Rescates de las aportaciones a planes de pensiones (hechas antes de 31/12/2006 y posteriores)
Rescates de las aportaciones a planes de pensiones (hechas antes de 31/12/2006 y posteriores)
ResponderQuiero formularos la siguiente pregunta: -En el 2015 solicité un rescate de participaciones hechas con posterioridad al 01/01/2007 -Ahora en el 2016 he solicitado un rescate de las participaciones hechas antes del 31/12/2006. (Con exención del 40%) Cual ha sido mi estrañeza en el 2016 cuando veo que en el Banco me aplicaron la exención del 40%, que no tenía derecho a ella, en lo rescatado en el 2015 y no me la hacen ahora en el 2016 y que, por supuesto el importe era bastente superior ??? Pueden decirme qué debo hacer ???
Buenos días, Luis Maria.
La Ley 35/2006 de 28 de noviembre eliminó la posibilidad de poder aplicar la reducción del 40 % a las prestaciones de los planes de pensiones por aportaciones con más de dos años de antigüedad, aunque elaboró un plan transitorio para mantener la reducción en las aportaciones realizadas antes del 2007. Para poder aprovechar esta reducción se debe dar algunos de los siguientes casos:
- Contingencias nuevas (a partir del 1 de enero de 2015): se podrá aplicar la reducción cuando el cobro de las aportaciones se solicite en el mismo ejercicio en el que suceda la contingencia o en los dos años siguientes.
- Contingencias antiguas (antes del 1 de enero de 2015): existen dos supuestos.
- Contingencias sucedidas entre 2011 y 2014: se podrá aplicar la reducción en un plazo máximo de 8 años a partir del año en el que sucedió la contingencia.
- Contingencias sucedidas entre 2010 o antes: solo se podrá aplicar en las prestaciones recibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.
Debes tener en cuenta que para disfrutar de esta reducción solo se podrá hacer si se rescata el capital de los planes de pensiones en forma de capital (pago único). En el caso de que se rescatase en forma de renta (varios pagos mensuales) la reducción del 40 % solo podría aplicarse a un pago, pero no a varios pagos percibidos a lo largo del año.
De todas maneras esta duda es más un tema fiscal que financiero por lo que te aconsejamos que acudas a un gestor especializado en este tema para que pueda guiarte de manera más personalizada.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Estoy jubilado parcialmente desde el 2015 (75%). Cobro una pensión por ello. El 25% restante sigo trabajando en la empresa. Cobro una nómina por ello. Tengo pensado jubilarme totalmente el 2018. Si quiero rescatar mi plan de pensiones para poder beneficiarme de la reducción del 40% (aportaciones anteriores a 2007), ¿hasta cuando tengo tiempo de hacerlo? ¿son dos años a partir del 2015 y por lo tanto debería rescatarlo ya en el 2017, o tengo dos años a partir de la fecha de la jubilació total en el 2018?
Buenos días, Busquets.
La haber comenzado a rescatar tu plan de pensiones en 2015 el plazo máximo para obtener esta reducción en las aportaciones anteriores del 2007 será de dos años, hasta finales de 2017 en tu caso. Igualmente para poder acceder a este ahorro fiscal se exige que el rescate se realice en forma de capital, es decir, el total del dinero del plan de pensiones, por lo que deberás calcular si tener todo el dinero de golpe podría hacer que pagases más impuestos y que tu ahorro fiscal no sea tan beneficioso.
Para calcularlo si quieres podrás utilizar la calculadora de planes de pensiones de HelpMyCash donde podrás ver cuánto dinero deberás rescatar cada año para pagar el mínimo de impuestos posible.
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