hipoteca con articulo 207

hipoteca con articulo 207

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noelia acebo herrero

hola buenas estoy con la hipoteca pero tengo un problema el terreno esta con el art 207 d la ley hipotecaria y creo que tengo que esperar 2 años para que me la concedan, hay alguna manera que me den la hipoteca con ese articulo,poniendo un aval podría?

1 respuesta
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#1

Hola, Noelia. 

El problema del artículo 207 es que da un plazo de dos años, desde que se inscribió la finca por primera vez en el Registro de la Propiedad, para que otro posible dueño reclame la propiedad de dicha finca. Es decir, que si compras ahora el terreno, podrías perderlo si su dueño "real" reclama su propiedad dentro de ese plazo de dos años. 

Eso es un gran riesgo para el banco, porque si pierdes la propiedad del terreno, el banco no podrá embargarlo para recuperar el dinero de la hipoteca (en caso que no la pagues). Por este motivo, puedes tener grandes dificultades para conseguir la hipoteca, incluso aportando un aval. 

¿Cuál es nuestro consejo? En primer lugar, que averigües cuándo se inscribió el terreno en el Registro, pues es posible que ya haya pasado ese plazo de dos años y que ya no esté sujeto al artículo 207. Si aún lo está, te tocará acudir a varios bancos para negociar la concesión de la hipoteca. Nos consta que hay entidades dispuestas a asumir ese riesgo, así que no pierdes nada por intentarlo. 

Esperamos haber resuelto tu duda. 

Un saludo. 

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