Daño en la instalación eléctrica

Daño en la instalación eléctrica

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meyyem_30

Se ha estropeado la instalación eléctrica del piso de alquiler donde vivo, el propietario me ha dicho, que tengo que pagar la mitad del valor del arreglo. Esto es cierto? Es legal?

1 respuesta
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#1

Hola, meyyem_30.

Te vamos a copiar lo que dice la Ley de arrendamientos urbanos sobre este tema: 

"Artículo 21. Conservación de la vivienda

1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

[...]

3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario."

Como ves, la clave está en la interpretación: si se interpreta que la avería en la instalación eléctrica compromete las condiciones de habitabilidad de la vivienda, es el propietario el que debe pagar el coste íntegro de la reparación. En cambio, si la avería se considera un desgaste por uso ordinario, es el inquilino el que debe pagar la reparación, aunque en ese caso, se puede pactar el reparto del gasto. 

Nosotros no somos especialistas en temas legales, así que no podemos decirte cuál es la interpretación correcta. Pero si te sirve, muchos blogs especializados en vivienda aseguran que este tipo de reparaciones las debe pagar el casero, siempre que la avería no la haya causado el inquilino por culpa de un mal uso de las instalaciones. 

Si quieres tener una opinión más autorizada, te recomendamos pedir asesoramiento a la oficina de vivienda de tu ayuntamiento o comunidad autónoma, que analizará tu caso y te prestará ayuda gratuitamente. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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