obligaciones subordinadas con vencimiento
obligaciones subordinadas con vencimiento
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tengo obligaciones subordinadas con vencimiento si me ofrecen el canje y no lo acepto recupero mi dinero al vencimiento o me pueden obligar
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#1
#2
se trata de bancaja
#4
si no acepto el canje y espero al vencimiento recuperare mi dinero al vencimiento
#5
Estimado ryh,
El caso de las entidades intervenidas es especialmente espinoso.
A efectos prácticos el Real Decreto- ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, así como el memorando de entendimiento del rescate bancario firmado a instancias europeas, suponen el punto y final a la posibilidad de que los tenedores de participaciones preferentes obtengan una solución global negociada que viniese del Gobierno o de la Unión Europea, sin que se vean abocados a aceptar pérdidas importantes respecto al valor de emisión ante cualquier propuesta de canje o recompra.
Pero además, si la entidad, además de sufrir una reestructuración, finalmente acaba en liquidación o resolución (nuevo concepto que introduce el real decreto), se puede llegar a perder toda la inversión si se es tenedor de bonos u acciones.
Adicionalmente el artículo 72 del citado real decreto permite que el Banco de España o el FROB puedan alegar causas económicas que hagan imposible la ejecución de sentencias que den la razón a los afectados y que declare contraria a derecho alguna de sus decisiones en procesos de reestructuración y de resolución, es decir en lo referente a lo señalado por ejemplo en los artículos 38 (canje, recompra, reducción del valor nominal, amortización anticipada) o 68 (suspensión de contratos y garantías).
Por lo que aún pudiendo Usted no aceptar el canje y conservar las participaciones hasta el vencimiento, existe la posibilidad real de que, como consecuencia de decisiones del FROB o del Banco de España, vea Usted reducido el nominal, se las amorticen anticipadamente, vea suspendidas sus garantías y que, eventualmente en caso de disolución antes del vencimiento, pierda todo el capital. La posibilidad existe.
Saludos.
#6
tengo obligaciones subordinadas con vencimiento 07/2015.he presentado en el ayuntamiento la solicitud para acojerme al proceso de arbitraje.lo he entregado en el registro.que siguientes pasos tengo que hacer en el futuro gracias.el banco..NCG.
Gracias
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