El seguro obligatorio hipoteca

El seguro obligatorio hipoteca

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A
Anónimo
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Buenas. Quería consultaros sobre el seguro que me pueden obligar a contratar para concederme una hipoteca. Según creo puede ser uno de los siguientes:    

  • Un seguro con cobertura mínima por daños.

  • Una póliza en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato del préstamo. Por ejemplo, un seguro de vida o de protección de pagos. 

En mi caso, es el primero. Creo que corresponde al llamado "seguro de incendios" o "seguro básico".    En este tipo de seguros el "contenido" puede ser 0€ ¿verdad? Es que he visto que algún banco en la simulación no te deja bajar de 1000€, de ahí mi duda.   Otra duda que tengo es en cuanto al continente. ¿El continente tiene que ser al menos el valor que te ha costado la vivienda o como mínimo el valor de tasación de vivienda? Es por saber qué poner en las simulaciones de los seguros.   Por último, en las condiciones al respecto del seguro también dice "siendo el banco el beneficiario de la indemnización correspondiente en caso de siniestro, por el capital del préstamo pendiente a amortizar". Simplemente confirmar que esto es lo normal. Pero me surgía la duda porque si hay algún siniestro en la casa, ¿el banco es el que cobra por el seguro (lo que me quede por pagar de la hipoteca) y además yo tengo que seguir pagando igualmente lo que me queda de hipoteca o ya con lo que el banco cobra del seguro se queda zanjada mi hipoteca????   He mirado la nueva ley hipotecaria de 2019 pero la verdad que esta información sobre estas dudas no la encuentro. Le agradecería me diera alguna respuesta y si puede, me indicara en qué punto viene esta información en la nueva ley hipotecaria.   Gracias por su ayuda y un saludo

 

23 respuestas
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Respuestas
#21
A
Anónimo
/

Gracias. Desde la aseguradora me dicen que con el valor seguro RD que aparece en la tasación no sería suficiente en caso de que hubiese que reconstruir la vivienda, ya que no entrarían los gastos de materiales, mano de obra, etc. y se consideraría "infraseguro".

En cuanto a la revalorización, me refiero a la revalirización de la prima (lo que voy a pagar cada año por el seguro) ya que desde la aseguradora me han dicho que cada año subirá entre un 3% y un 8% dependiendo del IPC y de las "ganancias" o "pérdidas" que haya tenido ese año la compañía. 

Gracias y un saludo

HelpMyCash
#22

Hola de nuevo. 

Disculpa por el retraso. Parece que la aseguradora pretende incluir como indemnización el dinero necesario para reconstruir la vivienda tras el posible siniestro. Esa es una cobertura mayor que la básica, así que puedes valorar si te conviene contratarla o si prefieres contratar un seguro de daños básico con otra compañía. 

Sobre la revalorización, no hay nada que regule cuánto te pueden subir las primas anuales, aunque sí se establece por ley que la aseguradora puede subirte las primas en cada renovación, si quiere. Ahora bien, te tiene que avisar con dos meses de antelación y tú tienes el derecho de aceptar la subida (y la consecuente renovación) o rechazarla e irte a otra aseguradora que te cobre menos. Todo lo comentado aparece en el artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#23
A
Anónimo
/

Como siempre, muchas gracias.

Un saludo

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