Duda Depositos a plazo fijo multi divisa en el Extranjero
Duda Depositos a plazo fijo multi divisa en el Extranjero
ResponderHola buenas tardes,
Ante todo muchas gracias por darme la oportunidad de resolver las dudas financieras.
Les explico mi caso y las consecuentes dudas;
Actualmente dispongo de varios plazos fijos en cuentas extranjeras multi divisas (enviadas en EUR pero cambiadas a la divisa del País) algunas con una durabilidad de 5 años y otras con una durabilidad de 10 años donde se cobrarían los intereses a su finalización y no antes.
Se que tengo que presentar el modelo720 ya que supera el importe de 50000 EUR.
En 2014 presenté el modelo 720.
En 2016 hice otra inversión de 23500 EUR abriendo plazos fijos en las mismas entidades extranjeras.
Debo volver a presentar el modelo720 en 2017 no por haber ganado 20000 EUR en intereses que no lo he hecho sino por haber abierto en 2016 nuevos plazos fijos por un valor superior a los 20000 EUR?
A parte del modelo 720 se que tengo que declarar en la declaración de la renta de personas físicas los intereses ganados en las cuentas a plazo fijo pero como aún no he cobrado nada ya que tienen una durabilidad tan larga (5 y 10 años) debo declararlo cada año ó solamente el año en el que cobre los intereses?
Por ejemplo para el año 2016 en el caso de tener que declarar en el impuesto sobre la renta las ganancias de los intereses cada año tendría que comparar el capital incluyendo los intereses obtenidos a fecha de 01/01/2016 con el tipo de cambio a EUR de ese día con el capital mas los intereses obtenidos a 31/12/2016 con el tipo de cambio a EUR de ese día y restarlo uno con otro para obtener las ganancias o sería de otra forma?
Igualmente el modelo 720 se tiene que presentar después de que superen los 20000 EUR, pero debo de tener en cuenta el importe que están generando los intereses cada año y presentar el modelo una vez que los intereses hayan sobrepasado esta cantidad aunque no los haya cobrado debido a que no haya finalizado el plazo fijo ó debo tener en cuenta el sobrepaso de 20000 EUR el año que se cierre dicho plazo, cobre el importe y de esa manera sobrepase el límite ?
Los bancos extranjeros con los que trabajo no practican ningún tipo de retención en mis cuentas, que porcentaje le debo de pagar a Hacienda tanto en retenciones como tributos por las ganancias en intereses?
Si Hacienda me retiene alguna cantidad es posible en algún momento solicitar la devolución de lo retenido?
Debo informar al banco de España de mis movimientos/transferencias ya que son importes inferiores a los 150000 EUR?
Se pueden deducir los gastos de las transferencias internacionales realizadas para la apertura de dichos plazos fijos?
Debo declarar o informarme de algún otro dato que se me esté escapando?
Gracias nuevamente por su ayuda.
Saludos. Jaime
Hola, Jaimeth:
Voy a intentar contestar a todo lo que nos has preguntado (espero que no se me pase nada).
Una vez presentada la declaración del Modelo 720, solamente deberás volver a presentar este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determinaste en la presentación de la última declaración y en tu caso también con los nuevos depósitos que has contratado. Además debes informar a Hacienda sobre las cuentas que tengas contratadas en entidades financieras situadas en el extranjero.
Con respecto os intereses debes restarle un tanto por ciento, el cual variará en función de la cantidad total generada:
- Hasta 6.000 € 19 % sobre los intereses
- Hasta 50.000 € 21 % sobre los intereses
- A partir de 50.000 € 23 % sobre los intereses
Con respecto a las transferencias internacionales solo si son de más de un millón de Euros deberías informar al Banco de España y para ahorrar en comisiones puedes consultar alguna de las empresas que se encargan de realizar transferencias internacionales en otra divisa como Transferwise que abaratan gastos y son 100 % seguras.
¡Un saludo!
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Muchas gracias por su respuesta.
Se que debo presentar por segunda vez el modelo 720 debido a la inversión en 2016 de los 23500 eur adicionales a la primera inversión de 2014 aunque me queda la duda de cuando volver a presentar dicho deposito, por ejemplo si yo no hubiese hecho la inversión de 2016 y hubiese sobrepasado el limite establecido de 20000 eur por generar intereses igualmente tendría que presentar la declaración aunque el importe aun no se haya hecho efectivo ya que según el tipo de deposito contratado este se hará efectivo a su finalización y no antes? Lo digo para saber cuando presentar la tercera declaración.
Cuando menciona que además debo de informar a Hacienda, a que se refiere? No he informado ya a Hacienda con este modelo 720 ?
En la declaración de la renta, se declaran las ganancias el año en que se cobre el importe tras la finalización del deposito o anualmente sin haberlos cobrado?
Gracias nuevamente por su ayuda.
Hola, Angelgo96:citando a Angelgo96 Hola buenas tardes, ante todo mu chas gracias por este foro, yo estoy en la misma situacion que Jaimeth, pero con la siguiente duda. el deposito fijo...
Existe obligación de informar sobre el depósito bancario con el modelo 720 cuando se supere los 50.000 euros con independencia del número de titulares. Deberéis informar de los saldos totales sin prorratear, indicando el porcentaje de participación.
¡Un saludo!
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Hola,
a finales del año pasado he contratado un plan depósito a plazo fijo de 1 año, por lo que no he finalizado aún pero me ha llegado un email de Raisin informando para poder realizar la declaración:
"En nuestro permanente deseo de servicio y colaboración, desde Raisin, nos dirigimos a usted para ayudarle a cumplir con sus obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria:
Modelo 100 - Declaración del IRPF (Renta): donde encontrará toda la información relativa a los intereses generados y los impuestos satisfechos en el extranjero, a fin de corregir la doble imposición internacional.
Modelo 720 - Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero: donde encontrará la Información Fiscal 2017 de Raisin. También encontrará la confirmación del saldo de su Cuenta Raisin en Keytrade Bank, así como de los depósitos contratados en nuestros bancos colaboradores. Asimismo, en la Plataforma Electrónica de Raisin "Servicios" > "Documentación" hemos adjuntado un "Anexo Modelo 720" donde podrá encontrar una breve guía de cómo rellenar este modelo.
Modelo 714 - Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio."
MI DUDA ES... si sólo he recibido los 50 € porque me recomendaron... tengo que presentar igualmente en esta declaración de renta esos 3 modelos??? el 100, el 714 y el 720..?
y los modelos 100 y 720 cómo se hacen? perdonar por mis dudas soy algo novata en estos temas.
agradecería que me asesoraran
gracias
un saludo
Hola Patri,
Tan solo es necesario presentar el modelo 720 siempre y cuando tengas más de 50.000 euros en bienes en el extranjero, incluyendo el total del dinero que tienes el el depósito a plazo fijo y la cuenta bancaria donde te ingresan los intereses generados a fecha 31 de diciembre de 2018.
Asimismo, puedes aclarar cualquiera de tus dudas acerca de la Declaración de la Renta 2018, descargando la guía totalmente gratuita que han elaborado los expertos de HelpMyCash.com haciendo clic aquí.
Para cualquier otra duda o consulta, contacta con nosotros.
Un saludo.
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Hola, para hacer el modelo 720, hay tres tipos de "cosas": cuentas, valores/rentas, e inmuebles. Yo tengo un depósito a plazo fijo en Younited (Francia). Mi pregunta es, de cara al 720, ¿se considera cuenta? ¿o valor/renta?
Gracias,
Hola, R:
Los depósitos se declaran como cuentas dentro del módelo 720, igual que las cuentas de ahorro.
Puedes encontrar más información sobre los depósitos extranjeros y su fiscalidad en esta página
Saludos
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Hola! Me gustaría saber si el banco maltés Novum Bank tiene sucursal/oficina en España, si realiza retenciones en España (por tanto, no es necesario el modelo 720) en Malta o no realiza retenciones, y si esta protegido por el FGD Español.
Muchas gracias de antemano
Un saludo
Hola, Antares:
Novum Bank es una entidad de Malta. No tiene sucursal en España por lo que al hacer tu declaración de la renta tendrás que introducir los intereses manualmente (no aparecerán en el borrador) y pagar los impuestos correspondientes. Además, el saldo que tengas en este banco computa para determinar si tienes que presentar el modelo 720.
En caso de quiebra, estarías protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos maltés, que, al igual que el español, cubre hasta 100.000 euros por titular en cada entidad.
Saludos.
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- Soy Español y vivo eb España, tengo que rellenar el modelo 720 teniendo Haitong Bank, S.A., Sucursal en España?, abriendo un deposito de 100.000 euros
citando a FVP Pregunta similar: Rellenar modelo 720 Soy Español y vivo eb España, tengo que rellenar el modelo 720 tenien...
Hola, FVP:
El dinero que tienes en la sucursal española de Haitong Bank está en España, así que no tienes que incluirlo en el modelo 720 independientemente de la cantidad que tengas.
No obstante, imagino que el depósito lo habrás contratado a través de Raisin. Ten presente que para meter tu dinero en Haitong, primero tienes que enviarlo a tu Cuenta Raisin, que es alemana. Asimismo, cuando tu depósito venza, el dinero volverá a la Cuenta Raisin. El dinero que tengas en esta cuenta sí computa para el límite que determina si tienes que presentar el modelo 720.
Si te quieres ahorrar este trámite, lo que tienes que hacer es evitar que tanto la contratación como el vencimiento te coincida con los últimos días del año y tienes que evitar también tener tu dinero en la Cuenta Raisin durante mucho tiempo. Ten presente que el modelo 720 lo tienes que presentar si tu saldo medio durante el último trimestre del año en el extranjero supera los 50.000 euros o si el saldo a 31 de diciembre supera esa cifra.
Saludos.
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Tengo tres depositos a traves de Raisin que superan los 50000€, por lo que tengo que presentar el mod. 720.
Si el proximo año me vencen dos depositos o los tres y lo vuelvo a reinvertir en otros de otra entidad con el mismo importe. Tengo que volver a presentar el mod. 720?. Y por otro lado, tengo que rellenar la casilla de fecha de extinción de cada uno?.
Gracias
citando a dvalades Pregunta similar: Modificaciones en el mod. 720 Tengo tres depositos a traves de Raisin que superan los 50000€, po...
Hola:
En primer lugar, quiero señalar que nosotros NO somos especialistas en fiscalidad, por lo que deberías contactar con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria para que te lo aclare.
Dicho esto, vamos por partes. En principio, solo deberías volver a presentar el modelo 720 si el saldo conjunto de tus depósitos y cuentas en el extranjero supera los 20.000 euros con respecto a la anterior declaración. Esto dice la Agencia Tributaria: solamente deberá volver a presentarse este Modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración.
Te recomiendo que leas las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre el modelo 720. Hay una pregunta que trata exactamente sobre esto. Puedes acceder pinchando en el enlace anterior. Si no te lleva directamente a la pregunta, en el índice superior accede al apartado 11 (frecuencia en la presentación de la declaración) y, una vez dentro, accede a la pregunta titulada una vez se ha presentado la primera declaración del modelo 720 correspondiente a un ejercicio, ¿se debe volver a presentar cada año? ¿Respecto a qué información se debe volver a presentar?
Sin embargo, tú te estás refiriendo no a aumentar el saldo que tienes fuera de España, sino a la cancelación de productos y la reinversión de ese dinero en otros nuevos. En este caso, creo que la respuestá sería que si los productos cancelados han sido objeto de declaración en el pasado, deberías informar sobre la cancelación.
Otra de las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria dice esto:
Pregunta: Si una entidad presento el Modelo 720 en relación con la obligación de
informar sobre cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero en un ejercicio
porque el saldo de su cuenta superaba los 50.000 € y no concurría ninguna circunstancia
eximente de la obligación, y en otro ejercicio su saldo no supera los 50.000 € y cancela la
cuenta. ¿existe obligación de declarar?.
Respuesta: Sí.
Esto es lo que entiendo yo: si lo único que haces de un ejercicio a otro es aumentar el saldo de tus cuentas y depósitos en el extranjero en menos de 20.000 euros, no estarías obligado a informar de nuevo, pero si alguno de los productos sobre los que has informado anteriormente se cancela, entonces sí tendrías que informar y, en ese caso, rellenar la casilla de fecha de extinción. En cualquier caso, vuelvo a repetirlo, nosotros NO somos expertos en fiscalidad, por lo que esto es solo una hipótesis. Te recomiendo que contactes con un experto.
Saludos.
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