Condiciones vinculantes a la bonificación de una hipoteca
Condiciones vinculantes a la bonificación de una hipoteca
ResponderHola,
Voy a contratar una hipoteca a tipo fijo con el Banco Santander y me han ofrecido un 2% pero también las opciones para contratar seguros de vida y hogar con ellos y así bonificar y conseguir hasta un 1% de interés. Mi pregunta es, ¿durante cuanto tiempo se hacen las revisiones de los compromisos? ¿en algún momento puedes contratar esos productos condicionantes(seguros) con otras empresas independientes y no con el propio banco?Muchas gracias!
Hola, Eva Maria.
Aunque es algo que depende de lo que se indique en la escritura, lo más habitual es que se hagan esas revisiones durante toda la vida de la hipoteca (normalmente se revisa que se cumplan los requisitos cada seis o doce meses). Por lo tanto, si quieres beneficiarte de esas bonificaciones, deberás mantener contratados los seguros con el Banco Santander durante todo el plazo del préstamo hipotecario.
En cualquier momento, eso sí, puedes rechazar la renovación de los seguros y contratarlos con otras compañías. En caso de hacerlo, perderás la bonificación y el interés subirá en los puntos que se indiquen en la escritura.
Un saludo.
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Buenas tardes.
He recibido la información precontractual de hipóteca con BBVA para un tipo de interés fijo y "bonificado". Revisando el tipo de interés que se refleja en la hipóteca, veo que no es el pactado (bonificado) sino que es el interés no bonificado y que es superior al que realmente me aplicarán. El importe de la cuota, que se refleja en el contrato hipotecario, también está calculado en base al interés no bonificado. Mi pregunta es si esto puede ser perjudicial para el consumidor en un futuro, ya que, por ejemplo, la entidad bancaria podría, en un futuro, comunicarme que ya no cumplo con las condiciones para mantenerme la bonificación. He escuchado que tras la fusión de Bankia y CaixaBank hay clientes que están recibiendo notificaciones del banco diciendoles que ya no tienen un interés bonificado en sus hipotecas.
Gracias a todos.
Hola, Jovi Pallás.
En teoría, tanto en la información precontractual como en el contrato hipotecario deberían aparecer las cuotas calculadas tanto con el interés bonificado como sin bonificar. Y si no es así, deberían aparecer, como mínimo, las condiciones para conseguir esa bonificación y los puntos que se rebajará el interés si las cumples. En principio, si aparece esa información, no te debería perjudicar en el futuro, pues las condiciones quedarían reflejadas en la escritura y el banco no las podría cambiar unilateralmente.
De todos modos, y por si acaso, nuestro consejo es que se lo consultes al notario para que te lo confirme. Recordamos que, al menos un día antes de la firma, tendrás que visitarlo obligatoriamente para que te preste asesoramiento gratuito.
En cuanto a las notificaciones que nos comentas, se trataría de una actuación irregular, pues al estar las condiciones de bonificación establecidas en la escritura, el banco no puede cambiarlas unilateralmente aunque se fusione con otro. Entendemos, por tanto, que esos clientes podrían reclamar para que se les aplique la bonificación especificada en la escritura.
Un saludo.
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