Rescate plan de pensiones

Rescate plan de pensiones

Responder
P
Pedro
/

Se puede rescatar un plan de pensiones con la deducción por aportaciones anteriores al 2006 en tres períodos fiscales diferentes?

O deberían ser tres planes diferentes, uno cada año?

Puedo traspasar parte de un plan a otro dos para poder deducir el 40% de las cantidades aportadas antes del 2006?

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1
La información que encontrarás en esta página no constituye asesoramiento de inversión ni recomendación. Deberás tomar tus decisiones de manera independiente y teniendo en cuenta tus circunstancias personales. Ten presente, además, que invertir conlleva riesgos y no garantiza recuperar lo invertido.

Recuerda que nosotros no somos asesores fiscales ni financieros. Lo que te contamos es información general y no sustituye el criterio de un profesional que conozca tu caso al detalle.

La reducción del 40% por aportaciones hechas antes del 31 de diciembre de 2006 existe, pero Hacienda la limita bastante. Solo se puede aplicar a prestaciones cobradas en forma de capital (no rentas) y, en la práctica, una sola vez por cada contingencia (por ejemplo, tu jubilación) y sobre lo que cobres en un único año dentro del plazo que marca la ley (año de la jubilación y, normalmente, los dos siguientes).

Por eso, a tus preguntas:

  1. ¿Puedo aplicar el 40% en tres años distintos con el mismo plan?
    En principio, no. Lo habitual es que solo puedas aplicar la reducción del 40% a lo que rescates en un solo ejercicio; el resto tributaría sin reducción.

  2. ¿Y si tengo tres planes distintos, uno para cada año?
    Aunque tengas varios planes, Hacienda mira la misma contingencia (tu jubilación), no “un 40% por plan”. Tener varios planes puede ayudarte a organizar el rescate, pero no garantiza poder aplicar el 40% tres veces en años distintos.

  3. ¿Puedo traspasar parte de un plan a otros dos?
    Sí, los traspasos entre planes no tributan y mantienen la antigüedad de las aportaciones. Te sirven para reorganizar tu ahorro, pero la limitación de la reducción (una vez por contingencia y en un solo año) seguiría siendo la misma.

Como aquí los detalles importan mucho (fechas, importes, tipo de cobro…), lo más prudente es comentarlo con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria antes de decidir cómo rescatar tus planes.

Esperamos haberte ayudado con la respuesta. Un saludo 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro

¡Hola! Hemos notado que tu publicación incluye una opinión o experiencia personal. Para mantener la integridad de nuestro foro, necesitamos que confirmes que:

  • Esta es tu opinión/experiencia 100% auténtica
  • Refleja tu interacción real con el servicio mencionado
  • No tienes ningún tipo de relación, directa o indirecta con la empresa o sus competidores
  • No has recibido ningún tipo de incentivo o pago por compartir tu opinión
¿Por qué es gratis?
Integridad editorial