Cuentas remuneradas o depósitos en el extranjero con menos de 50.000€
Cuentas remuneradas o depósitos en el extranjero con menos de 50.000€
ResponderHola. Quería saber si es obligatorio declarar las ganancias en cuentas remuneradas, depósitos (o ambas cosas) con menos de 50.000€ en total. Podría haber algún problema legal con la Agencia Tributaria? Gracias.
Hola, Jorge:
Si tu residencia fiscal está en España, tienes que declarar todas las rentas procedentes de cuentas y depósitos, provengan de España o del extranjero. La diferencia es que si contratas una cuenta de ahorro en un banco español, la entidad ya te habrá practicado la retención oportuna en el momento de pagarte los intereses y estos aparecerán en el borrador de la declaración de la renta. Por el contrario, lo más probable es que si contratas un producto de ahorro en el extranjero, los intereses te los paguen en bruto y estos no aparezcan en el borrador, por lo que tendrás que incluirlos a mano.
En cuanto al límite de 50.000 euros, este solo se aplica sobre la obligación de presentar el modelo 720. Si la suma del saldo de tus cuentas y depósitos ubicados en el extranjero supera los 50.000 euros, tendrás que presentarlo. Pero esto es independiente del pago de impuestos.
Saludos.
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