duda, la hipoteca la hice en 2019 por lo que la primera opción no es posible, la segunda opción tal y como están los tipos en este momento saldría perdiendo, no existe la posibilidad de cancelar el seguro, que me quitasen la parte proporcional del importe del seguro que me asignaron a la hipoteca, me suban el interés por no tener el seguro de vida con ellos y mantener la misma hipoteca? 

Gracias de nuevo!

HelpMyCash
#5

citando a Didac VG Gracias por la pronta respuesta! Respecto a mi duda, la hipoteca la hice en 2019 por lo que la primera opción no es posible, la segunda opc...

Hola de nuevo.

Lamentablemente, solo tendrías esta posibilidad si aparece en el contrato. Si no aparece, puedes tratar de negociarlo con la aseguradora, aunque ya te avanzamos que es difícil que lo acepte. 

Un saludo.

 

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Preguntas similares
#6
O
oigreS
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Pregunta similar: Cómo puede cancelar un seguro de vida contratado para los proximos 20 años de mi hipoteca.

Después de ser aceptada la condición de contratar un seguro de vida (en mi opinión abusiva) para conseguir una hipoteca "aparentemente bonificada" sumándole a la cuota del préstamo el coste de dicho seguro de vida para los próximos 20 años de amortización con sus respectivos intereses, quisiera saber si es posible cancelar o transformar ese seguro de vida y contratarlo anualmente debido a los siguientes motivos:

Si se cancela la hipoteca por venta o se hacen amortizaciones anticipadas, se elimina o reduce la garantía de fallecimiento del seguro sobre el capital pendiente de amortizar, pero la aseguradora del banco no abona ese seguro por dicha cancelación / reducción, por el que ya cobró anticipadamente TODA la prima.

Otra situación sería que el asegurado falleciera al año siguiente de recibir la hipoteca. Dicha hipoteca quedaría cancelada pero dudo que la aseguradora / banco abonara la parte de prima de seguro NO consumida de los siguientes 19 años como si el fallecido continuara asegurado. Es decir, en el supuesto de un pago de seguro anual, el asegurado solo hubiese pagado por un año una cantidad reducidísima en comparación del elevadísimo importe de 20 años con intereses.

Dicen que existe una directiva europea en la que se prohíbe "la obligatoriedad de contratar seguros de vida" con las oficinas que conceden la hipoteca.

Por todo ello, quisiera saber si existe alguna sentencia o antecedente de la transformación del seguro de 20 años por otro anual renovable, con la consecuente reducción de la deuda y sin penalización por supuesta amortización de capital.

Gracias Oigres

#7
R
Rodrigo Blanch
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Hola oigreS,

Lo cierto es que lo que te han hecho firmar vulnera el Artículo 22 de la ley Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contratos de Seguros, según la cuál ninguna póliza de seguro puede ser contratada para una duración superior a 10 años. El artículo es bastante claro al respecto, por lo que no cabe duda de que se han vulnerado tus derechos. La justificación que indicas no llega a hacer falta.

Por otra parte, según comentas lo que has contratado se conoce como seguro PUF o de Prima Única Financiada, algo de lo que hay que intentar huir, ya que al pasar el importe de las cuotas del seguro dentro de la hipoteca, el coste del seguro aumenta al ser financiado durante 20 años (y además aumenta mucho).

Otra cosa que debes saber es que la Directiva 2014/17/UE especifica también que está prohibida la vinculación obligatoria de otros productos (como los seguros) en las hipotecas. Se pueden ofrecer como medio para bonificar el interés, pero nunca se puede condicionar la venta del préstamo hipotecario a la contratación de estos, por lo que en todo momento tienes el derecho de cancelarlos. Tu protesta está completamente fundamentada.

Te dejamos este manual gratuito para reclamar al banco, para que conozcas el proceso.

Suerte y un saludo.

#8
P
ppcholo
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Pregunta similar: Seguro protección pagos

Hola amigos , Voy a realizar una hipoteca con BBVA con el convenio de Muface Vamos a pedir 200.000€ y nos han metido un Seguro de Proteccion de Pagos (seguro de vida) de 3.000€ (1.500€ cada uno),sobre esto tengo varias dudas: -¿Que me conviene mas que sea mediante PUF(en la cuota de la hipoteca)o de renovación anual?. -¿En el caso de que sea de renovación anual podría cancelarla al final del primer año? -En el caso de que fuera mediante PUF,¿Una vez firmada la hipoteca y las escrituras, tengo un plazo e 30 dias para resolver es decir cancelar ese seguro de proteccion de pagos? Es de destacar que el anexo del contrato del Seguro de Proteccion de Pagos pone claramente: "VII SUPUESTOS DE RESOLUCION: En virtud de lo establecido en el art 83 a) de l Ley de Contrato de Seguro el Tomador puede resolver unilateralmente el contrato en el plazo de 30 dias naturales desde la formalización del mismo, mediante comunicacion a la Entidad Aseguradora a traves de soporte duradero disponible, que permita dejar constancia de la notificacion teniendo derecho a la devolucion de la prima no consumida y efecto desde el dia de su expedicion." Espero vuestro asesoramiento de los expertos

HelpMyCash
#9

Hola, ppcholo.

Antes de nada, queremos destacar que un seguro de protección de pagos no es lo mismo que uno de vida; el primero cubre el abono de las cuotas en caso de desempleo o incapacidad temporal, mientras que el segundo cancela el préstamo si el titular fallece o queda incapacitado permanentemente. 

Dicho esto, trataremos de responder a tus preguntas una por una: 

1. Siempre es mejor firmar un seguro de prima anual que uno de prima única financiada (PUF). Primero, porque podrás decidir cada año si lo renuevas o no, y segundo, porque sale más barato a largo plazo. Ten en cuenta que el precio de los seguros PUF se incorpora al importe de la hipoteca, por lo que también se devengan intereses sobre ese dinero. 

2. Efectivamente, si así lo deseas, puedes decidir no renovar el seguro. Eso sí, tendrás que comunicárselo a la compañía aseguradora para que tramite la cancelación. 

3. Como el propio contrato especifica, podrás cancelar ese seguro unilateralmente dentro del plazo de 30 días desde su formalización.

De todos modos, ten en cuenta que si no renuevas o resuelves unilateralmente el seguro, el banco probablemente te subirá el interés aplicado. Por ello, nuestro consejo es que, antes de hacerlo, consultes cuál sería la penalización en el caso de no mantener ese seguro contratado. 

Un saludo.  

A 1 persona le ha parecido útil

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#10
P
ppcholo
/

Al ser una hipoteca de MUFACE no hay ningún tipo de vinculación,ahora,en el caso de rescisión deben devolver la cuantía sobrante????

HelpMyCash
#11

Hola de nuevo.

Al tratarse de un seguro de prima única financiada, su precio se descontaría del importe de la hipoteca, exceptuando la parte consumida. 

Un saludo. 

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#12
P
ppcholo
/

Actualizo datos,el seguro es de 13000 euros a sumar a la hipoteca de 200.000,se imagina que cubriria la mitad del tiempo de la hipoteca. Asi que,para librarme de esta losa la forma es ¿cancelar el seguro en el plazo de los primeros 30 dias,no?

HelpMyCash
#13

Hola de nuevo.

Efectivamente, esa podría ser una manera de deshacerte del seguro. De todos modos, te recomendamos que leas la escritura y te asegures de que no habría ningún tipo de penalización por cancelar esa póliza. En caso de que sí la hubiera, lo mejor será firmar un seguro de prima anual que te permita renovarlo cada año con la compañía que te ofrezca unas mejores condiciones.

Un saludo. 

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#14
H
Helper_710518032
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Yo lo que quiero saber es qué pasa con un seguro al que aún le quedan 5 años de vigencia si cancelo la hipoteca ahora. Más que nada porque lo pagué con prima única con 10 años y ahora he reunido un dinero y me interesa quitarme la hipoteca de encima pero no sé si el seguro se cancela o no al estar pagado por más tiempo. Hay manera de recuperar el dinero? Porque no me interesa seguir manteniendo ese seguro.

HelpMyCash
#15

Hola, Helper_710518032.

Si vas a cancelar la hipoteca y tienes seguros vinculados vigentes debes pedir a la aseguradora que te devuelva la parte de la prima no consumida una vez procedas a la cancelación. De esta manera, podrás recuperar parte del dinero que pagaste por ese seguro.

Un saludo.

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#16
M
Maria mancebo
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Hola, mi seguro de proteccion de prestamo prima periodica, no tiene vinculacion con la hipoteca y quiero cancelarlo pero ya me han cobrado el recibo anual y lo que he hecho es devolverlo, que debo hacer mas?que consecuebcias puede tener no avisar con 30 dias de antelacion?

Gracias

HelpMyCash
#17

Hola, Maria mancebo.

Pueden pasar dos cosas: que la aseguradora resuelva el contrato, es decir, que lo cancele directamente, o que te reclame el pago de la prima por la vía ejecutiva. Si no te reclama nada durante los seis meses posteriores al impago, el contrato de seguro quedará cancelado automáticamente. 

Un saludo. 

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#18
M
Maria mancebo
/

Ha dia de hoy me lo han vuelto a cobrar y yo lo he vuelto a devolver, que debo de hacer??

HelpMyCash
#19

Hola de nuevo.

Visto lo visto, quizás lo más adecuado es que contactes con la compañía de seguros y les digas que no quieres seguir pagándolo para encontrar alguna solución. 

Un saludo. 

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#20
M
Maria mancebo
/

Lo que me proponen es q haga un nuevo segurp fraccionado para este año y que en el mismo momento solicite ya no renovar en el año q viene.pero yo quiero cancelarlo

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