Obligación de provisión de fondos siendo vendedor.
Obligación de provisión de fondos siendo vendedor.
ResponderBuenos días. Me gustaría que me aclaraseis si yo como vendedor de una vivienda hipotecada estoy obligado a aceptar la provisión de fondos para la cancelación registral que me realiza el banco que concede la nueva hipoteca a los compradores. ¿No puedo hacerlo yo? Y si no puedo ¿no puedo elegir yo a la gestoría que lo realice? Y aunque me hagan la provisión, ¿podría hacer yo los tramites y que me devuelvan la provisión integra? Gracias de antemano. Un saludo.
Hola, buenos días Anna.
Gracias por tu pronta respuesta.
Por liquidar los gastos no hay problema, ya que estos no suelen ser excesivos en una cancelación de hipoteca normal, el problema está en que unos gastos de 250 Euros se convierten en 1000, al elegir el banco la gestoría, el cliente sigue pagando los costes que tienen que asumir los bancos, ya que no se sabe donde acaba el banco y empieza la gestora en sus contratos de cooperación, por lo que a mi parecer es un atropello.
Además la exigencia se realiza sobre un tercero y como te liquidan con mucha posterioridad se han cumplido los plazos que son de 15 días, para reclamar posibles fallos en las facturas del notario o registro, limitándote derechos como consumidor.
La opción que planteas “Sin embargo, en algunos casos te puede ser posible negociar con el banco para realizar los trámites necesarios por tu cuenta dentro de un plazo". Se niegan rotundamente cuando debería poder ser elegible desde el primer momento al ser una opción completamente legal.
Esta opción debería estar más divulgada y completamente detallada en páginas como la vuestra (que ayudan mucho) ya que, son trámites que la gente normal no suele hacer y cuando les toca se encuentran con la imposición de las entidades bancarias y los acuerdos que tienen con las gestorías.
En mi caso ya está solucionado y aclarado, los gastos de liquidación los asume los compradores, según lo pactado, pero el problema sigue siendo el mismo, lo pague quien lo pague, me parece un atropello ya que como comentáis en vuestro Blog https://www.helpmycash.com/hipotecas/gastos-cancelacion-hipoteca/ si permitieran hacerlo por uno mismo podrías ahorrarte entre 600 y 1000 Euros.
Gracias por todo, saludos.
Pregunta similar: Provisión de fondos por cancelación de hipoteca
Hola. Caja Rural del Sur me pide una provisión de fondos para la cancelación de la hipoteca aún especificandoles que me encargaré yo.de la tramitación. Dice el director del banco que.la.gestora me devolverá dicha provisión cuando les demuestre, en el plazo de tres meses, que he realizado la inscripción en el registro de la propiedad ¿es normal que me pidan ese dinero si no va a hacer nada la gestoría del banco? Gracias.
Buenos días, Angélica.
No, no es habitual que te pidan esa provisión de fondos si vas a cancelar la hipoteca por tu cuenta.
El único caso en el que podría darse esta situación es si estás tramitando la venta de la vivienda y tienes pensado cancelar el préstamo hipotecario con el dinero que obtengas de la operación. Aquí sí, el banco te podría dar un plazo de tres meses para liberar la vivienda de cargas, pero te podría pedir una provisión de fondo para hacerlo en el caso de que no cumplas con lo dicho.
Si necesitas alguna aclaración, seguiremos aquí para ayudarte.
¡Un saludo!
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchas gracias. La hipoteca está ya pagada hace años, y sí voy a vender la casa. Me da coraje que el banco me "chantajee" diciéndome que si lo hago yo su banco va a tardar mucho en apoderarle y no voy a poder hacer la venta; cuando le he dicho que no tengo problemas por lo que tarde y que no me importa cancelar la venta, el director del banco me ha dado "una solución intermedia": que haga una provisión de fondos y luego me la devuelve entera, pero no me fío.
Pregunta similar: Gastos cancelación hipoteca en compraventa
Buenas tardes, estoy gestionando la venta de un inmueble (del que aún me queda algo de hipoteca) a un particular que tiene que conseguir financiación de un banco. Me llama el del banco del comprador donde le van a dar la hipoteca, a mi como vendedor, y me dice que me tiene que restar del importe del cheque de venta una cantidad de provisión de fondos por la cancelación de la hipoteca, que además es desorbitada (entre 1500 y 2000 euros de notaría, registro y gestión). Le digo que eso lo hemos pactado que lo paga el comprador pero me dice que su gestoría lo hace así (que es legal) y que no se puede firmar si no lo quitan del cheque, y ya que el comprador me lo abone aparte. Los gastos están pactados que los pague todos el comprador excepto la plusvalía. Me he quedado alucinado, yo no tengo ninguna relación con ese banco ni tengo que pagar esa cantidad, es normal? Un saludo y gracias
Hola, Chupao.
En principio, la legislación española indica que los gastos de cancelación de una hipoteca los tiene que pagar el titular de la misma, tal y como ha afirmado el Tribunal Supremo en varias ocasiones. Obviamente, se puede formalizar un acuerdo privado con otra persona (el comprador, en este caso) para que los pague, pero como teóricamente tendrías que pagarlos tú, es probable que la gestoría del banco no quiera complicarse; de ahí que te exijan hacer esa provisión de fondos.
Como parece que la gestoría no quiere cambiar de idea, quizás puedes hablar con el comprador para que cubra esa provisión de fondos con su dinero. Lo ideal, en ese caso, es que redactéis un acuerdo en el que el comprador se comprometa a pagar la provisión de fondos y en la que tú te comprometas a devolverle el dinero que te reembolse la gestoría si sobra algo tras el pago de los gastos de cancelación.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Hola!
Esta semana firme la venta de mi piso. En el momento de la firma y sin presentarse, se metió en la sala de la notaría un individuo que me hizo firmar una retención en concepto de provisión de fondos de cancelación de mi hipoteca sin estar delante el notario. Después me entero de que era de la gestoria del banco de mi compradora. Yo firmé pensando que era el notario. El caso es que yo ya había pagado mi provision de fondos de cancelación a través de mi banco y fui con ese papel firmado a la notaría y se lo presenté al notario, que permitió que el banco comprador me hiciese la doble retención. Yo al no saber firmé, mi agente inmobiliario no había visto esto nunca y mi gestora de mi banco tampoco. Me arrepiento de haber firmado sigo en precario en la vivienda. Ahora quiero hablar con el banco de mi compradora y decirle que me garantice por escrito esa devolución o no daré las llaves a mi compradora o bien que libere ese pago a su gestoria pues yo ya he pagado ese dinero a través de mi banco y en realidad me deben dinero y están incumpliendo el contrato de compraventa. ¿Porque he de entregar una vivienda que aún no me han pagador por completo? ¿Es legal hacer esto? Gracias
citando a Maria Pregunta similar: Doble provison de fondos Hola! Esta semana firme la venta de mi piso. En el momento de l...
Hola, Maria.
Lamentamos mucho tu situación. Cuando se vende una vivienda con hipoteca, es habitual que el banco del comprador pida encargarse de la gestión de la cancelación registral de dicha hipoteca. Por lo que nos cuentas, parece que el banco del comprador mandó a su gestor para que le firmaras la nota de encargo, seguramente porque desconocía que ya habías contratado ese servicio con tu banco.
Nuestro consejo, por lo tanto, es que contactes con la gestoría del banco del comprador para explicar que ese servicio ya lo contrataste previamente con tu banco y para pedir que te devuelvan el dinero de esa segunda provisión. Si te ponen pegas, puedes probar suerte con la gestoría de tu banco. Y si no consigues nada, te recomendamos acudir a la oficina del consumidor de tu ayuntamiento o comunidad autónoma para que te asesoren legalmente.
En cuanto a tu última pregunta, si en la escritura o en el contrato de arras se especificaba claramente que tú contratarías a la gestoría de tu banco para cancelar registralmente la hipoteca sobre la vivienda que vendes, entendemos que el banco de la parte compradora debe respetarlo y devolverte el dinero de la segunda provisión. Ahora bien, en caso de que no te lo devuelva, desconocemos si eso te daría derecho a anular el contrato de compraventa, porque no somos expertos en este tipo de temas legales. Por si acaso, te aconsejamos preguntárselo al notario con el que escrituraste la operación, que deberá resolverte esta duda gratuitamente.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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