Buenas!
Mi pareja y yo nos hemos separado, somos propietarios (50/50) de un inmueble y él quiere comprarme mi parte para pasar a ser único propietario.
¿Qué impuestos se aplican en esta operación? ¿Los mismos que cualquier otro tipo de venta de una vivienda de segunda mano?
Muchas gracias
Juan
citando a thechest3r Pregunta similar: Venta entre propietarios de un inmueble Buenas! Mi pareja y yo nos hemos separado, somos...
Hola, Juan.
Sí, serían los mismos. Ahora bien, nuestro consejo es que formalicéis esta operación mediante una extinción de condominio, en vez de con una compraventa convencional.
La extinción de condominio es una operación que permite que un copropietario ceda su parte al otro copropietario, de tal manera que el segundo se quede con el 100% de la propiedad. A cambio, el cedente debe recibir una compensación equivalente al valor que cede.
La ventaja de la extinción de condominio es que cuesta menos en impuestos: el que se queda con la vivienda paga IAJD en vez de ITP (que es mucho más bajo) y el que cede su parte no paga plusvalía municipal y solo debe pagar IRPF si se genera ganancia patrimonial.
En nuestra página sobre la extinción de condominio explicamos cómo funciona esta operación, cuánto cuesta en impuestos y otros gastos y cuáles son sus ventajas fiscales.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
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citando a Maricarmen Martínez vaquero Si le compro a mi ex su parte me sale más barato que comprarme otro?
Hola, Maricarmen.
Dependerá de cuánto cueste el piso que tengas con tu expareja y de cuánto cueste un nuevo piso. Ahora bien, en general, debería ser más barata la primera opción: no comprarás una vivienda entera, sino una parte, y pagarás menos en impuestos si haces una extinción de condominio para adquirir la parte de tu ex que si compras una vivienda nueva.
Dicho esto, nuestra recomendación es que hagas números para comprobarlo.
Un saludo.
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cuales son los gastos de una extinción de condominio y cuales son las mejores hipotecas.
Hola, Helper_1109886159.
En nuestra página sobre la extinción de condominio te explicamos cuáles son todos los gastos asociados a esta operación. Además, ahí encontrarás cómo calcular la compensación que tendrás que pagar a la otra parte por la cesión de su 50%.
En cuanto a las mejores hipotecas, puedes encontrarlas en nuestro ranking de hipotecas más baratas.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Pregunta similar: Compra de una propiedad que estaba a medias
Me gustaría saber si existe alguna opción económica de adquirir el 50% de una propiedad, en este caso es una plaza de garaje que tenía con mi ex-pareja. La compra de su mitad por mi parte sería a modo de saldar deudas que tenemos pendientes. O quizás se puede hacer como donación? Gracias.
Hola, Paloma S.P.
Tienes dos opciones:
-
Que tu expareja te done el 50% de la propiedad, en cuyo caso tendrás que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones que se cobra en tu comunidad autónoma. En este caso, además, no podrás pedir compensaciones económicas (como que se salde la deuda), porque dejaría de ser una donación.
-
Formalizar una extinción de condominio, que es una operación con la que puedes adquirir el 50% que pertenece a tu ex a cambio de una compensación económica, que puede ser la liquidación de esa deuda. Además, el impuesto a pagar será más bajo que el de donaciones. Lo explicamos en nuestra página sobre extinción de condominio.
Si no lo tienes claro, puedes pedir cita a cualquier notario, que te explicará gratuitamente los pros y contras de cada opción y cuál sería más conveniente.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Pareja separada con hipoteca al 50% c.u., una parte se quedaría con la deuda,hipoteca/piso, y la otra parte solo quiere librarse de la deuda. Calculando según la compra inicial,hipoteca que falta por pagar y lo que sería el valor mínimo fiscal del piso...el beneficio para cada propietario sería de 20.000€. debo pagar ese dinero al otro ,cuando no quiere nada,o lo declarar en hacienda como aumento d patrimonio,y con eso sería suficiente?
citando a Isabelle Pregunta similar: Extinción d condominio Pareja separada con hipoteca al 50% c.u., una parte se quedaría con la de...
Hola, Isabelle.
Lo ideal sería pagar la compensación que corresponda para que no se produzca un exceso de adjudicación, que tributaría por el ITP. Ahora bien, tendrías que hacer números para valorar si pagarías más o menos con ese exceso de adjudicación.
Nuestro consejo es que pidas cita previa al notario. Este funcionario, de manera gratuita, te explicará cuánto tendrías que pagar en gastos e impuestos en cada caso para que valores si te conviene más pagar la compensación o no.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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