Otro seguro de vida por un préstamo personal

Otro seguro de vida por un préstamo personal

Otro seguro de vida por un préstamo personal

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P
Puri
/

Hola! Me surge otra pregunta relacionada con los seguros. Aparte de lo comentado anteriormente, tengo un pequeño préstamo personal contratado en otra entidad por el que pago otro seguro de vida hasta 2024. Si no contrato ningún seguro de vida con mi hipoteca durante los dos años que me restan del préstamo pequeño y me ocurre algo, tendría alguna cobertura con este seguro de vida o son personalizados? Es decir, saber si un sólo seguro de vida me daría cobertura a los dos préstamos, el hipotecario y el personal. Y por otra parte, es necesario y obligatorio por ley contratar tanto seguro? o nos venden y manipulan como quieren...otra vez gracias 

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HelpMyCash
#1

citando a Puri Pregunta similar: Otro seguro de vida por un préstamo personal Hola! Me surge otra pregunta relacionada con los se...

Hola, Puri. 

Por norma general, los seguros de vida que se contratan junto a los préstamos (personales o hipotecas) solo cubren el pago de ese préstamo en caso de fallecimiento o gran invalidez. Es decir, que si tienes una hipoteca sin seguro y un préstamo con seguro de vida y falleces, la aseguradora solo liquidará el importe pendiente del préstamo; no de la hipoteca. 

Ahora bien, si lo deseas, puedes preguntar a la aseguradora si estaría dispuesta a cambiarte el seguro por uno que también te cubra la hipoteca. Obviamente, te costará más dinero, pero quizás te interesa pagarlo si la cobertura te conviene. 

En cuanto a la última pregunta, el banco puede ofrecerte el seguro de vida de dos maneras: 

  • Como producto obligatorio para acceder al préstamo o a la hipoteca. En este caso, tendrás que contratar el seguro sí o sí, pero podrás hacerlo con la aseguradora de tu elección. Si no contratas el seguro con la aseguradora del banco, el banco no te podrá subir el interés. 

  • Como producto voluntario para abaratar el préstamo o la hipoteca. En este caso, si contratas el seguro de vida que te ofrece el banco, podrás reducir el interés que te aplican, pero la contratación no es obligatoria. 

En el contrato del préstamo y de la hipoteca debe especificarse claramente si el seguro de vida es obligatorio u optativo. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#2
A
Alicia Martín Núñez
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Hola, 

Estoy a punto de firmar (el 31 de agosto) una hipoteca fija con la única vinculación de tener una nómina superior a 2.500 euros mensuales para que me bonifique 1 punto. El caso es que, cuando me ofrecieron esta hipoteca, no me dijeron nada de ningún seguro de vida. Días más tarde, estando todavía en el dto de riesgos, me llaman para decirme que la tasación que yo he mandado no les vale, que tengo que tasar con ellos. Les digo que mi tasación está homologada y que si quieren tasar, yo no estoy obligada a pagar otra tasación. Consigo que el banco asuma dicha tasación, pero ese mismo día, casualmente, me empiezan a hablar de que tengo que contratar unos seguros de vida durante el primer año del préstamo. Parece que lo que no voy a pagar por la tasación, me lo quieren cobrar por otro lado. Cuando me mandan la FEIN, ni rastro del seguro de vida. Le pregunto al director y me dice que "el tipo de interés nos lo aprobaron siempre y cuando se contrataran los seguros, al menos el primer año". Le digo que yo ya tengo seguros de vida y me dice que "podemos posdatarlo a la fecha de vencimiento" de los seguros que yo tengo. Igualmente, cuando he ido hoy la primera vez a la notaría, le he comentado este tema a la notaria y me ha dicho que en la FEIN no aparce nada de seguros de vida, pero que bueno, que eso depende de las condiciones que yo haya pactado con mi banco. Esto me ha sonado muy raro porque el banco no pacta nada de palabra (imagino que a la notaría le interesa estar a bien con el banco), y si no aparece en la FEIN, ni escrito por ningún lado, ¿qué valor tiene? He leído en otras respuestas lo de pedirle a la notaría que vaya un apoderado del banco, pero ¿estoy a tiempo de pedirlo si ya hemos tenido la primera visita? Y, ¿para qué serviría esto? 

Por último mi pregunta es: como me dan la posibilidad de posdatarlo al vencimiento de mis seguros actuales, ¿puedo negarme hacer los seguros con el banco cuando llegue la fecha de vencimiento de los seguros que ya tengo sin que me acarré consecuencias?

Muchas gracias de antemano, he leído el hilo completo y es de gran ayuda vuestras respuestas. 

HelpMyCash
#3

citando a Alicia Martín Núñez Hola,  Estoy a punto de firmar (el 31 de agosto) una hipoteca fija con la única vinculación de tener una nómina superior a 2.500 euros...

Hola, Alicia. 

Lamentamos mucho tu caso. Por lo que nos cuentas, parece que estás siendo víctima de una mala práctica que llevan a cabo unos pocos bancos: la de exigir que contrates un seguro de vida "obligatorio" que no aparece en la FEIN ni en ningún otro documento precontractual. 

Como ya imaginarás, es algo totalmente ilegal. Sin embargo, te pone en un gran aprieto, porque existe el riesgo de que el banco no acuda a la firma si no te pliegas a sus exigencias. En tal caso, podrías reclamar, pero perderías tiempo y la vivienda que te interesa se podría vender mientras tanto. 

Dicho esto, puedes hacer dos cosas: 

  • Hablar con el notario para que fije una fecha de firma y esperar que el banco acuda. En teoría, debería acudir, pero existe el riesgo de que no lo haga y que tengas que reclamar posteriormente. 

  • Contratar el seguro que te piden y anularlo tras firmar la hipoteca. Por ley, tienes 30 días para desistir (anular) de un seguro de vida sin penalización alguna, a contar desde la fecha de su contratación. Es algo que ya han hecho otros usuarios y que les ha dado buen resultado. Puedes consultar sus experiencias en este mismo hilo. 

En cuanto a tu última pregunta, si no hay nada por escrito, entendemos que el banco no puede penalizarte si no contratas el seguro de vida cuando llegue el vencimiento de los seguros que ya tienes. De todos modos, te aconsejamos consultárselo al notario para asegurarte.

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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Preguntas similares
#4
E
Eme Ge
/

Pregunta similar: No contratar seguro de vida por tener uno de empresa

Hola!

Estoy llegando a la recta final de la compraventa y ya toca mirar seguros. El de hogar es obligatorio, pero el de vida no. Aquí va mi duda… Si me muero, el seguro de vida de mi empresa le daría a mis herederos (mis padres) el equivalente a dos años de salario. Con eso tendrían te sobra para abonar lo que quedara de hipoteca. Por tanto, me estoy planteando no coger seguro de vida con la hipoteca… Se me escapa algo? Aunque tardarán unos meses en cuadrar las cuentas, mis padres podrían hacer frente a las cuotas de la hipoteca hasta que les llegara la supersuma del seguro de vida de la empresa…

Para los que se lo pregunten, he optado por una hipoteca sin vinculaciones así que no me bonifica contratarlo.

 

HelpMyCash
#5

Hola, Eme Ge. 

No se te escapa nada. Si tu actual seguro de vida ya te vale, no tienes por qué contratar otro asociado a la hipoteca para proteger a tus herederos. De hecho, por lo que nos cuentas, contratar ese seguro sería un sobrecoste innecesario, pues tus herederos ya recibirían el dinero suficiente para liquidar la deuda. Solo valdría la pena contratarlo si quieres que tus herederos disfruten de la indemnización íntegra.

Un saludo. 

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