Bonificación por nómina en Hipoteca mixta
Bonificación por nómina en Hipoteca mixta
ResponderHola,
Tenemos una hipoteca desde octubre pasado con Ibercaja y teníamos una duda respecto a la bonificación por nómina. También tenemos los seguros de casa y de vida que nos bonifican el tipo nominal.
El director de nuestra oficina nos comentó que los seguros nos nos hace falta renovarlos en 2024, si no queremos. Ya que al ser hipoteca mixta, el interés es fijo los 5 primeros años.
Tenemos duda si con la nómina nos pasaría lo mismo. A mi esposa le acaban de escribir de su antiguo banco, cuya cuenta nómina aún sigue abierta, ya que han dejado de recibir su nómina, y por ello ya no cumple los criterios. Y, claro, le dieron una prima de bienvenida, que se supone que tendrá que devolver.
Entonces, había pensado que quizás podría volver a cambiar su nómina a su banco anterior. No sé si en este caso Ibercaja nos dirá algo? En la FEIN dice textualmente:
"3. La comprobación de la concurrencia de las condiciones objetivas de bonificación se efectuará por períodos semestrales, verificándose la concurrencia de condición de bonificación efectivamente alcanzada por los prestatarios el último día del mes anterior (“fecha de observación”) al de la revisión del tipo de interés anteriormente mencionado (Es decir, si la fecha revisión de tipo de interés es el 30 de junio, la fecha de observación será el 31 de mayo)."
yo entiendo que sí, otra cosa es a efectos prácticos, lo hacen? Ya que no hay revisión de tasa de interés hasta el 5º año.
Gracias por vuestra ayuda y comentarios!