Mi madre fallecio el pasado día 3 del presente mes. Yo he sido su tutor y la persona autorizada en su cartilla de ahorros. Para poder hacer frente a los gastos del funeral, tuve que retirar una cantidad determinada de dinero para llegar a cubrir la totalidad de gastos. Entre los días 3 y 4 retiré 1300 € para poder cubrir un total de 4100€+posibles imprevistos. ¿Que puede ocurrir? ¿Como tengo que actuar ahora?
Hola Julio Lar,
Como autorizado, con el fallecimiento del titular de la cuenta bancaria se extinguen todos los poderes que hubiera otorgado anteriormente. Es decir, tras la defunción pierdes todos los derechos de disposición de dinero. Al no notificar al banco del fallecimiento este no bloqueó la cuenta por lo que pudiste disponer del dinero. Con respecto a eso, no hay ningún problema si el resto de herederos no tienen inconveniente con que hayas dispuesto de ese dinero para cubrir los gastos del funeral. Aún así, si tienes algo que acredite esos gastos te guardarás las espaldas si alguno de los herederos reclama.
Ahora lo que debes hacer es informar al banco el derecho hereditario, presentando el certificado de defunción y el Registro de Actos de Última Voluntad junto a una copia autorizada del último testamento y la liquidación del Impuesto de Sucesiones, acreditando haber cumplido las obligaciones fiscales en relación con el fallecimiento del difunto.
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