Los seguros vinculados a la hipoteca NO son obligatorios
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Los seguros vinculados a la hipoteca NO son obligatorios

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Aunque parezca que los seguros vinculados a la hipoteca son obligatorios, la verdad es que no es cierto. Así lo demuestra un estudio que han realizado los expertos de HelpMyCash, tras haber solicitado una hipoteca en los principales bancos que operan en España, haciéndose pasar por clientes interesados en comprar una casa. En este artículo, detallamos las conclusiones más interesantes que se han extraído a partir de este estudio.

Subida del diferencial por no contratar los seguros

La mayoría de bancos presentas sus hipotecas con un interés muy bajo, pero eso sí, contratando un mínimo de dos seguros –vida y hogar-. En el momento que un cliente les pregunta si son obligatorios, los bancos se ven obligados a explicarles que son optativos, pero si no se contratan, el tipo de interés se incrementará.

En el mercado actual, dejar de contratar un seguro junto a la hipoteca, supone una subida del diferencial de entre un 0,10 % y un 0,60 %. Es decir, que para una hipoteca de 150.000 euros a 30 años, con un interés a Euríbor + 1 %, si contratamos o no el seguro puede suponer que nuestra cuota se incremente de 494 euros a 501, o incluso 537 euros.

¿Qué derechos tenemos los hipotecados con respecto a los seguros?

Aunque ya hemos explicado que legalmente, los seguros no son obligatorios para los hipotecados, el poder de aceptar o denegar una hipoteca lo tiene el banco, y por tanto, imponen sus condiciones.

Respecto a eso, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) del Ministerio de Economía reconoce que “las entidades de crédito muy frecuentemente supeditan la concesión del préstamo a la contratación de un seguro de daños o, con carácter más general, de un seguro multirriesgo del hogar”.  Por eso, una solución para que nos concedan la hipoteca puede ser contratar el seguro que el banco nos ofrece, pero pagarlo solo durante un año, y transcurrido este tiempo, buscar si hallamos una aseguradora más barata.

Hay que tener en cuenta que, si dejamos de pagar un seguro al cabo de un año, el banco puede responder subiendo el diferencial de la hipoteca. Por lo tanto, deberíamos calcular qué sale más a cuenta: ahorrarse la prima del seguro y pagar más intereses o al revés.

Lo que los bancos no nos explican sobre los seguros

La DGSFP explica en su página web algunos derechos de los hipotecados que los bancos no siempre nos explican, ya que una parte de su negocio proviene de estos seguros “obligatorios”.

  1. No estamos obligados a pagar ningún seguro al banco a no ser que nos compremetamos por contrato.

Según el portal dgsfp.mineco.es“La legislación vigente no impone con carácter general y de forma directa al deudor de un préstamo hipotecario la obligación de contratar seguros sobre el inmueble hipotecado” y “en todo caso, la obligación para el deudor tendrá siempre carácter contractual y no legal”.

  1. Si decidimos contratar un seguro con la hipoteca, tenemos derecho a elegir el tipo de pago: anual o de prima única.

De acuerdo con la competencia reconocida por el artículo 62 Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y en el artículo 6 del Reglamento de los Comisionados para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros, “las entidades aseguradoras deberían ofrecer al tomador la posibilidad de elegir entre ambas modalidades de seguro, a prima única o temporal anual renovable. En consecuencia, se considera la imposición por parte de la entidad aseguradora de un seguro a prima única al tomador inadecuada y contraria a las buenas prácticas y usos en el ámbito de los seguros privados”. Se trata de otro derecho que, generalmente, ningún banco suele explicar.

  1. La entidad bancaria no puede obligarnos a firmar un seguro de prima única financiada (PUF) durante más de 10 años.

Al tratarse de un seguro de daños, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, “en la póliza no podrá establecerse un plazo superior a diez años, sin perjuicio de que puedan establecerse prórrogas de duración anual o inferior”. Además, si hemos firmado un seguro por diez años, pero pagamos la hipoteca antes de ese tiempo, el banco estaría obligado a devolvernos el dinero correspondiente al tiempo de cobertura no transcurrido.

Algunas recomendaciones para los futuros hipotecados

  • Buscar las hipotecas que obliguen a vincularse con menos seguros asociados.
  • Preguntar qué tipo de interés quedaría al rechazar alguno de estos seguros, e intentar negociar que la bonificación sea la mínima posible.
  • Calcular la opción más barata: contratar los seguros o no hacerlo. Para hacerlo, puedes utilizar un simulador de hipoteca gratuito, que tiene en cuenta el precio de los seguros, de las comisiones y todos los gastos de apertura de una hipoteca.

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Categoría(s) del artículo:  Hipotecas

Autor: Elisenda Picart

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Comentarios

  • Victor Gomez

    Buenas tardes,
    No solo no son obligatorios sino que la imposición está prohibida por ley.

    ****

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