Hola, buenos días.
El banco ha empezado a tramitar el expediente para la dación en pago.
Yo se que si la hubiera vendido, tengo que pagarle a hacienda en la renta del año que viene la diferencia entre lo que se escrituro de compra y lo de venta, creo que se llama incremento de patrimonio, que es sobre un 18 por ciento.
ahora bien, los gastos de la dacion, derivan algo con hacienda? así estilo al incremento del patrimonio cuando es venta?
No consigo enterarme de esto, estoy pegada.
a mi de momento me han dicho que tengo que pagar la tasacion. que despues se vera el valor de liquidacion para ver si se queda todo en regla o falta dinero.
alguien puede ayudarme? gracias anticipadas.
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