Deuda persona con Alzheimer

Deuda persona con Alzheimer

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C
Chopito

Hola. 

Tengo una conocida que tiene Alzheimer y no tiene ya familia. 

Tiene una pensión no contributiva y sobrevive gracias a la ayuda de conocidos. 

Ha perdido completamente su control financiero y se gasta su pensión a día 10.

Hemos pedido ayuda a su banco pero se cruzan de brazos, la única ayuda que ofrecen es que alguien se ponga de co-titular y le bloquee la tarjeta cuando se quede sin dinero 🥲. 

Mi pregunta es, el Banco puede embargarle la pensión no contributiva de 400€? Tengo entendido que no. Si ella genera deuda con el Banco, el problema sería entonces para el Banco, no?  Qué podría hacerle el Banco si ella genera deuda con ellos? Si alguien se pone de co-titular con ella, pueden reclamarle al cotitular en caso de deuda de ella? 

Gracias. 

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Chopito:

Para evitar que esa persona genere ninguna deuda, podéis pedirle al banco que le quite la posibilidad de tener descubiertos. De esa manera, cuando se gaste su dinero, no podrá gastar nada más. También podéis cancelar sus tarjetas de crédito si es que tiene alguna. Por otra parte, para que no se gaste todo el dinero de golpe, podéis ponerle un límite en la tarjeta diario tanto para sacar dinero como para pagar en comercios, por ejemplo, de 50 euros. No todos los bancos permiten hacerlo, pero algunos sí y es una forma de limitar el gasto. Eso sí, todas estas cosas las tiene que hacer el titular de la cuenta.

Poner un cotitular en la cuenta puede ser una buena idea para controlar mejor lo que gasta, poner límites, etc. Eso sí, si ponéis un cotitular y se genera un descubierto en la cuenta, esa deuda será de los dos. 

Por otra parte, un banco no puede embargar nada por voluntad propia. Los únicos que pueden emitir una orden de embargo son los jueces y las administraciones públicas. Y las pensiones que no superen el salario mínimo interprofesional son inembargables. Pero, ojo, si una persona usa su tarjeta y, por ejemplo, genera un descubierto de 50 euros, cuando le ingresen la pensión, el banco se quedará 50 euros. Y eso no es ningún embargo, simplemente al haber un ingreso en la cuenta, se salda la deuda. Y si no puede saldar la deuda que contrae con el banco, entonces la entidad, además de poner al titular en una lista de morosos, puede denunciarle y reclamar la deuda por la vía judicial. Por otra parte, si la cuenta tiene un cotitular y genera una deuda, el banco le puede reclamar el pago a todos los titulares (si la deuda la genera otro producto que está a nombre únicamente de uno de los titulares, por ejemplo un préstamo contratado por uno de los titulares de la cuenta, entonces el banco solo puede reclamarle el dinero al titular del producto).

Saludos.

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