Mi madre falleció ahora hace un año dejándome un piso con una hipoteca inversa por valor de 75000 euros.

Mi madre falleció ahora hace un año dejándome un piso con una hipoteca inversa por valor de 75000 euros.

Mi madre falleció ahora hace un año dejándome un piso con una hipoteca inversa por valor de 75000 euros.

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A
Ascensi
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Cuando llevé toda la documentación al banco me dijeron que si yo no podía pagar la deuda intentara vender el piso y si en el plazo de un año no se había vendido ellos se quedaban con el piso. Cuál ha sido mi sorpresa que al llevar la aceptación de herencia después de marearme con problemas sobre la documentación aportada me dicen que la deuda es mía porque la he aceptado. Cuando hice la aceptación de herencia en ningún momento la notaria me dijo que esto podía suceder. No sé que puedo hacer porque no tengo forma de conseguir el dinero y el piso està en un sitio difícil de vender si no es por personas de etnia gitana y ellos lo quieren comprar por un valor mucho menor. El banco me ha dicho que van a empezar a incrementar la deuda y en el plazo de tres meses más o menos llevará la denuncia ante el juez. estoy desesperada mi marido es un jubilado de 74 años que con mucho sacrificio ha pagado nuestra casa que es el único bien que tenemos y no sé que va a pasar. Perdón por la extensión y gracias

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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Ascensi.

Cuando aceptas una herencia aceptas tanto los bienes como las obligaciones. Es decir, en este caso, tanto el piso como la hipoteca inversa que recaía sobre él.

Las hipotecas inversas son productos por los cuales el banco presta dinero durante un tiempo al hipotecado, poniendo una casa en propiedad como garantía. Cuando se acaba este tiempo o cuando esa persona fallece, se debe pagar la deuda. De hecho, el banco puede pedir el reintegro de dicha deuda en el momento del fallecimiento o puede dar un plazo al deudor para que venda la propiedad y cancele el préstamo con el dinero procedente de la compraventa. Si dicha devolución no se ha producido en el plazo acordado, se procede a la ejecución hipotecaria y se aplican intereses de demora y una comisión de posiciones deudoras (que se cobra cada vez que hay un aviso de que debemos pagar).

Dicha ejecución hipotecaria (que tiene que pasar por la aceptación de un juez) puede acabar en el embargo de la vivienda hipotecada, aunque en este tipo de hipotecas la deuda contraída suele ser menor que el valor de dicha vivienda, por lo que en principio quedaría saldada y no deberíais abonar nada más al entregar la casa.

Un saludo.

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#2
E
Estictipa
/

Sanvi, te aconsejo que no la hagas. La vivenda no se recupera jamás, está todo pensado para eso, te dicen que puedes vender o hipotecar, cuando heredes, pero los intereses son tan altos que debes todo el valor del credito concedido, y no te explican nada. Además, no nos han querido dar el dinero que habia en la cuenta de mi madre, y no nos atienden, ni nos dan explicaciones, mientras tanto la deuda sube y sube. El **** del milenio

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#3
S
Sanvi
/

Que yo sepa: (1) Nunca ocurrirá porque el banco no da (presta) más del 70%-80% del valor de la vivienda. (2) Consulta con un abogado experto en herencias en cuanto a renunciar a todo o a parte de lo que se herede. Tengo amigos que han renunciado, por ejemplo, al coche nada más. Suerte.

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