Duda amortización hipoteca mixta

Duda amortización hipoteca mixta

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A
Angel
/

Buenas noches.

Soy conocedor de las dificultades de interpretación que entrañan las hipotecas mixtas, en cuanto a si son consideradas fijas o variables, concretamente por la importancia en la comisión de amortización que lleve aparejada.

Leyendo el artículo 23.5 de la Ley 5/2019, donde dice "En los contratos de préstamo a tipo de interés variable, o en aquellos tramos variables de cualquier otro préstamo...". A mi juicio, en dicho texto, la Ley indica que si amortizas tu hipoteca tipo mixto durante el periodo que esta es variable, se le aplicará la comisión correspondiente a las hipotecas variables. Esto lo interpreto por la coletilla donde dice "o en aquellos tramos variables de cualquier otro préstamo".

Igualmente, leyendo el artículo 23.7 de la Ley 5/2019, donde dice "En los contratos de préstamo a tipo de interés fijo, o en aquellos tramos fijos de cualquier otro préstamo...". A mi juicio, en dicho texto, la Ley indica que si amortizas tu hipoteca tipo mixto durante el periodo que esta es fija, se le aplicará la comisión correspondiente a las hipotecas fijas. Esto lo interpreto por la coletilla donde dice "o en aquellos tramos fijos de cualquier otro préstamo".

¿Qué pensáis sobre esto, estoy en lo cierto o me he hecho un lío?

Gracias de antemano.

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HelpMyCash
#1

Hola, Angel.

El artículo 23.5 de la Ley de contratos de crédito inmobiliario, que regula las comisiones por amortización anticipada en las hipotecas variables, indica que puede cobrarse una comisión de hasta el 0,15% "durante los 5 primeros años de vigencia del contrato" o de hasta el 0,25% "durante los 3 primeros años de vigencia del contrato". 

Y el artículo 23.7, que regula las comisiones por amortización anticipada en las hipotecas fijas, indica que puede cobrarse una comisión de hasta el 2% "durante los 10 primeros años de vigencia del contrato" y una comisión de hasta el 1,5% "desde el fin del período señalado en la letra a)"; es decir, a partir del undécimo año. 

¿Cómo se aplica esto a las hipotecas mixtas? La inmensa mayoría de los bancos siguen esta interpretación:

  • Durante el tramo a tipo fijo, si este dura diez años o menos, la comisión por amortización anticipada puede ser de hasta el 2%. Y si dura más de diez años, puede ser de hasta el 2% durante los primeros diez años y de hasta el 1,5% desde el undécimo año y hasta que deje de aplicarse un tipo fijo. 

  • Durante el tramo a tipo variable, si se empieza a aplicar a partir del sexto año del plazo, no puede cobrarse comisión por amortización anticipada. Y si se empieza a aplicar a partir del cuarto año, puede cobrarse una comisión de hasta el 0,15% solo durante los años cuatro y cinco. 

Esperamos haber resuelto tus dudas. 

Un saludo. 

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Preguntas similares
#2
G
Gregorio
/

Pregunta similar: Comisión cancelación anticipada en hipotecas mixtas

Buenas noches, no me queda claro cuál sería las comisiones de amortización anticipada en una hipoteca mixta. En el tramo fijo sería del 2% hasta los diez años desde la formalización del contrato pero la ley dice que si es variable sería del entre el 0'25 o 0'15%, 3 o 5 años "desde la formalización del contrato". Si mi hipoteca mixta es de 5 años en el tramo fijo y pasa a variable a los 5 años, si quiero amortizarla a los 5 años, cuando pase a variable, y la ley dice que a partir del  5° año, si es variable, no existe comisión, entonces ¿Empezaría a contar la amortización desde que finaliza el tramo fijo o desde que se formaliza la hipoteca?. Lo pregunto porque la ley solo indica, tanto en fijo como en variable, que se empieza a contar desde la formalización del préstamo.

No se si me he explicado bien. Gracias.

HelpMyCash
#3

Hola, Gregorio.

Te has explicado perfectamente. Se trata de un vacío legal, porque la ley no contempla las hipotecas a tipo mixto. Por lo tanto, cada banco interpreta la normativa a su manera. 

Por ejemplo, hay bancos como Targobank que consideran que una hipoteca mixta es equivalente a una variable y, por lo tanto, cobran una comisión por amortización anticipada del 0,15% aplicable solo durante los primeros cinco años del préstamo (o del 0,25% solo los primeros tres años). 

Otros bancos como Openbank o Banco Santander consideran que pueden cobrar una comisión por amortización anticipada de hasta el 2% durante el tramo a tipo fijo (1,50% a partir del undécimo año si el período a tipo fijo dura más de diez años), pero si ese tramo tiene una duración superior a tres o cinco años, no cobran comisiones de amortización anticipada durante el tramo a tipo variable. 

Y luego hay entidades como Bankinter que cobran una comisión por amortización anticipada de hasta el 2% durante el tramo a tipo fijo y que, en el tramo variable, cobran una comisión de hasta el 0,15% (cinco años) o 0,25% (tres años).

Como ves, todo dependerá de la política del banco. Por ello, nuestro consejo es que leas detenidamente las condiciones que te ofrece cada entidad para saber cuánto podrían cobrarte en caso de amortización anticipada. Si quieres, también puedes mandar una consulta al Banco de España para ver si te aclaren este punto, pero te avanzamos que pueden tardar semanas o hasta meses en responder. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

 

 

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#4
M
markmalag
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HelpMyCash
#5

citando a markmalag Pregunta similar: Hipoteca mixta: periodo fijo y variable corren a la vez Hola. Estoy a punto de contratar una hip...

Hola, markmalag.

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Un saludo. 

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