Por favor alguien me puede decir si tengo la clausula suelo, esto es lo que pone en mi contrato.
Limite a la variación del tipo de interés.
El tipo aplicable al devengo de los intereses ordinarios no podrá ser, en ningún caso , superior al 15% ni inferior al 0% nominal anual.
Un saludo . A.S.G.
Hola A.S.G.,
Lo que nos comentas que pone en tu contrato se conoce como cláusula cero, un tipo de disposición para evitar que sea el banco el que nos abone intereses a nosotros, si el índice de referencia pasara a terreno negativo, sobrepasando el diferencial. Es decir, si el interés de tu hipoteca fuese euríbor + 1 % y el euríbor bajase a -1,1 %, esa cláusula cero hace que el banco no te pague el 0,1 % que sobra. Tu cuota sería simplemente el capital correspondiente, sin intereses.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Gracias por utilizar el foro de dudas y preguntas sobre hipotecas de HelpMyCash.com
En realidad, tienes una cláusula suelo, no cero. Lo que diferencia a la cero de la suelo, es que la cero reduce tu cuota a sólo el capital. La suelo, lo que hace es que siempre tengas que pagar un interés mínimo.
Lo que hace que en tu caso todo sea un poco confuso es que tu interés mínimo a pagar (el que fija tu cláusula suelo) es tu diferencia habitual. De ahí la confusión.
De todos modos, insistimos, tienes cláusula suelo.
¡Un saludo!
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No lo tengo muy claro en mi hipoteca me indica. Limite variación tipo de interes: Maximo 15% minimo 0% Minimo de referencia 2,25%.
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Buenos días... la semana pasada firmamos una hipoteca con Liberbank... el mismo día de la firma... Con los avalistas, nos hicieron firmar un papel donde indicábamos que estábamos de acuerdo con que si el euribor bajaba de 0. Nosotros seguiríamos con el 0... una cláusula suelo, encubierta, en el último momento y con la **** en último día de no firmar... que podemos hacer? Se puede reclamar/denunciar?
Hola su_r6,
Primero, lo que tu tienes se parece a una cláusula suelo, pero realmente es una cláusula cero. Se trata de una cláusula que impide que sea el banco el que nos abone intereses, en caso de que el índice de referencia de nuestra hipoteca baje tanto que sea el banco el que tenga que abonar intereses por nuestra hipoteca.
Un comportamiento 100 % acertado habría sido que se os comunicara dicha cláusula en la FIPRE o en la oferta vinculante de la entidad. Lo cierto es que no tenemos muchos casos de demandas por cláusula cero, por lo que no podemos orientaros sobre el comportamiento habitual de la justicia y los bancos en estas situaciones.
Podéis intentar reclamar, pero no creemos que lleguéis a ningún puerto, aunque si lo hacéis estaríamos encantados de que volvierais por aquí a contar vuestra experiencia. Por último comentaros que si no estáis satisfechos, disponéis de 7 días desde el día de la firma para rescindir el contrato.
Suerte y un saludo.